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martes, 5 de junio de 2018

Tiren contra el Fiscal FEDERICO DELGADO







El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi citó a indagatoria al fiscal Federico Delgado como sospechoso de haber filtrado información sobre la causa donde investigaba la muerte de 5 jóvenes en la fiesta electrónica Time Warp, en abril de 2016.

Se basó en una denuncia que hizo Víctor Stinfale, uno de los principales acusados y procesados como organizador de la fiesta donde circulaban y se comercializaban drogas sintéticas frente a los ojos de funcionarios del gobierno porteño.

El fiscal Franco Picardi había dictaminado que se debía archivar el tema porque no veía delito alguno. Pero el juez le dio crédito al planteo del abogado y empresario, que dijo que se había enterado de que lo detendrían a través de los medios mientras había secreto de sumario. Además, prometió en televisión: “Me lo voy a cargar fiscal Delgado”. Stinfale tiene procesamiento confirmado por la Cámara pero logró que, además de desplazar a Delgado, el tribunal también apartara al juez federal Sebastián Casanello cuando estaba por elevar la causa a juicio oral con más de 30 procesados.

La causa sobre los hechos y las muertes también la tiene Martínez de Giorgi desde agosto pasado, y quedó casi paralizada. El caso no fue a juicio oral aún, pero el fiscal fue citado como imputado.

Federico Delgado tiene un panorama penal complejo en la actualidad, ya que a la denuncia que le hizo Stinfale por Time Warp, donde ahora la citan por incumplimiento de deberes de funcionario, este año se sumaron otras dos causas penales. Una surgió de una denuncia en su contra que hizo el juez Claudio Bonadio por una presentación del jefe de la AFI, Gustavo Arribas, y también lo denunció Jorge “Corcho” Rodríguez. La primera causa la tiene Daniel Rafecas, la segunda, también Martínez de Giorgi. También tiene un sumario abierto en la Procuración. Es una especie de cerco que se configuró en los últimos meses. Coincide también con la publicación de un libro de Delgado que se llama «Injusticia», sobre la trama de funcionamiento de Comodoro Py.

En la causa sobre la fiesta Time Warp, Víctor Stinfale estuvo detenido y cuando salió en libertad fue al programa “Animales Sueltos” y prometió: “Yo me voy a cargar al fiscal Delgado, a él nunca le interesó esclarecer el hecho, con cinco pibes muertos (...) Este tipo termina en indagatoria. Termina procesado”, prometió. La denuncia penal decía que había violado el secreto de sumario, porque los medios se enteraron de su detención antes que él. El fiscal al que le tocó la denuncia, Picardi, evaluó que la denuncia de Stinfale era producto de su disconformidad en la causa, donde está involucrado, pero que no había un delito penal de por medio. Además, señaló que era imposible determinar si la fuente de la filtración era Delgado porque muchas personas trabajan en el expediente.

La defensa de Delgado también planteó que no era cierto que en las fechas señaladas por Stinfale hubiera secreto de sumario. El 3 de mayo de 2016, que trascendió su detención, no hubo secreto durante el horario laboral de tribunales sino cuando terminaba. Había vencido el día anterior y pasó casi un día hasta que se reanudó. Tampoco regía el 16 de mayo, cuando se conoció el pedido de procesamiento y prisión. Martínez de Giorgi hizo otra evaluación y lo citó para el 19 de junio. “Las pruebas indican que en ese lapso (del 22 de abril al 3 de mayo de 2016) habría revelado información sensible al trámite de la instrucción, reservada a su conocimiento en razón del ejercicio de su función, suministrando a distintos medios de comunicación cauces de investigación y prueba realizada en secreto”, dice la resolución.





Durante la investigación de la Time Warp los organizadores estuvieron presos, entre ellos Stinfale, considerado socio oculto de Energy Group y Dell Producciones, Adrián Conci –presidente de Dell– y Maximiliano Avila –apoderado–. Pero también fueron procesados 30 funcionarios del gobierno porteño y agentes de la Prefectura.

Delgado y Casanello sostuvieron que la fiesta en cuestión era el disfraz de otros negocios, como la venta de drogas sintéticas y de botellas de agua que se cobraban 100 pesos, en un predio habilitado para 13 mil personas, donde entraron 20.500 y había solo tres ambulancias. La imputación fue “comercio de estupefacientes y abandono agravado de persona seguido de muerte”. La Cámara luego confirmó los hechos e imputados pero cambió la calificación y puso facilitación de un lugar para la comercialización de estupefacientes, homicidio culposo y lesiones graves culposas. Tras esa decisión aparecieron los prófugos.

Hoy no hay nadie preso, ni juicio en camino. Los familiares esperan los resultados de una pericia sobre las causas de las muertes.

Irina Hauser










martes, 10 de abril de 2018

EL CULEBRÓN DEL CORREO ARGENTINO




Mauricio Macri sigue limpiando el camino judicial para salir bien parado del Escándalo del CORREO ARGENTINO. Ahora logró el desplazamiento del fiscal federal Juan Pedro Zoni, que interviene en la causa penal iniciada tras el intento de condonación de más de 70.000 millones de pesos a la familia presidencial y en la Macri que está imputado. La movida lleva la firma del procurador interino Eduardo Casal, alineado con las directrices del Gobierno, y se produce a los pocos días de que Zoni pidiera una serie de medidas para reimpulsar la investigación.

Zoni interviene en la causa penal que se inició tras conocerse el intento de Macri de CONDONAR más de 70.000 MILLONES de pesos a su familia. Ese día hubo varias denuncias penales en Comodoro Py, que fueron unificadas por el juez Lijo. El fiscal Zoni imputó a Macri, al ex ministro de Comunicaciones Oscar Aguad y su entonces director de asuntos jurídicos Juan Manuel Mocoroa y los directivos de SIDECO, SOCMA y Correo Argentino. A las pocas semanas amplió la imputación a los que aún hoy actúan en la causa por la deuda de la familia presidencial con el Estado y que fueron señalados por la fiscala Gabriela Boquin, la funcionaria judicial que más impulsa las investigaciones sobre este caso, como parte funcional del vaciamiento de Correo Argentino en beneficio de otras empresas de la familia presidencial. Son la jueza Marta Cirulli y los síndicos del concurso de acreedores de Correo Argentino. Entre ellos, Julio César Rivera, propuesto por Macri para conjuez de la Corte Suprema y para encabezar la reforma al Código Civil y Comercial.




A mediados de marzo, el fiscal Zoni pidió una serie de medidas para intentar que avance la investigación. Lo hizo con pedido de secreto de sumario y aún espera la respuesta del juez Lijo. La intervención de Zoni siempre fue limitada por la sombra latente de este traslado que ahora se concreta y por los manejos del juez ARIEL LIJO, hábil titiritero de expedientes. El resultado: demoras y operaciones cruzadas entre el Gobierno y Lijo, uno de los jueces más influyentes de Comodoro Py. El diario La Nación llegó a publicar que Macri se reunió con el jefe de los espías Gustavo Arribas y con su operador judicial Daniel Angelici para desestimar las denuncias en contra del hermano de Lijo a cambio de impunidad en el caso Correo. Siempre según La Nación, a la hora de hablar sobre cómo se comportaría Lijo respecto a Macri, Angelici afirmó: “Yo lo conozco, tengo muy buena relación. Siempre jugó bien”.




La fiscal Gabriela Boquín denunció un “nuevo intento” del Correo Argentino “para evitar el pago de sus obligaciones, eludir las consecuencias del proceso, dilatar aún más el trámite concursal” –que recordó que lleva 17 años– y “obstaculizar una investigación que no sólo puede hacerse sino que debe efectuarse para respetar el principio de que todos los ciudadanos somos iguales ante la ley”. La empresa del grupo Macri busca desde hace meses apartar a la fiscal de una pesquisa sobre maniobras de vaciamiento en favor de Socma y Sideco, también de la familia presidencial, que se habrían producido mientras se cocinaba (e incluso después) el acuerdo con el Estado con el que apostaba a la condonación casi total de su deuda, y que quedó trunco precisamente por la intervención de Boquín. En una presentación del jueves último la fiscal acusó al Correo ante la Cámara Comercial de pretender “obstaculizar” su trabajo al cuestionar sus facultades para buscar pruebas de un posible fraude, desviando “el verdadero foco de atención, es decir, cuál fue la conducta desplegada” por la empresa “y sus controlantes y beneficiarios finales en perjuicio de los acreedores”.

Para entender cómo evolucionó en estos dos últimos años el escándalo del Correo –que en rigor lleva muchos más– hay que recordar que: En febrero de 2017, la fiscal Boquín denunció que a mediados del año anterior la empresa de los Macri había firmado un acuerdo “ruinoso” y “abusivo” con el Estado, al que le debe más de 4.000 millones de pesos, para pagarle un irrisorio uno por ciento y monedas de todo ese paquete con un cómodo plan de pagos hasta 2033.

Era todo tan grosero que el Gobierno tuvo que reconocerlo y dar marcha atrás. Hasta el día de hoy, sin embargo, entre planteos y pedidos de prórroga de la empresa y los representantes estatales, se fue dilatando todo de manera tal que no sólo la deuda sigue impaga sino que tampoco se avanzó en un nuevo acuerdo. En el ínterin, Boquín detectó intentos de vaciamiento en favor de Socma y Sideco Americana, las empresas controlantes del Correo, en los meses anteriores y posteriores al pacto en cuestión. Ella pidió esclarecer aquellos movimientos que podrían implicar conductas fraudulentas en el expediente concursal. Requirió los balances y libros contables de las tres empresas para entender su verdadero estado patrimonial.

