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domingo, 13 de enero de 2019

NISMAN 4 AÑOS DE MENTIRAS




    A lo largo de los cuatro años desde la muerte de Alberto Nisman, que se cumplen este viernes 18 de enero, se fueron derrumbando buena parte de los mitos que la utilización política construyó alrededor del caso. Hoy por hoy la causa judicial está en un atolladero porque se busca un comando inexistente y asesinos inventados sólo para imputar al gobierno kirchnerista, o a iraníes o venezolanos que nunca nadie vio. Los mitos hacen agua por todos lados y habrá que ver si pruebas que hoy ocultan el fiscal Eduardo Taiano y el juez Julián Ercolini –mensajes de whatsapp y mails– permiten avanzar en el expediente.




Estos son algunos de los mitos caídos.

1 El disparo no fue en un lugar compatible con un suicidio

Debate terminado hace rato. El disparo fue en la sien, levemente por arriba y por delante de la oreja derecha. Lugar típico en el que se disparan los suicidas. Las manos del fiscal exhiben la sangre emanada como un chorro, lo que prueba que él se disparó. Tomó el arma con ambas manos, por eso la sangre está tanto en la derecha como la izquierda. En las pericias que se hicieron se demostró que lo más probable es que haya accionado la pistola varias veces porque el disparo no salía: el arma se trabó. En las pruebas falló las primeras siete veces. De manera que el tiro recién se concretó después de varios intentos, una razón más para que haya tomado la Bersa con las dos manos, algo que hacen muchos suicidas.

2 La pericia en Salta demostró que Nisman no disparó

Falso. Efectivamente se hizo una pericia en el ministerio público de Salta que tiene uno de los aparatos más sofisticados para detectar residuos de disparo. El texto de la conclusión dice “sobre las muestras analizadas se hallaron partículas consistentes con residuos de disparo, las que son definidas como aquellas que pueden estar asociadas con la descarga de un arma, pero también podrían originarse a partir de otras fuentes no relacionadas con una deflagración”.

En una mano se encontraron 69 partículas consistentes y en la otra 19. O sea, el estudio dice que hay elementos, pero que no son categóricos. Y a continuación explica las razones por las que puede dar resultados no categóricos: las manos estaban llenas de sangre, pasó demasiado tiempo hasta que se tomó la muestra, la muestra se tomó mal o efectivamente no disparó. Pero las otras fuentes posibles de las partículas son imposibles en el caso de Nisman: no estuvo en contacto con fuegos artificiales ni con pistolas de la construcción que producen partículas semejantes.

3 Las cámaras de seguridad del edificio no andaban y entonces pudo entrar el supuesto comando

Del total de 101 cámaras que enfocaban a la Torre Boulevar, donde vivía Nisman, y las zonas comunes, andaban 80 y no funcionaban 21. El estudio fue realizado por la Dirección de Operaciones Técnicas Especiales (DOTE) de la Policía Federal. No falta quien desconoce el expediente y sostiene que, por ejemplo, no andaba la cámara del ascensor de servicio. Como se puede ver por la foto, efectivamente funcionó en forma perfecta (ver foto). Tratando de forzar todo lo posible una hipótesis, la Federal señaló que se podía acceder al edificio saltando la verja, en un momento en que el domo no enfocara hacia ese lado, llegando luego al edificio y subiendo por la escalera los trece pisos. Todo muy inverosímil.

4 La puerta de servicio estaba abierta y el comando pudo acceder por ese lado

Es un debate terminado: el departamento estaba cerrado por dentro como solía cerrarlo Nisman cuando estaba allí. La puerta principal estaba cerrada con un pasador que no cuenta con llave desde afuera. La puerta de servicio tenía dos cerraduras. La de arriba, con pasador, pero con llave, tuvo que ser abierta por la madre de Nisman con llaves que tenía ella. En la cerradura de abajo hubo que empujar la llave que estaba puesta del lado de adentro, cosa que hizo un cerrajero. O sea, el departamento estaba cerrado en los dos únicos accesos reales, ya que no hubo ingreso por el pasadizo del aire acondicionado. Nadie pudo salir y dejar el departamento cerrado desde adentro.