El Correo comenzó a atacarla con el argumento de que no tiene facultades supuestamente para investigar ese tipo de cuestiones. La quiere sacar de juego a como dé lugar. Su denuncia, además, había tenido un correlato en los tribunales de Comodoro Py, donde se abrió una causa que en un comienzo apuntó al acuerdo y luego avanzó sobre el vaciamiento. El fiscal que impulsó la causa, Juan Pedro ZONI, y que imputó hasta al presidente Mauricio Macri, fue desplazado el viernes último de su cargo al frente de una fiscalía federal por una resolución del procurador interino, Eduardo Casal, en sintonía con el interés presidencial. Lo mandó a una fiscalía criminal y correccional.

Lo que la Cámara Comercial debe resolver ahora es si hace lugar a un recurso extraordinario del Correo Argentino para que sea la Corte quien opine sobre las potestades de Boquín para indagar en las presuntas irregularidades cometidas por la empresa en medio del concurso de acreedores. La Cámara ya respaldó a la fiscal con anterioridad, pero el Correo insiste en cuestionarla y prolongar la discusión ante la máxima instancia judicial. Si la Cámara hiciera lugar, quedará suspendida toda investigación sobre el vaciamiento hasta que los supremos decidan.


Se suponía que la firma tenía escasa o nula actividad, en incluso figuraba en el registro de sociedades inactivas, mientras negociaba su deuda con el Estado y otros acreedores y, sin embargo, registró movimientos de dinero de las cuentas afectadas al concurso hacia SOCMA y SIDECO. Según recuerda la fiscal en el escrito reciente ante la Cámara la empresa informó sobre “gastos en personal, alquiler y honorarios de directores no justificados ni documentados” para “justificar el retiro de fondos a los que se habría dado un destino incierto”. O, por ejemplo, también aparecieron operaciones llamativas como la compraventa de acciones de la firma Neficor entre Correo y Socma Americana por dos millones de dólares para un negocio automotriz, que no dio dividendos y que –además– tenía nula vinculación con una empresa postal. Lo más impactante es que los retiros de fondo que se concretaron a lo largo de 2016 por cerca de 10 millones de pesos, fueron autorizados por la jueza del concurso, Marta Cirulli, denunciada por Boquín, e investigada también por el fiscal Zoni.


La posición del Correo es que el impulso de la investigación sobre sus manejos presuntamente fraudulentos, sumado a que no se plasmó el acuerdo, le produce un perjuicio patrimonial irreparable. La postura de victimización, la asumió también en un conjunto de demandas donde pretende un resarcimiento por supuestas pérdidas provocadas por la expropiación durante el gobierno de Néstor Kirchner. El otro eje es que no le reconoce a la fiscal ninguna atribución para impulsar medidas de prueba sobre el vaciamiento que denunció y es un mero “órgano de consulta” y se supone que manda el juez o jueza. Si de este caso se trata, replicó Boquín, la jueza debió hacer cumplir los plazos de la ley y “ello claramente no fue respetado en estos actuados pues el proceso lleva ya cerca de 17 años” y “no debería durar más de dos”. “La concursada -agregó la fiscal-se benefició con una prolongación indebida y extraordinaria de los plazos procesales”. El Correo decía que ella al querer desentrañar el vaciamiento “ocasiona una complejidad al procedimiento sin justificación”.

“Esta fiscal no entorpece el procedimiento sino que la concursada (Correo) pretende obstaculizar la función de la fiscalía”, advirtió Boquín en su presentación. En el escrito, además, enumera todos los tramos de la Ley de Ministerio Público Fiscal que le permiten ofrecer pruebas e investigar posibles anomalías. Algunos párrafos son contundentes: “Con la denuncia presentada por el Ministerio Público Fiscal no se pretende defender los intereses del Estado sino el orden público, el interés general y la legalidad (…) ¿Qué pretendía la concursada? Que luego de advertir serias irregularidades denunciadas no actuara y omitiera todo pedido de prueba? Ello es imposible, me lo impide mi responsabilidad funcional, el juramento que realicé en el momento que asumí (…) y mi compromiso con la ley y los intereses generales de la sociedad”. Su “responsabilidad para dilucidar los hechos” surge –según sostiene– de haber notado irregularidades que enumera: “abuso y fraude procesal, incumplimiento del as normas y de la cosa juzgada, posible vaciamiento y realización de actos ineficaces”. El Correo “pretende que no se investiguen los hechos denunciados por esta Magistrada y apela las medidas de investigación dispuestas trayendo confusión acerca del rol institucional” de los fiscales y sus posibilidades de actuación en este caso.

La fiscal Boquín hace un repaso desde que se presentó el concurso el 19 de septiembre de 2001 hasta el día de hoy en que “todavía no fue homologado un acuerdo ni decretada la quiebra”. La quiebra arrastraría a las controlantes de la familia Macri: SOCMA y SIDECO.

En 2004, la Cámara ordenó abrir el “salvataje”, por lo que concluía el llamado “período de exclusividad” en que la empresa concursada oferta formas de pago de sus deudas. Pero Correo pidió prorrogar el período de “exclusividad”. Lo pidió en julio de 2005 y luego un año después otra vez. En 2007, y a contramano de lo que había dicho la Cámara, la jueza hizo lugar. Lo abrió por 60 días, pero fueron tres años. En 2010, hace lo que ya había ordenado el tribunal de alzada y propicia el salvataje y el Correo apeló. “Durante todo el trámite la representación del Estado consintió las irregularidades”, remarca la fiscal. Todo siguió igual hasta 2016 cuando el Estado aceptó la propuesta del Correo para deshacerse de su deuda casi sin pagar un peso.

Boquín recuerda que no solo el representante estatal, como acreedor, dio conformidad. Aparecieron 354 conformidades presentadas por 14 apoderados, muchos de los cuales eran a la vez directores de Correo Argentino.


Cuando Macri dijo que todo volvería a “foja cero”, lo hizo para transmitir que el acuerdo perjudicial para las arcas públicas sería revisado y la empresa familiar debería saldar su deuda de manera razonable después de tantos años de bicicleta. Pero parece que todo era más literal, porque el proceso está estancado, como si estuviera en cero. Hubo artilugios, como un pedido de prórroga del propio Estado a la espera supuesta de un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN) que recién fue entregado ahora y cuyos tramos críticos quedaron excluidos. El resto es inocuo. Y ahora todo está enfocado a frenar los fiscales que tuvieron expresiones concretas sobre las abrumadoras irregularidades del caso. Zoni, en Comodoro Py, está en la cornisa pero va a cuestionar la decisión de desplazarlo y eso podría derivar en una causa en el fuero contencioso; Boquín intenta pelearla con un dictamen lapidario, que espera respuesta.

Irina Hauser







lunes, 11 de diciembre de 2017

MM Quiere REFORMAR el CONSEJO de la MAGISTRATURA





Como parte de la estrategia de colonización del Poder Judicial, Mauricio Macri está cerca de firmar y enviar al Congreso un proyecto para Reformar el Consejo de la Magistratura –órgano clave en la designación y remoción de jueces– que tiene como eje el aumento del número de representantes de la corporación judicial entre los integrantes del organismo.

Más jueces y abogados y menor proporción de representantes del estamento político (únicos a los que vota la ciudadanía). Esa es la lógica de la propuesta, que fue redactada en el Ministerio de Justicia, diseñada con el Colegio de Abogados de la Capital Federal y en acuerdo con la Federación de Abogados y el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (o colegio de la calle Montevideo), una institución a la que el Gobierno viene utilizando para instrumentar su ofensiva, por ejemplo, contra los jueces federales cuyas sentencias no le agradan y para forzar la renuncia de la procuradora Alejandra Gils Carbó. Juristas y organizaciones especializadas advierten que los cambios previstos no traerán mejoras o incluso empeorarán el panorama.

La iniciativa forma parte de una reestructuración del sistema judicial con el ostensible objetivo del Gobierno de lograr un control sobre él, algo en lo que Macri trabaja desde los comienzos de su mandato presidencial, como se vio con la designación por decreto de dos jueces de la Corte Suprema. De igual modo, se propuso desplazar a Gils Carbó, y lo logró a fuerza de presiones, denuncias y una declaración de inconstitucionalidad del sistema de juicio político para procuradores pensado para sentar las bases de una reforma del Ministerio Público Fiscal. Ese proyecto, que además de flexibilizar las mayorías para designar y echar al jefe o jefa de los fiscales, pretende darle participación al Poder Ejecutivo dentro de la estructura de la Procuración (en concursos, por ejemplo) y al Congreso sobre los fiscales, aún está en plena discusión. El oficialismo no consigue respaldo, pero insiste en que lo logrará. Lo mismo con el traspaso de la justicia nacional a la Ciudad de Buenos Aires, cuestionada hasta por los propios jueces, y que entre una de sus misiones más silenciosas apunta a licuar el fuero laboral, denostado por el Presidente. En tribunales las apuestas dicen que el traspaso –que muchos jueces rechazan–, la posible extensión horaria que impulsa el Gobierno, igual que el achicamiento de la feria judicial, podrían generar vacantes, o sea, más posibilidades de nombramientos para la gestión actual.

El Consejo de la Magistratura nacional es el corazón de la maquinaria para nombrar jueces y sancionarlos o mandarlos a juicio político. En su composición actual tiene 13 integrantes, repartidos entre la representación política y la judicial: hay 3 diputados, 3 senadores, 1 representante del Poder Ejecutivo, 2 abogados, 3 jueces y 1 académico.