5 No hubo pelea porque a Nisman lo maniataron dopándolo con ketamina

Hasta el juez Julián Ercolini desistió de la delirante hipótesis de la ketamina, armada por la Gendarmería bajo el mando de Patricia Bullrich. Los profesionales de esta fuerza no pudieron definir ni cuánto le suministraron Nisman ni, sobre todo, cómo se lo suministraron. No se detectó pinchazo de una inyección ni forma de dejar al fiscal indefenso. Esto derriba una de las cuestiones sin solución: en el departamento no había ni desorden ni rastros de pelea de ningún tipo, de manera que queda sin explicación cómo el supuesto comando redujo al fiscal y lo llevó al baño.

6 A Nisman le pegaron una paliza y le fracturaron la nariz

La hipótesis surge de la pericia de la Gendarmería que, curiosamente, está hecha por solo dos médicos, ninguno con vasta experiencia en autopsias. En cambio, el Cuerpo Médico Forense y luego la junta médica compuesta por 14 forenses dictaminó que no existía tal fractura. Un análisis posterior hecho por forenses del CMF sostiene que la Gendarmería confundió una foto tomada desde un ángulo en diagonal con una fractura, algo que no se verifica para nada: no hay marcas ni hematomas pronunciadas. Por otra parte, no se encontró en todo el departamento, salvo en el baño, una gota de sangre. O sea que resulta inconsistente que le hayan pegado una tremenda paliza sin desordenar nada y sin que cayera sangre. La junta médica, conducida por el CMF, que realiza 4.000 autopsias por año, redondeó de esta manera su mirada: “ninguna de las observaciones indican con certeza pericial médico-legal que se haya tratado de un hecho homicida”.

7 Lo mataron tres hombres dentro del baño

No hay la menor evidencia de semejante hipótesis, entre otras cosas porque hubo manchas de sangre alrededor de Nisman, lo que indica que la sangre cayó hacia todos lados sin interferencia. Y, lo fundamental, la puerta del baño estaba cerrada. No existe prueba de que se haya podido entrar al baño, matar al fiscal, luego salir, y dejar cerrado desde afuera. Todo esto sin dejar pisadas, sin que haya quedado una gota de sangre fuera del baño.




8 El informático Diego Lagomarsino estaba en la escena en el momento del disparo, participó del crimen

Otro debate terminado. Las cámaras exhiben a Lagomarsino saliendo de Le Parc el sábado a las 20.30 y entrando al edificio donde vive, en Martínez, a las 21.02. Había llevado la pistola Bersa a lo de Nisman, como lo testificó el primer día. Nisman, por su parte, chateó con la periodista de Clarín Natascha Niebieskikwiat hasta las 21.17. Además mantuvo diálogo con uno de sus custodios, con el periodista de Infobae Laureano Pérez Izquierdo y con el manager de modelos Leandro Santos. Todo quedó en su celular. La hipótesis de que Lagomarsino usó un arma a su propio nombre para participar de un supuesto crimen es descabellada. Nadie haría semejante cosa. Si se quería simular un suicidio, bastaba con ponerle a Nisman un arma de origen desconocido en la mano: no se necesita “un arma amiga”, como señalan el fiscal y el juez. La Bersa del informático ni siquiera estaba cerca de la mano del fiscal, de manera que el supuesto comando sofisticado hasta habría omitido ponerle la Bersa en la mano a Nisman. Nada tiene sentido.

9 El informático no le prestó el arma a Nisman, sino que la entregó a un comando sofisticado que fue el que cometió el supuesto crimen

Nuevamente, nadie entrega una pistola para cometer semejante asesinato, de repercusión mundial, que terminó en una catástrofe para Lagomarsino: imputado como partícipe, con una tobillera, perdió su trabajo en la fiscalía AMIA, le deterioró toda su situación laboral y social. A esta altura del expediente está probado que el fiscal también le pidió la pistola a su custodio de máxima confianza, Rubén Benítez, y que intentó hacerle un pedido a un comisario que estaba en Mar del Plata. No hay ningún registro de llamadas ni de encuentros entre Lagomarsino y Benítez que indiquen que pudieron armar la coartada. En verdad, a Lagomarsino lo estudiaron por todos lados y no le encontraron hasta ahora ningún elemento que lo pueda vincular con supuestos cómplices oscuros.

10 ¿Se ocultan pruebas de importancia?

Según el testimonio de Lagomarsino del lunes 19 de enero de 2015, en la tarde del sábado 17 el fiscal le pidió prestada la pistola argumentando que necesitaba un arma por si estaba con sus hijas y alguien lo agredía o patoteaba. Llamó a Lagomarsino y le dijo que lo fuera a ver. El informático llegó a las 17.20 y se fue a las 17.50. Está probado que el Lagomarsino se fue desde Le Parc a su casa a buscar el arma, pero se demoró porque no quería sacar la pistola delante de la esposa. Entre las 19.11 y las 19.21 hubo 14 mensajes de whatsapp entre Nisman y Lagomarsino, en los que tal vez el fiscal le preguntó al informático si encontró el arma en su casa, si ya estaba regresando o preguntas de esa naturaleza. Si ese es el contenido de los mensajes, siete de Nisman a Lagomarsino y siete de respuesta, se derrumba la hipótesis de que Nisman no le pidió el arma prestada a Lagomarsino. Los mensajes fueron encontrados peritando el celular que el informático entregó al día siguiente de la muerte del fiscal. Sin embargo, el fiscal Taiano no entrega copia de esos mensajes. Podría ser una prueba decisiva y, al menos por ahora, se oculta.




11 ¿Cuando murió Nisman?

La Gendarmería incurre en una de los absurdos más increíbles de la historia pericial. Señala: “la muerte se debería haber producido aproximadamente a las 2,46 horas del día domingo 18 de enero de 2015”. Como se señala en el detallado libro Quién mató a Nisman, de Pablo Duggan, toda autopsia marca una franja horaria, que es lo que se hace habitualmente. Nadie se aventura a un horario exacto porque es científicamente imposible. El punto clave que, además, desmiente ese horario es que Nisman accedió a su computadora en la mañana del domingo, a las 7.01, algo que está en sintonía con lo dictaminado por la médica que revisó el cuerpo en el baño, luego por la autopsia y también por la junta médica: que el fiscal murió en la mañana del domingo 18 de enero.

12 El comando manejó la computadora de Nisman el domingo a la mañana

La desopilante hipótesis fue sostenida por la acusación porque la navegación de ese domingo concluyó con un ingreso a una nota sobre el regreso de la muerte, posteada por Claudio María Domínguez en Infobae, un indicio sólido de que Nisman se quitó la vida. La pericia informática dictaminó que la navegación no fue remota sino en la propia computadora de Nisman, conclusión firmada por todos los peritos. Este diario constató ese punto ya que el fiscal leyó largamente una nota de PáginaI12 a las 7.01.51, o sea siete de la mañana, un minuto, cincuenta y un segundos, lo que se verificó en el servidor de este diario. O sea, supuestamente, el comando se dedicó a navegar en la computadora de Nisman estando en el departamento de Le Parc, una movida que no se entendería. En lugar de huir se dedicaron a navegar en la computadora. Pero las piezas no encajan. Para desbloquear la computadora, los intrusos debieron poner la contraseña. Y luego hay una navegación en Instagram, donde Nisman se posó en dos fotografías de una chica con la que había salido. Para ingresar hubo que poner también la contraseña de Instagram, además de saber que él había salido con esa modelo. En ningún momento de la navegación se incurrió en errores, lo que sucede cuando se intrusa una máquina, y la “cadencia” fue la habitual de Nisman. Está dicho: su última lectura fue una nota sobre el regreso de la muerte.