Con este esquema, para el oficialismo no resulta fácil imponer sus decisiones, ya que suele depender de conseguir un voto para llegar a los dos tercios que requieren las decisiones más relevantes, como abrir un juicio político o elegir ternas. Hoy Cambiemos y sus aliados confían en que cuenta con la anuencia de las asociaciones de abogados y jueces que dominan las designaciones de representantes en el Consejo.

El proyecto propone sumar un juez y dos abogados a la integración vigente.

Entre los abogados, llevan la voz cantante el Colegio de Capital, que maneja Jorge Rizzo, además de abogado, un hábil político que suele acomodarse a la conducción de turno y elaboró las bases de esta reforma en ciernes; y también manda el Colegio de Montevideo, que avaló golpes de Estado e integran los estudios más grandes defensores de grandes empresas y represores. Lo dirige Guillermo Lipera, uno de los hombres incluidos en la lista de conjueces de la Corte que envió el Ejecutivo al Senado.

El Colegio de la calle Montevideo tiene un dominio cada vez más extendido en el Poder Judicial. En el Consejo es la institución que planteó y maneja una auditoría sobre los juzgados federales porteños por la que denunció a dos de los jueces que Macri tiene en la mira: Daniel Rafecas y Ariel Lijo. Sobre ellos dijo que cajoneaban causas, algo que ambos refutaron con informes de sus despachos. Pero, en simultáneo, se iniciaron acusaciones con la meta de llevarlos a juicio político. En el caso de Rafecas por su decisión de archivar la denuncia de Alberto Nisman contra Cristina Fernández de Kirchner por encubrimiento de los iraníes acusados del atentado a la AMIA, en el de Lijo por dudas con su patrimonio. En voz baja le atribuyen beneficios a Julio De Vido. La ecuación del Gobierno con los jueces federales suele ser simple: mientras tomen decisiones que les resulten funcionales, nadie los molesta. La orden de Lijo de detener a Boudou fue inmediatamente posterior, de hecho, a la denuncia que le hizo el Colegio de Abogados.

Dar mayor representación en el Consejo al estamento judicial (jueces y abogados) es una concesión a la corporación, pero el Gobierno cuenta hoy con la certeza de que entre ellos, y en especial entre los abogados, tiene aliados. Los consejeros jueces serán elegidos por sistema D’Hont (dos de cámara y dos de primera instancia) y los abogados por voto directo de los matriculados. Uno de los requisitos que pone el proyecto para ser consejero es cumplir con los mismos que se exigen para ser juez de la Corte Suprema. Hasta ahora la ley no definía restricciones, pese a lo cual el senador Ruperto Godoy fue expulsado como consejero por no ser abogado. Eso permitió que se iniciara, con una mayoría circunstancial en el Consejo –que no estaba completo– el juicio político a Eduardo Freiler, impulsado por Cambiemos. Lo que deja a la vista la alianza que hay entre sectores judiciales y el poder político.

El jurista Alberto Binder sostiene que “el proyecto es más de lo mismo y, en realidad, agrava los problemas que ya tiene el Consejo. No se trata de seguir ampliando a más integrantes, lo que torna inoperante al organismo. Se convierte en un centro de negociaciones, en un cambalache”. Binder, referente del Instituto en Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales, investiga modelos de “gobierno judicial” en la región para el Centro de Estudios de Justicia de las Américas. “En Inecip elaboramos un documento donde planteamos que debería tener siete miembros, y que deberían ser representantes. Es decir, ni jueces, ni abogados, senadores o diputados en ejercicio. No deben tener funciones duplicadas sino dedicación exclusiva”, señala el especialista.

Según el proyecto no podrán ser consejeros quienes tengan condenas por delitos de lesa humanidad, delitos contra la administración pública, contra la seguridad y el orden constitucional. No pueden ser reelegidos por más de un período consecutivo (duran cuatro años). Respecto del llamado a concursos para juzgados o tribunales vacantes, prevé que el plenario pueda instruir a la Comisión de selección que llame a concursos con anterioridad a la producción de vacantes. Este sistema podría aplicarse en la actualidad, pero el Consejo no lo ha hecho. Espera a que se produzca una vacante, lo que desata un aluvión de negociaciones, en especial cuando se trata de cargos con injerencia política. el consejo sigue tomando examen por cada vacante que se elige tarda años en cubrir esas vacantes. “Es indispensable que llame a examen y confeccione una lista de mérito anual, debe ser así, no una opción”, advierte Binder.

En la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) advierten que un déficit del proyecto es no preveer modificaciones en el sistema de selección de jueces y juezas. “Actualmente los consejeros tienen un amplio margen de discrecionalidad en la confección de las ternas de candidatos, que desvirtúa el sistema de concurso de oposición y antecedentes. Tampoco ofrece solución al problema crónico de las demoras para cubrir las vacantes, lo que ha posibilitado la proliferación de subrogancias y traspasos”, señala Renzo Lavin. “Tampoco se proyectan modificaciones sobre las facultades de administración del Consejo. El régimen actual mantiene facultades relevantes en materia presupuestaria en cabeza de la Corte Suprema, lo que implica un menoscabo de las funciones que la constitución le reconoce al Consejo”, añade.

En el Ministerio de Justicia señalan que el proyecto enviado a Macri mantiene la mayoría de dos tercios para elegir ternas o iniciar procesos de juicio político. En el texto que está subido a la página del llamado proyecto “Justicia 2020”, que ideó el ministro Germán Garavano con cambios en distintos ámbitos, dice que la mayoría será absoluta, es decir, bastaría con la mitad más unos de los votos para las decisiones de mayor trascendencia.

“No hay en la propuesta ningún criterio, por ejemplo, sobre paridad de género”, observa la jueza María Laura Garrigós de Rébori, de Justicia Legítima. A su entender, la “suma de abogados incrementa la representación de instituciones que tradicionalmente han sido dirigidas por los grupos menos progresistas”. “Entre los requisitos a nadie se le pide, además de ser abogados, tener alguna experticia o antecedente en administración de Justicia”, advierte. “Creo que el oficialismo está forjando un armado político de favores y coacciones que les va a rendir muchos años –analiza la integrante de la Cámara de Casación porteña–, como en su momento hizo Carlos Corach.”









domingo, 10 de diciembre de 2017

TRAICIÓN A LA PATRIA (Puesta en Escena)





Estaba escrito

Por Horacio Verbitsky

El 3 de enero de 2016, advertí sobre el intento de imputar a CFK por traición a la Patria. El propósito no es detenerla sino ponerla a la defensiva y mellar su liderazgo.

Entre las elecciones de octubre y el pedido de desafuero de CFK transcurrieron 45 días durante los cuales ningún obstáculo formal hubiera impedido su detención. El simultáneo juicio político al juez Daniel Rafecas por haber archivado en 2015 la denuncia el fiscal Natalio A. Nisman y la cuidadosa sobreactuación del gobierno nacional que se declara ajeno a una decisión que dice preocuparlo, completan el cuadro.

La idea no era privarla de la libertad sino acosarla de modo de mellar su liderazgo y colocarla figuradamente a merced del Peornismo Opoficialista que gerencia el senador Miguel Pichetto, el candidato del Frente para la Victoria derrotado por mayor diferencia en las elecciones de 2015. Para los lectores atentos no debería ser novedoso. Lo que sigue fue publicado en el diario Página/12, el 3 de enero de 2016, cuando Maurizio Macrì no había cumplido un mes en la presidencia:

    “Un columnista del Grupo Clarín sostuvo que cuando fue apartado de la causa el juez de Casación Juan Carlos Gemignani se proponía denunciar a Cristina por traición a la patria a raíz del memorando de entendimiento con Irán (…). El mismo día, un boletín electrónico dirigido por dos editores del Grupo Clarín dijo que un ciudadano colombiano, cuya identidad ocultan, escuchó el 16 de enero del año pasado, en una oficina de la Cancillería donde realizaba un trámite personal, que el entonces ministro Héctor Timerman planeaba asesinar al fiscal Alberto Nisman y que el ejecutor sería el nerd informático Diego Lagomarsino (!). Dos días después Nisman apareció con una bala en la cabeza y el colombiano fue a Puerto Madero a verificar los hechos (¡!). Como corresponde, la extravagante denuncia, que nadie con dos dedos de frente podría tomar en serio, cayó en el juzgado de Claudio Bonadío. El 28 de diciembre, el rabino Gustavo Perednik le dijo al aún receptivo Mariano Grondona, que ‘CFK va a ir presa por el asesinato de Nisman’, cuando a casi un año el único elemento a favor de la hipótesis del crimen es la voluntad de la familia y de los amigos políticos de Nisman. 
    En coincidencia con estos episodios, el nuevo gobierno pretende que la Unidad AMIA del ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ahora a cargo del exsenador radical Mario Cimadevila, oriente su tarea a la investigación de la muerte del exfiscal y sobre todo a resucitar la denuncia de Nisman contra la exPresidente, que un juez de primera instancia, dos de apelaciones y un fiscal de Casación desestimaron por inexistencia de delito. Incluso se proponía rebautizar a la dependencia como Unidad AMIA-Nisman, lo cual motivó una tajante reacción de familiares de las víctimas del atentado. ‘Si asesinan a un familiar y el fiscal de la causa se gasta en putas los fondos asignados para investigarlo, ¿qué te parecería que lo homenajearan?’ fue la pregunta airada que escuchó el secretario de Derechos Humanos, Claudio Avruj (…). 
    El fiscal federal Eduardo Taiano dio curso a otra denuncia desopilante por traición a la patria y encubrimiento contra Timerman, por el contenido de una conversación telefónica grabada en forma ilegal, donde dice en privado lo mismo que la justicia y el gobierno afirmaban en público desde 2005: que los autores del atentado eran los iraníes denunciados ante la Asamblea General de las Naciones Unidas entre 2005 y 2010 por los presidentes Néstor y Cristina Kirchner y cuya captura internacional solicitó en 2007 el juez Canicoba Corral
    En 2013, cuando el presidente de la AMIA Guillermo Borger le recriminó que negociara con Irán, Timerman le respondió que no podía negociar con Suiza, porque la bomba la pusieron los iraníes. Taiano pidió que se agregara la denuncia de Nisman contra Timerman y Cristina, de modo que confiando en la conocida buena puntería de Bonadio sea posible acertar a la cabeza de la oposición. 
    Los audios forman parte del libro Nisman debe morir, del periodista Daniel Santoro y su divulgación ahora como si revelaran algún secreto descalificatorio, une la utilidad del marketing a lo placentero de la injuria contra el anterior gobierno.  
    Daniel Santoro también fue el vehículo elegido para atribuir carácter de prueba judicial al borrador del juez Gemignani sobre Cristina, cuando no es más que la opinión de un magistrado cuyas afirmaciones no tienen sustento en los documentos de la causa. Según Gemignani, la traición a la Patria habría consistido en la creación de una comisión de la verdad que implicaría transferir la soberanía al ‘estado sospechoso’ de haber ordenado el atentado. También entiende que el tratado restringe ‘la potestad de encarcelamiento’ del juez al ‘dejar sin efecto las alertas rojas sobre los responsables’. 
    Pero el memorandum sólo dice que esa comisión que nunca se integró (de cinco juristas de prestigio internacional, que no podía incluir iraníes) revisaría la documentación y transmitiría una opinión a los dos gobiernos, pero no que desplazaría la jurisdicción de los tribunales argentinos. Además está probado en forma contundente que nunca se contempló levantar las alertas rojas. Por el contrario, el entonces director de Interpol, Ronald Noble, declaró que el gobierno argentino le pidió en forma reiterada e insistente que siguieran en vigencia” (…).
    “El esquema que se intenta ahora es el mismo que usó el 17 de mayo de 1956 el juez de facto Luis Botet, en la causa ‘Perón, Juan Domingo y otros s/ traición y asociación ilícita’, instada por el gobierno militar que tres semanas después fusilaría a decenas de trabajadores y militares acusados de conspirar para reponer al gobierno derrocado. Para Botet, el delito se había realizado con la sanción de leyes que a su juicio confirieron a Perón la suma del poder público y facultades extraordinarias. Botet, que se identificaba como ‘Juez de la Revolución Libertadora’, libró orden de captura internacional contra Perón y ordenó el arresto de más de un centenar de ministros, secretarios, diputados y senadores. Esta es parte de la dificultad que encuentra ahora Macrì: si el memorando constituye el delito, ¿cómo imputar a Timerman y Cristina y no a los diputados y senadores que lo convirtieron en ley? Botet reapareció en julio de 1966, como interventor de la Universidad Nacional de Buenos Aires luego de la noche de los bastones largos que el dictador Juan Carlos Onganía hizo descargar sobre la cabeza de profesores y alumnos de la Facultad de Ciencias Exactas”.

    “(…) No es de extrañar que el tema central elegido para acorralar a Cristina y propiciar el surgimiento de un peronismo hermafrodita, que vuelva a acomodarse en el rol de facilitador de políticas contrarias al interés popular que pregona defender, pase por la política internacional. Macrì nunca ocultó que ése era su propósito; (…) antes de las elecciones viajó a Israel, donde coincidió con el halcón presidente Beniamin Netanyahu en su posición contraria a cualquier acuerdo con Irán e incluso contra la política soberana de la Argentina frente a los fondos buitre. 
    Así lo contó en una investigación sobre los fondos no declarados que Nisman recibió de Israel y Estados Unidos, el sociólogo Jorge Elbaum, quien precedió a Claudio Avruj como director ejecutivo de la DAIA. Elbaum reveló que el rabino Perednik fue uno de los principales contactos de Nisman con el partido Likud, de la derecha gobernante israelí, que su vez fue su vía de acceso a Roger Noriega, quien desde que dejó el gobierno de George W. Bush dirige el American Enterprise Institute. Su principal financista es el millonario empresario estadounidense del juego Sheldon Adelson, socio de Paul Singer en el fondo buitre NML Elliot y mecenas de la Task Force Argentina, que volcó cuantiosos recursos a difamar a las anteriores autoridades argentinas (…). 
    Elbaum cuenta que Nisman se encontró con Noriega en Buenos Aires en 2010, en un seminario sobre la penetración de Irán en América Latina, coorganizado por la DAIA, el Congreso Judío Latinoamericano y la fundación Israel Allies Caucus Foundation, asidua receptora de aportes provenientes de Adelson, El Rey de Las Vegas. En 2014, Avruj concertó con Nisman la agenda de las reuniones que Maurizio Macrì sostuvo en Tel Aviv y en Jerusalén, vinculadas con temas de seguridad internacional. El entorno de Macri consideraba como referente a Nisman después de sus dictámenes contra la infiltración iraní en Venezuela y América del Sur. A través de los contactos de Nisman, Macrì se reunió con referentes de la derecha israelí y con el primer ministro Netanyahu”.

Hasta aquí, la simpática sección “Yo te lo dije”. Después supimos que Adelson también le pagó 280.000 dólares a Nisman y fue un gran contribuyente a la campaña de Trump, quien junto con Netanyahu pretenden revocar el acuerdo nuclear con Irán. Cuando el premier israelí visitó la Argentina lo acompañó una comitiva de vendedores de equipamiento de defensa, seguridad e inteligencia para el espionaje y el control social. Para superar las restricciones constitucionales (“La traición contra la Nación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro”, artículo 119), el doctor Glock adhirió a la doctrina del Comando Sur sobre las Nuevas Amenazas, por la cual se expande la definición de guerra en múltiples direcciones, de modo de incluir a los atentados de 1992 y 1994. Y para soslayar el principio de buena fe y la doctrina de los actos propios, finge que los diputados y senadores que convirtieron el memorando en ley estaban coaccionados o no sabían de qué se trataba. Pocas veces la definición de mamarracho jurídico estuvo mejor atribuida.

Como sostuvo el CELS el jueves 7, sin debido proceso, no hay justicia: hay persecución. Este es el texto difundido por la organización, que representa ante el Sistema Interamericano de Derechos Humano a las víctimas del atentado nucleadas en Memoria Activa:

“Desde hace meses, el juez federal Claudio Bonadío impulsa una causa paralela irregular por la firma del memorándum con Irán. Hoy, procesó con prisión preventiva a la ex presidenta Fernández de Kirchner, al ex canciller Héctor Timerman y otras cuatro personas, por los delitos de traición a la patria y encubrimiento.

“El juez utiliza como argumento para la prisión preventiva la llamada ‘doctrina Irurzun’: sostiene que los imputados, por haber sido parte del gobierno, pueden entorpecer la investigación o fugarse, o que tendrían ‘nexos’ para hacerlo, sin elementos concretos que den cuenta de que esto sea realmente así.

“Este tipo de argumentación genérica, sin base constitucional, viola lo sostenido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Loyo Fraire y los estándares de prisión preventiva del sistema interamericano de derechos humanos.

“Si no se cumple con los parámetros objetivos de los riesgos procesales, la prisión preventiva es una medida desproporcionada e ilegal que atenta contra los principios del debido proceso e implica una violación de las garantías constitucionales. Si no hay debido proceso, se trata de una instrumentalización del sistema penal para perseguir a opositores políticos.

“La investigación del atentado a la AMIA es la historia de la degradación de la justicia federal argentina. La construcción de impunidad caracterizó desde el primer momento la respuesta judicial. Veintitrés años después, las víctimas siguen esperando que avance la causa que debe investigar lo que ocurrió mientras el juicio en el que se investiga el encubrimiento trascurre sin que se le preste mayor atención. En 2004, las víctimas aceptaron la nulidad del juicio oral en el que se acusó de forma irregular a un grupo de policías: siempre buscaron justicia con debido proceso. La causa impulsada por Bonadío es una expresión más de la utilización política del atentado y de las arbitrariedades y violaciones al debido proceso que se justifican en una supuesta lucha contra la impunidad”.



► El expediente 8912/10

sábado, 2 de diciembre de 2017

EL ENEMIGO INTERNO DE LA PATRIA





A PROPÓSITO de los SENADORES y DIPUTADOS que VOTAN LEYES que VAN en DIRECCIÓN CONTRARIA a los INTERESES del PUEBLO ARGENTINO...





 “el antídoto que puede salvarnos de la aniquilación en el oprobio, no es otro que el patriotismo, frente a los peligros del imperialismo económico, que anda por el mundo encharcado en sangre como un lobo hambriento. Por eso, porque el patriotismo es la única barrera, se intenta debilitar el patriotismo del pueblo argentino mediante una política cínica y desvergonzada”.



Los "perduellis", hoy como ayer

En el año 1942, el periodista José Luis Torres (que había acuñado la expresión "la década infame" para descalificar al aciago período que se inició con la sedición del 6 de septiembre de 1930) se presentó ante el juez de instrucción Ramón F. Vázquez, con un escrito de querella contra la sucesión de los cónyuges Otto Sebastián Bemberg y Josefina Elortondo de Bemberg por defraudación al Consejo Nacional de Educación en el impuesto hereditario.

En su escrito, José Luis Torres hacía renuncia a lo que le pudiera corresponder como participación por la denuncia de evasión de dicho impuesto por parte de los herederos de los Bemberg. De igual manera, renunciaban a sus honorarios los abogados patrocinantes Gilberto A. Zavala, Colón Quiroga y Juan Jacobo Zavala.

Por su actualidad, merece recordarse lo expresado en el Capítulo Primero de esa querella bajo el acápite "El enemigo interno de la Patria en el antiguo derecho romano": En la antigua Roma, se llamaba "perduellis" al enemigo interno de la Patria, y "hostis" al enemigo exterior. El crimen de "perduellio" (contra la Patria) y el de peculado (apoderamiento ilegítimo de cosas del Estado) eran castigados con la pena de muerte.

Como principio general, la muerte liberaba de la pena y de la acción penal al delincuente; pero, como dice Mommsen, "en lo tocante a los delitos públicos de la época antigua, o sea, los que iban inmediatamente dirigidos contra el Estado, la regla dicha no valía; la maldición obraba más allá de la tumba y aún después de la muerte podían aplicarse las penas de privación de sepultura, de remoción de la tumba y, sobre todo, "de execración de la memoria del difunto" (ver Derecho Penal Romano, tomo I, página 74).

Y cuando después, en el correr de los años, sobrevenían épocas nefastas de peculados y de crímenes, las generaciones coetáneas volvían sus ojos hacia atrás para admirar e inspirarse en aquella inmensa civilización latina, cuya excelsitud moral fue capaz de maldecir, de negar sepultura y de execrar la memoria de esos difuntos cuyas vidas depravadas se dedicaron a comprar conciencias, envileciendo a gobernantes y a gobernados.

El juez Vázquez dio traslado de la querella al fiscal Leopoldo E. Silva, para que éste se pronunciara sobre la personalidad pretendida por Torres. El fiscal, de acuerdo con el prejuzgamiento del juez, se expidió negándole a Torres el carácter de particular ofendido o damnificado. Basándose en el dictamen del fiscal, el juez resolvió "no hacer lugar al rol del querellante pretendido en esta causapor José Luis Torres".

La querella en contra de Bemberg, destinada a recuperar para el Estado cifras millonarias indispensables para el fomento de la instrucción primaria, con absoluto desinterés de parte del denunciante, introducía, según la vista del fiscal, "un verdadero desorden jurídico". El orden jurídico consistía, pues, en mantener por siempre la impunidad de los delitos denunciados (José Luis Torres. Los perduellis, los enemigos internos de la patria).

Hoy, igual que ayer, nuestra clase política y empresaria dirigente no se ha inspirado precisamente
en esa paradigmática civilización latina: Maquiavelo y Stavisky han sido los modelos de los
"perduellis" de antes y de ahora, como anatematizara Discépolo en Cambalache.



Carlos A. Manus
Mayo 2001







Enrique Santos Discépolo compuso "Cambalache" en 1934, se estrenó en el Teatro Maipo, a fines de 1934, y a pedido de Discepolín, lo cantó por primera vez Sofía "La Negra" Bozán. También, fue uno de los tangos que Discépolo compuso para la película El alma del bandoneón, algunos de ellos en colaboración con Luis César Amadori, pero Cambalache es de su exclusiva autoría. En el filme, estrenada al año siguiente, lo interpretó Ernesto Famá con el acompañamiento de la orquesta de Francisco Lomuto.​





Decía Enrique Santos Discepolo... "Hoy resulta que es lo mismo ser derecho que traidor, ignorante, sabio, chorro, generoso, estafador. ¡Todo es igual, nada es mejor, lo mismo un burro que un gran profesor! No hay aplazaos ni escalafón, los inmorales nos han igualao... Si uno vive en la impostura y otro roba en su ambición, da lo mismo que si es cura, colchonero, rey de bastos, caradura o polizón..."


domingo, 26 de noviembre de 2017

SANTIAGO MALDONADO: 10 Preguntas y Respuestas






Diez preguntas y respuestas sobre el caso Santiago Maldonado


El martes 1° de agosto de 2017, decenas de efectivos de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) entraron con violencia al territorio que la comunidad mapuche Pu Lof reclama como propio en Cushamen, Chubut. La GNA tenía orden de la justicia federal para despejar la ruta 40 pero, con el argumento de la “flagrancia” -promovido por el Poder Ejecutivo Nacional- ingresó a la comunidad persiguiendo a los manifestantes. Santiago Maldonado era uno de ellos.

Cuando ese operativo ilegal y violento finalizó, faltaba “el Brujo”, como se conocía a Maldonado. La comunidad y la familia denunciaron su desaparición considerando la posibilidad de que hubiera sido detenido. Los organismos de derechos humanos nos enteramos de que una persona que había participado de una protesta estaba desaparecida luego de una represión. En ese momento inicial, el CELS activó dos vías de acción: visibilizar la denuncia e intentar que las dependencias oficiales buscaran a Maldonado ya que en casos como este sin presión social y sin insistencia sobre los funcionarios no hay una iniciativa estatal de búsqueda inmediata y sistemática.

En las primeras semanas, el Poder Ejecutivo Nacional respondió de tres formas. Primero, planteó hipótesis infundadas que buscaban instalar que Maldonado no estaba en el lugar, que estaba ausente por propia voluntad o que había fallecido antes de la represión. En segundo lugar, ocultó cómo había actuado la Gendarmería en el operativo. En tercer lugar, no se buscó a Maldonado de manera eficiente. Por su parte, el Poder Judicial, con una historia conflictiva con la comunidad Pu Lof, demoró en activar tanto la búsqueda como la investigación de las posibles responsabilidades de la GNA. Pasaron semanas hasta que pudo comenzar a acumular información sobre el operativo y tener una estrategia eficaz para rastrillar la zona.

Transcurría el tiempo y buscar a Maldonado no era la prioridad estatal. Diez días después, la pregunta “¿dónde está Santiago Maldonado?” ya había ocupado calles, plazas y plataformas digitales y los medios de comunicación del país y del mundo hasta convertirse en una cuestión central de la agenda política. La empatía de amplios sectores sociales con la familia Maldonado no alentó al Poder Ejecutivo a involucrarse en una solución del caso; más bien, pareciera haber ocurrido lo contrario: mientras el Estado no podía encontrar a Maldonado, la estrategia del gobierno fue intentar romper la extendida solidaridad con la demanda. Así, destinó profusos recursos a atacar a la familia, a la comunidad y a quienes los acompañaban.

Hasta ahora ningún gendarme fue ni siquiera sancionado por las ilegalidades del operativo, como ingresar sin orden judicial, arrojar piedras a los manifestantes o hacer una hoguera con las pertenencias de la comunidad.

El 17 de octubre Maldonado fue encontrado sin vida en el río Chubut, en el mismo lugar en el que en agosto los gendarmes afirmaron en el sumario administrativo haber llegado persiguiendo a los manifestantes.

La constatación de que un participante de una protesta social había fallecido durante una represión llevada adelante por fuerzas federales no modificó el enfoque del gobierno nacional. En los días posteriores a los primeros trascendidos de la autopsia, numerosos funcionarios se dedicaron a instalar una nueva conjetura: si Maldonado no fue secuestrado por la GNA, tal como había denunciado la Pu Lof, no existen responsabilidades estatales y, en cambio, lo que debe ser investigado son las denuncias de la comunidad y el rol de los organismos de derechos humanos.

La comunidad fue el primer actor en denunciar la desaparición y sus primeros relatos sobre el operativo fueron ratificados por los propios gendarmes. Con el hallazgo del cuerpo y el resultado de la autopsia, por ahora se puede saber que Maldonado intentó cruzar el río para escapar y permaneció en el agua fría lo que lo llevó a una muerte por hipotermia y asfixia por sumersión. La idea de que las discordancias con parte del relato de algunos miembros de la comunidad exime al Estado argentino de responsabilidad por los hechos que culminaron con la muerte de Santiago y por la deficiente búsqueda posterior no resiste un mínimo análisis.

Santiago Maldonado murió mientras participaba de una protesta. Pasaron 78 días hasta que fue encontrado. El Estado en lugar de mostrar su voluntad de proteger a la víctima y a su familia, los maltrató con recurrencia y en ocasiones con saña. Ninguno de esos tres hechos puede naturalizarse. Ninguno de esos hechos puede ser tratado como si fuera un accidente o un incidente más de la ineficacia estatal. A continuación sintetizamos las acciones principales que en virtud de esa agenda y de las estrategias propias del trabajo del CELS llevamos adelante desde el 1 de agosto de 2017 hasta la fecha.

La pregunta ¿qué pasó con Santiago Maldonado? aún no fue esclarecida.



1. ¿Qué acciones judiciales impulsó el CELS?


A partir de la desaparición de Santiago Maldonado, en el Juzgado Federal de Esquel, a cargo de Guido Otranto, se iniciaron dos expedientes: un habeas corpus que tenía como fin encontrarlo y una causa para investigar las posibles responsabilidades penales en la desaparición, que fue caratulada como “N.N. s/desaparición forzada de persona”.

Habeas corpus- medidas de búsqueda

Los primeros habeas corpus fueron presentados por el Defensor Oficial Federal Fernando Machado y la Comisión Provincial por la Memoria el 2 de agosto. El 3 de agosto la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos presentó un tercero. El 3, el CELS sugirió en un escrito enviado al juez:

– la preservación de la zona del Pu Lof donde fue visto Maldonado por última vez
– el rastrillaje del Pu Lof
– el pedido a las morgues de información sobre el ingreso de cuerpos no identificados
– el allanamiento de los Escuadrones 35 y 36 de la Gendarmería
– la pericia de un cuello de polar de Santiago

El mismo día, el CELS aportó los datos de Ariel Garci, quien tenía información sobre una línea telefónica utilizada por Maldonado.

El 9 de agosto, el CELS se presentó como parte, debido a que ni el Poder Judicial ni el Ministerio de Seguridad activaban una búsqueda exhaustiva, reiteró las medidas ya sugeridas y pidió complementar con:

– el rastrillaje de las rutas 15 y 71
– la incorporación de una antropóloga forense para mejorar la estrategia de búsqueda
– la ampliación de las medidas respecto a la Gendarmería Nacional
– la convocatoria a la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) de la Procuración General de la Nación.

El 17 de agosto el CELS propuso al juez Otranto que convocara al Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) para que asesorara en la búsqueda. El pedido fue aceptado pero la participación del EAAF no se materializó porque el juez no le hizo ningún requerimiento.

En las semanas siguientes el CELS:

– ofreció testigos que podían relatar los últimos meses de Maldonado en El Bolsón y contar cuándo lo habían visto por última vez ya que desde el Poder Ejecutivo se ponía en duda su presencia en el lugar en el momento de los hechos
– participó de declaraciones de Claudina y Ailinco Pilquiman, Andrea Millañanco y Soraya Guitart, integrantes de la comunidad
-participó de las declaraciones de 19 gendarmes
-participó de los rastrillajes de los Escuadrones 35 y 36 de la Gendarmería Nacional realizados el 10 de agosto de 2017.
-aportó un video del momento en el que la comunidad habla con el defensor Machado sobre el procedimiento realizado por la Gendarmería y afirman que no saben dónde está una de las personas que participaba del corte y que creían que había sido detenido.

Causa penal- Medidas de investigación

El 15 de agosto, a dos semanas de que no se supiera nada de Santiago, el CELS pidió ser querellante en la causa que investiga qué sucedió con Santiago y la comunidad en el contexto de la represión de la protesta y las responsabilidades penales por la desaparición de Maldonado y las irregularidades del operativo. Esta causa, delegado por el juez a la Fiscalía Federal de Esquel, a cargo de la Fiscal Subrogante Silvina Ávila, tiene como propósito determinar la responsabilidad que le cabe a la Gendarmería Nacional por lo sucedido el 1 de agosto en Cushamen.

En el expediente caratulado como desaparición forzada, el CELS pidió algunas medidas de pruebas ya solicitadas en el habeas corpus que no habían sido realizadas. A ellas se le sumaron el registro de comunicaciones de todos los efectivos involucrados en el operativo y la ampliación de búsqueda de ingreso de un cuerpo sin identificar en las morgues de Chubut, Río Negro, Neuquén y Santa Cruz. Luego de varias semanas, se allanaron los escuadrones de Gendarmería donde se secuestró información relevante de los discos rígidos, computadores y se secuestraron los teléfonos.

Como detectó que faltaban al menos 78 fotografías y numerosos videos, que habían sido tomados durante el operativo, algunos de los cuales se habían distribuido a los medios de comunicación pero no aportado a las causas judiciales, el CELS solicitó el 6 de septiembre que se requiriera la urgente incorporación de estas imágenes a la investigación, lo cual fue aceptado por la fiscalía. El 26 de septiembre se recibieron las fotos recuperadas, aunque quedaron sin poder rescatarse 10 fotos y por lo menos 30 videos.

Al analizar las fotos recuperadas, se constató que muchos gendarmes habían llegado a la vera del río Chubut, que portaban escopetas y bastones, que cuatro camionetas y un camión habían ingresado a la comunidad. Estas evidencias contradijeron las declaraciones de los gendarmes que en el habeas corpus habían ocultado el uso de bastones cerca del río y el incendio de las pertenencias de la comunidad, habían afirmado que habían ingresado sólo 2 camionetas, entre muchas omisiones y contradicciones en sus testimonios respecto a qué hicieron, con quienes estaban, y cuánto permanecieron en la orilla del río.

El 29 de agosto el Ministerio de Seguridad aportó al expediente extractos de los sumarios administrativos. Lo mismo hizo el 10 de septiembre. El 15 de septiembre pedimos que fueran aportados en forma completa, lo cual fue aceptado por la Fiscalía.

En el marco de este expediente, pero también con efectos en el Habeas Corpus, el 19 de septiembre el CELS recusó al juez federal Guido Otranto. Luego de brindar dos declaraciones periodísticas al diario La Nación, quedó evidenciado que estaba adelantando opinión y que había perdido imparcialidad como juez de la causa. El 22 de septiembre, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia hizo lugar a la recusación, por lo cual ambos expedientes quedaron a cargo del Juez Federal Gustavo Lleral.

2 . ¿Cuáles fueron las irregularidades del operativo de Gendarmería Nacional del 1 de agosto de 2017?

A las diez y media de la mañana del 1 de agosto, el comandante de la Gendarmería Nacional Juan Pablo Escola dio inicio al desalojo del corte de la ruta 40 que los integrantes de la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia realizaban en protesta por la detención de Facundo Jones Huala. El juez federal de Esquel Guido Otranto había dictado la orden de liberar la ruta.

Los mapuches corrieron hacia el interior del territorio, con lo que la ruta quedó liberada. Entonces, los gendarmes decidieron ingresar, sin estar autorizados judicialmente a hacerlo, con la justificación de perseguir una “flagrancia” para detener a los que cortaban y porque les estaban arrojando piedras. El uso de la figura de “flagrancia” para detener a los manifestantes fue indicado, y definido como una estrategia conjunta con las fuerzas de seguridad federales y locales, en los días previos por el jefe de gabinete del Ministerio de Seguridad, Pablo Noceti. Con esa excusa, cincuenta y dos efectivos entraron al territorio y permanecieron allí 5 horas. Algunos persiguieron a los mapuches y realizaron más de ochenta disparos con municiones antitumulto. Como puede verse en las imágenes producidas por los propios gendarmes, los agentes recolectaron piedras para arrojárselas a quienes huían. Unos quince efectivos llegaron hasta la orilla, varios de ellos portando escopetas.

Lo que sucedió en la orilla todavía no se ha dilucidado por completo pero se pudo establecer que varios gendarmes vieron a los mapuches cruzar el río, que al menos uno de los gendarmes reconoció haberles arrojado piedras y otro, haber disparado.

En las primeras semanas, decisivas para dilucidar el hecho, estas circunstancias fueron ocultadas por las autoridades.

Luego de la persecución, los gendarmes allanaron viviendas, secuestraron objetos de la comunidad; algunos fueron registrados en las actas, otros, quemados en una fogata. Dos mujeres y dos niños fueron retenidos durante cuatro horas. El allanamiento y el secuestro de elementos se hicieron sin orden judicial, pero luego fueron convalidados telefónicamente por el juzgado.

La Gendarmería se retiró del territorio a las 17 horas. Según consta en el sumario instruido por la Gendarmería, al mediodía el jefe de gabinete del Ministerio de Seguridad de la Nación, Pablo Noceti, se hizo presente en el lugar del operativo y “destacó la actividad llevada a cabo por la institución”. El sumario interno se cerró sin identificar las irregularidades, ni las faltas cometidas ni recomendar las sanciones que corresponden.

3. ¿Cómo actuó el Poder Judicial en la investigación?

El origen del operativo y la conflictividad entre la comunidad, las fuerzas de seguridad y la justicia federal demoraron la respuesta judicial a la denuncia de la desaparición. Las dificultades que tiene el Estado para investigar violaciones de derechos de las que puede ser responsable se agravaron en este caso, sucedido en un lugar aislado, en el contexto de una comunidad que tiene temor y es reticente a colaborar con el sistema judicial y de la desconfianza que desde el principio tuvieron el juez y la fiscal federales.

La intervención de la GNA comenzó por una orden judicial para despejar el corte de la ruta 40 y, luego, utilizó el supuesto de flagrancia para ingresar a la Pu Lof. Este operativo violento fue convalidado judicialmente con posterioridad. El 1 de agosto, el defensor oficial Fernando Machado registró el operativo y que una persona estaba desaparecida. Ninguna otra de las autoridades judiciales acudió a la comunidad ese día, aunque habían ordenado el desalojo. El 2 de agosto, el Machado y la Comisión Provincial por la Memoria presentaron dos habeas corpus. El 3 de agosto la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos presentó un tercero.

La primera reacción fue esquiva: el aparato judicial no le dio credibilidad a la denuncia ni intervino de inmediato para determinar si esa desaparición era, o no, una consecuencia de la represión. Por el contrario, se actuó con las hipótesis de que Maldonado no estaba en el corte o de que se había ido por voluntad propia. Como consecuencia, en los primeros días la búsqueda fue limitada y se demoraron medidas necesarias.

El 4 de agosto en la audiencia de habeas corpus la GNA negó haberlo detenido pero no dio, ni se le exigió, ninguna explicación. Recién el día 5, el juez decidió rastrillar dentro de la Pu Lof. Esta medida, por la hostilidad entre la comunidad y el juez federal Guido Otranto, se hizo mal y fue incompleta. Durante semanas, el juez no pudo resolver el conflicto con la comunidad de modo tal de destrabar la realización de medidas indispensables como el ingreso al territorio y la toma de testimonios.

En este contexto, las medidas de búsqueda fueron tardías y mal encaradas; mientras el Ministerio de Seguridad filtraba información destinada a instalar que Maldonado no había estado el 1 de agosto en el lugar de la represión.

El inicio de la investigación de la responsabilidad penal por la posible desaparición forzada también fue dificultoso: las primeras medidas sobre las camionetas de la GNA se realizaron con demoras y los gendarmes fueron avisados de que iban a ocurrir. Recién el 15 de agosto fueron allanados los escuadrones para secuestrar elementos relevantes.

Cuando el Ministerio de Seguridad comenzó a aportar de manera parcial información de las declaraciones de los gendarmes en la investigación administrativa, hubo un giro en las dos causas judiciales. En la medida en la que los testimonios confirmaban que, tal como lo habían denunciado integrantes de la Pu Lof, los gendarmes habían llegado a la orilla, era preciso investigar ese lapso de tiempo en el que efectivos y mapuches se encontraron en el río.

En el habeas corpus se hicieron rastrillajes que no dieron resultado; el realizado con violencia el 18 de septiembre en el lugar en el que apareció el cuerpo tuvo deficiencias técnicas.

Paralelamente, la fiscalía recaratuló la causa penal como “desaparición forzada” y fue acumulando información y prueba para determinar cómo fue el operativo y qué sucedió con Maldonado. La fiscalía contó con la colaboración de Procuvin en la elaboración de hipótesis y en la producción y control de las pruebas. Por su parte, la fiscalía federal no fue capaz de construir un vínculo con la familia Maldonado, lo que dificultó el acceso de los familiares a la investigación.

Tras el apartamiento del juez Otranto por el pedido de recusación, le sucedió el juez federal Gustavo Lleral, quien tuvo otra estrategia hacia la comunidad que hizo posible el ingreso al territorio el 17 de octubre, día en el que se encontró el cuerpo sin vida de Maldonado.

4. ¿Cómo fue la respuesta del Poder Ejecutivo?

Recién seis días después de la desaparición, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, protagonizó las primeras reacciones del gobierno que se orientaron en tres sentidos: defender a la Gendarmería antes de investigar; plantear hipótesis alternativas sin correlato con el expediente y desviar el foco de la atención hacia la comunidad mapuche.

El 4 de agosto el Ministerio de Seguridad de la Nación negó que GNA tuviera que ver con la desaparición de uno de los manifestantes. A tono con esta línea, en los primeros días, el Ministerio de Seguridad no se concentró en investigar y puso en marcha el sistema de búsqueda de personas como si Maldonado no hubiera estado en el lugar o se hubiera ido voluntariamente. Luego, no aportó en tiempo y forma la información con la que contaba. En un informe del 18 de agosto, haciendo propias las primeras afirmaciones de los gendarmes, aseveró que no había habido irregularidades en el operativo y que se había actuado en cumplimiento de la orden del juez. Ambas afirmaciones se demostraron falsas.

El 7 de agosto comenzaron las investigaciones internas. Un sumario iniciado por Gendarmería afirmó “la inexistencia de conductas sancionables disciplinariamente”. Por otro lado, Daniel Barberis, director de Violencia Institucional del Ministerio de Seguridad de la Nación realizó encuestas y entrevistas a gendarmes. En una charla previa a la realización de las entrevistas, Barberis le dijo a los gendarmes: “En este barco estamos juntos, ¿está claro?”. En el informe señaló que algunos efectivos habrían arrojado piedras contra los mapuches y justificó esa acción como una “conducta imitativa” que había respondido a las agresiones de los manifestantes y concluye sin solicitar una investigación disciplinaria. Hasta hoy, ningún gendarme fue sancionado por las irregularidades.

La información obtenida en estas actuaciones administrativas fue aportada al Poder Judicial por Gonzalo Cané, secretario de Cooperación con los poderes judiciales, ministerios públicos y legislaturas, en representación del Poder Ejecutivo, tarde, en fragmentos y por insistencia de las querellas, entre ellas el CELS.

Recién el 29 de agosto, el ministerio aportó al habeas corpus los cuestionarios realizados dos semanas antes. Se demoró hasta el 11 de septiembre para aportar la transcripción de las entrevistas. Nunca explicó por qué esperó todos esos días para incorporar estas actuaciones mientras insistía a través de los medios de comunicación con la hipótesis de que Maldonado había fallecido el 21 de agosto en un episodio de violencia contra un puestero. Tampoco explicó por qué el comandante segundo del Escuadrón 36 de Esquel, Juan Pablo Escola, negó que los gendarmes hubieran llegado a la orilla del río. Gendarmería Nacional y la ministra de Seguridad negaron que hubiera registros audiovisuales del operativo, lo que también se demostró falso.

En simultáneo con este retaceo de información, por intermedio de Cané y Barberis, el Ministerio de Seguridad de la Nación intervino de forma directa en el expediente del habeas corpus. Y realizó una vasta tarea de filtración de las medidas de investigación y sus resultados a los medios. Otros funcionarios de alto rango fueron parte de esta estrategia, entre ellos el secretario de Derechos Humanos de la Nación que en un fecha tan tardía como el 30 de agosto declaró: “Nadie puede demostrar que Santiago Maldonado estuvo en la zona de conflicto”.

Durante el tiempo en que Santiago Maldonado estuvo desaparecido, el gobierno hizo reiteradas afirmaciones infundadas y ofensivas. Desde la Ministra a cargo de Gendarmería que afirmó ante el Senado de la Nación que no tiraría “gendarmes por la ventana” cuando se le demandaba que separara preventivamente a determinados agentes; hasta una de las máximas representantes políticas de la coalición de gobierno que a más de dos meses de su desaparición afirmó que había un “20% de posibilidades de que Santiago Maldonado esté en Chile” por propia voluntad y con motivaciones políticas.

5. ¿Por qué el CELS recurrió a las Naciones Unidas?

Para el 5 de agosto y a pesar de que ya se había presentado un habeas corpus, el accionar del Estado en materia de búsqueda y de investigación no era el que correspondía a una desaparición en el contexto de un operativo represivo.

Para que las estrategias de localización adquirieran otra fuerza, ese día el CELS solicitó una acción urgente al Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU para que instara al Estado a tomar las medidas necesarias para encontrar a Maldonado. La gravedad de la situación era tal que el 7 agosto el Comité concedió la acción urgente y le pidió al Estado argentino que adoptara una estrategia integral y exhaustiva de búsqueda y asegurara la exclusión de la GNA de la investigación, entre otras medidas. El Comité también le pidió al Estado que adoptara medidas cautelares de protección de la vida e integridad de la familia Maldonado, de sus abogados y de la comunidad mapuche y garantizara que no fueran objeto de violencia ni hostigamiento. A partir de ese momento el Estado argentino hizo presentaciones al Comité en los cuales adoptó la misma estrategia que tuvo a nivel nacional.

El 18 de septiembre, el CELS, en una segunda presentación al Comité, reiteró la falta de una respuesta estatal adecuada y denunció que el Ministerio de Seguridad no colaboraba en la causa judicial aportando la información que tenía y, al mismo tiempo, llevaba adelante una campaña de desinformación. El CELS también señaló que el Estado tampoco había cumplido con la solicitud del Comité respecto a la familia, que, por el contrario, recibió numerosos ataques.

El 6 de octubre el Comité dictó otra resolución en la que llamó la atención sobre las demoras de las autoridades para investigar el rol de la Gendarmería en los hechos que culminaron con la desaparición de Maldonado y para aportar declaraciones, fotografías y videos al expediente. El Comité solicitó al Estado: informar de los motivos de estas dilaciones, investigar y sancionar intervenciones de las autoridades que hubieran podido entorpecer la efectividad de la búsqueda y de la averiguación de la verdad y asegurar la imparcialidad, independencia y autonomía de la investigación.

El 21 de octubre el CELS informó al Comité el hallazgo del cuerpo de Santiago Maldonado.

El caso fue presentado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por otras organizaciones, sin la participación del CELS.


6. ¿Qué establece la autopsia respecto de las circunstancias de la desaparición y la muerte de Santiago Maldonado?

La autopsia reveló que la muerte fue un proceso que se fue dando por la permanencia en el agua helada que llevó a que se le vayan adormeciendo los miembros y reduciendo la capacidad de moverse, que luego derivó en un desvanecimiento que terminó con la sumersión. En conclusión, se trató de una muerte violenta por asfixia por sumersión coadyuvada por hipotermia.

Si bien en la médula no se encontraron diatomeas, su presencia en las cavidades cardiacas -nueve distintas: seis en el ventrículo izquierdo, tres en el derecho, indica que se trató de una asfixia por sumersión. También son indicadores de la asfixia los cambios en el pulmón. Las transformaciones halladas en la piel son propios de la hipotermia.
La data de la muerte se estableció a través de tres métodos y dio un rango que no puede ser de menos de 53, 60 o 73 días, según cada método.

Por último, se concluyó que el cuerpo no tiene lesiones externas, por lo tanto no puede suponerse a priori que haya sufrido violencia física en otro lugar. Tampoco se encontraron evidencias de que el cuerpo haya estado en otro lugar que el del hallazgo.

7. ¿En qué consiste el conflicto que atraviesa el territorio donde tuvo lugar la protesta?

La comunidad Pu Lof en Resistencia ocupa desde 2015 un área en la localidad Cushamen que reivindica como ancestral, en disputa con la empresa trasnacional Benetton. Al mismo tiempo, el lonko de la comunidad Facundo Jones Huala está detenido desde el 26 de junio en una causa en la que se discute su extradición a Chile, situación que motiva protestas frecuentes.

El Poder Ejecutivo y el Poder Judicial de la provincia de Chubut fueron los primeros en identificar a la Pu Lof con el grupo Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) que utiliza la acción directa como forma de protesta y en referirse a ellos como “terroristas”, calificación que implica sostener que son una amenaza seria para el Estado argentino y para sus habitantes. Esta caracterización desproporcionada del conflicto busca justificar respuestas estatales represivas y acciones de inteligencia ilegal.

En 2016, el gobierno nacional promovió este enfoque que coloca el conflicto mapuche como una amenaza a la seguridad nacional. En mayo de ese año, Gendarmería Nacional (GN) y el Grupo Especial de Operaciones de Chubut allanaron el territorio de la Pu Lof con autos particulares sin identificación y efectivos encapuchados. En enero de 2017, se produjeron tres operativos violentos, uno de GN y dos de la policía provincial; tres personas fueron heridas de gravedad.

El 31 de julio de 2017, Pablo Noceti, jefe de gabinete del Ministerio de Seguridad, reunió en Bariloche a los ministros de seguridad de Chubut y Río Negro y a los jefes de las fuerzas provinciales y federales para “coordinar acciones de defensa” ante posibles “ataques” del RAM. Les ordenó utilizar los supuestos de flagrancia -es decir, intervenir sin orden judicial- para detener a integrantes de las comunidades mapuches. Un día antes del operativo que desembocó en la muerte de Santiago Maldonado, Noceti declaró a Radio Nacional Esquel que los mapuches querían “generar caos y desorden y temor en la población” y que tendrían relaciones con “extremistas kurdos”. Estas afirmaciones responden al enfoque del gobierno nacional que considera que el narcotráfico y el terrorismo son parte de lo que internacionalmente se considera el “paradigma de las nuevas amenazas”, sin explicar cuál es la actividad terrorista concreta.

En este contexto, se realizó el operativo del 1 de agosto. En las semanas siguientes, la desaparición de Maldonado no generó que el gobierno nacional buscara abrir un canal de dialogo con la comunidad: hizo exactamente lo contrario.

Maldonado desapareció en un territorio ocupado por una comunidad con fuertes resistencias a relacionarse con instituciones estatales, debido a sus convicciones ideológicas y a los antecedentes de discriminación, arbitrariedad y violencia policial. Los primeros relatos de la comunidad que activaron el reclamo social extendido por la aparición de Maldonado fueron, semanas después, ratificados por los gendarmes en sus declaraciones y por las imágenes. Luego, la comunidad no aceptó el ingreso de las fuerzas de seguridad al territorio o lo limitó y fue reticente a testimoniar. Al asumir en la causa del habeas corpus, el juez federal Gustavo Lleral inició un proceso que culminó con el ingreso a la comunidad el 17 de octubre, día en el que Maldonado fue encontrado sin vida en el río Chubut.

8. ¿Por qué el CELS consideró que el hecho debía investigarse como una desaparición forzada?

Santiago Maldonado fue visto por última vez en el contexto de un operativo represivo e ilegal de la Gendarmería Nacional. Esta situación hacía necesario investigar qué participación tenía la Gendarmería en la desaparición de Maldonado a fin de encontrarlo y de establecer responsabilidades.

Investigar un episodio como una posible desaparición forzada no supone asegurar a priori que el hecho implicó la comisión de ese delito sino que en tanto hay indicios de responsabilidad estatal esa hipótesis debe ser confirmada o descartada. Ni el tipo penal “desaparición forzada” ni la figura del derecho internacional exigen que el hecho sea parte de un plan sistemático, tal como afirmó el Poder Ejecutivo. Por lo tanto, hablar de desaparición forzada no significa asimilar estos hechos con una política de desaparición de personas y menos aún con la última dictadura.

A medida que las semanas pasaban y Maldonado no era encontrado, los testimonios, el ocultamiento de información realizado por el Ministerio de Seguridad y las imágenes del operativo fueron indicios de que había una relación entre la ausencia de Maldonado y el operativo violento en la Pu Lof el 1 de agosto. Esas responsabilidades estatales aún están siendo investigadas.

9. ¿Qué características tiene la desaparición de personas en democracia y cuáles son las dificultades para investigarlas?

En democracia, las desapariciones ocurren por motivos diversos, algunas son voluntarias y otras no. Estas últimas implican una diversidad de responsabilidades estatales. Detrás de estos casos, hay explicaciones relacionadas con redes criminales, con violencias estructurales -como la de género- y con el funcionamiento violento de las fuerzas de seguridad, entre otras. La responsabilidad estatal es distinta y específica en cada una de estas situaciones.

En todas las desapariciones suele haber, además, una responsabilidad estatal por el déficit de las acciones de búsqueda. El Estado aún no sabe actuar de manera eficaz frente a la denuncia de una desaparición. Cuando las personas o sus familias pertenecen a los sectores de menores recursos económicos está situación se agrava porque se suelen agregar la discriminación y el mal trato.

En este contexto, para resolver una desaparición se deberían formular hipótesis basadas en lo que se sabe de la vida de la persona y de las circunstancias en la que desapareció, en cuándo, dónde y por quién fue vista por última vez; en qué contacto tuvo con instituciones de seguridad o con otros grupos con capacidad de ejercer violencia. Sin embargo, esto habitualmente no sucede.

Hay desapariciones que ocurren como consecuencia de la intervención de las fuerzas de seguridad, como hecho extremo de sus prácticas ilegales, violentas y de hostigamiento. En algunos casos, los policías ocultan el cuerpo para encubrir otros delitos.

También existen patrones en las investigaciones judiciales: en violaciones de los derechos humanos -no solamente desapariciones- con frecuencia el Poder Judicial toma la versión de los agentes de seguridad, la investigación y salvaguarda de evidencias se asigna a la misma fuerza denunciada y se despliegan estrategias de ocultamiento. El encubrimiento suele ser la reacción habitual frente a la denuncia de un hecho, se tenga o conocimiento de lo ocurrido. Esto habilita la introducción de hipótesis falsas y que aquellas que pueden orientar la investigación hacia el establecimiento de responsabilidades estatales sean descartadas u omitidas.

Simultáneamente, existen prácticas y omisiones estatales que hacen posible que una persona permanezca desaparecida. Entre ellas, la desidia estatal en el trato de ciertos cuerpos por parte de instituciones de salud, judiciales y de seguridad que ocasiona que una persona fallecida pueda permanecer sin ser identificada en una morgue o en un cementerio, mientras su familia la está buscando, en algunos casos durante años.

Como resultado de esta amalgama de patrones estructurales y deficiencias institucionales en los mecanismos de búsqueda e identificación, en una gran cantidad de casos existe responsabilidad estatal en la ocurrencia de una desaparición y/o en su prolongación a lo largo del tiempo aunque no se esté frente a un caso de desaparición forzada, cuando ocurre un secuestro o un ocultamiento deliberado de un cuerpo.

10. ¿Qué responsabilidades tiene el Estado en la desaparición y muerte de Santiago Maldonado?

Santiago Maldonado murió como consecuencia de la intervención violenta del Estado ante un conflicto con una organización social y política, que es considerado por el gobierno como un riesgo para la seguridad nacional al que hay que responder con dureza.

El uso de la fuerza policial en las manifestaciones públicas abarca el modo en el que se diseñan y llevan a cabo los operativos y la forma en que la autoridad política responde por las irregularidades. En este caso, el Estado no sólo omitió el deber de protección y cuidado, sino que introdujo riesgos para la integridad y la vida de los manifestantes y de la comunidad, entre otros derechos que fueron vulnerados por la intervención de la Gendarmería.

La intervención de las fuerzas de seguridad en manifestaciones está regulada por instancias internacionales, regionales, nacionales y por normas internas de las instituciones de seguridad. Estas obligaciones no ceden por el hecho de que algunos manifestantes arrojen piedras, sino que incluso estos actos deben responderse de acuerdo a principios de legalidad y proporcionalidad, de modo de que la respuesta no cause consecuencias más graves de las que busca inhibir. Para eso existen protocolos que establecen con precisión cómo debe escalarse el uso de la fuerza, quiénes pueden asumir cada decisión y con qué controles se deben llevar a cabo. La Gendarmería Nacional cuenta con normativas específicas para lo que denominan operativos “contradisturbios” que en esta intervención fueron ignoradas por completo. La actuación de la Gendarmería no se encuadró en ninguna normativa existente. Ante un operativo plagado de ilegalidades y contradicciones, la respuesta de la autoridad política responsable tampoco respondió a los principios de gobierno civil, control político y rendición de cuentas previstos. Por el contrario, afirmaciones como las de Bullrich y Barberis dejaron en claro que no habría sanciones por lo ocurrido durante la represión.

Por otra parte, este caso plantea viejas y nuevas preguntas sobre la capacidad del Estado para buscar personas, sobre todo cuando puede existir alguna responsabilidad estatal. Como desde la sociedad civil se demanda desde hace años, el Estado debería organizar los recursos del Poder Ejecutivo y del Ministerio Público Fiscal para encarar búsquedas e investigaciones que den respuestas mejores.

Finalmente, la capacidad del Estado de encarar investigaciones judiciales serias, imparciales y efectivas también está en juego, así como el modo en el que actores puntuales del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo utilizan los medios de comunicación para influir sobre la investigación. En este caso en particular esta práctica recurrente ocasionó niveles altos de desinformación a la sociedad y dolor a la familia Maldonado.

La investigación debe continuar hasta determinar las circunstancias y responsabilidades por la muerte de Santiago Maldonado.









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