13 ¿Se ocultan pruebas? Parte II

En aquella mañana del 18 de enero de 2015, Nisman accedió la página de ingreso a su casilla de mails, yahoo. Sin embargo, no se pudo determinar si entró, si leyó mails o incluso si escribió algún mail. El secreto está en Estados Unidos. Según trascendió, el FBI le dijo a la fiscalía y al juzgado que no aportaría ningún elemento de importancia política, no criminal. Pero resulta que todos los mails son de importancia política y criminal. Lo cierto es que el acceso a esa información, que habitualmente no tarda más que unos meses, fue imposible en cuatro años. Estados Unidos -el FBI y la CIA- están muy interesados en la causa por la muerte de Nisman. Les interesa mantener el caso como un homicidio y que se apunte a sospechosos –inexistentes–, por supuesto iraníes-venezolanos.

14 El complot que no cierra

Los voceros oficiosos de la causa judicial ponen el acento en las comunicaciones del 17 de enero de 2015 entre hombres de la ex SIDE, el jefe del Ejército César Milani, el jefe de la Bonaerense Hugo Matzkin y hasta el fiscal Carlos Stornelli. Dice que nunca se cruzaron tantas llamadas. Las conversaciones no está grabadas de manera que es imposible reproducirlas y entonces –sin pruebas– dibujan un complot entre todos ellos. Todas las comunicaciones fueron hechas desde los celulares a nombre de cada uno de los protagonistas, es decir que no tiene la menor lógica que armaron un gran complot usando sus propios teléfonos. Pero, además, todos explican que ese fin de semana había tres temas serios en danza. Primero, la denuncia de Nisman y si iba a concurrir al Congreso o no. Segundo, el robo de un misil en el regimiento de Arana, en La Plata. Y, tercero, jugaban River y Boca, uno el sábado y el otro el domingo, y estaba el rumor de que se quería colocar un muerto en plena campaña electoral. Eso motivó -según dicen los protagonistas- las llamadas entre Jaime Stiuso, su hombre de confianza Alberto Mazzino, otro jefe de la ex SIDE, Fernando Pocino, el general Milani, el jefe de la Bonaerense, Milani y el fiscal Stornelli, hombre anti-kirchnerista, insospechado de participar de semejante complot que, además, quería resolver un problema surgido con un amigo de su hijo en Pinamar. Ante la ausencia de pruebas en el expediente, es posible que el fiscal y el juez se dediquen a especular sobre esta no-prueba.

15 Homenajes, un débil residuo

El viernes próximo estará dedicado a homenajear al fallecido fiscal en Israel y Buenos Aires. El marco del aniversario es la caída de buena parte de los mitos y la contundencia de las pruebas que indican que el fiscal se quitó la vida envuelto en el rechazo inicial a su denuncia, la posibilidad de su despido de la fiscalía, la pelea familiar y los sórdidos conflictos personales que enfrentaba. El viernes 16 se encerró en su departamento, bajó las cortinas y no volvió a salir. Pero, además, en estos cuatro años aparecieron evidencias de que llevaba una vida ostentosa, con una fortuna inexplicable, algo que en aquel tiempo solo notaron los familiares de las víctimas de la AMIA que habían pedido públicamente su desplazamiento. Los homenajes son un débil residuo de los primeros tiempos. Hoy se basan simplemente en que siguen utilizando a Nisman en la geopolítica, contra Irán y “los gobiernos populistas”.

Las 15 pruebas falsas del caso Nisman
Raúl Kollmann







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domingo, 31 de diciembre de 2017

Los cuentos del juez ERCOLINI







¿Quienes fueron los autores del supuesto homicidio de Alberto Nisman, uno que habría disparado y otro que lo acompañaba? Desconocidos, no se los pudo identificar. ¿La forma en la que entraron al edificio Le Parc? Desconocida. ¿El método con el que entraron al departamento del fiscal? No se sabe. ¿La forma en la que salieron del baño, sin dejar ni una pisada, sin que hubiera una mancha de sangre? Se ignora. ¿El método con el que salieron del departamento dejando trabas del lado de adentro en la puerta principal y en la de servicio? Tampoco se sabe. ¿La forma en la que salieron del edificio sin cruzarse con nadie, sin que nadie los viera, sin que los capte ninguna de las cien cámaras que sí funcionaban? No hay ni siquiera una hipótesis.

Las 656 páginas del juez federal Julián Ercolini sobre la muerte de Alberto Nisman no aportan ni una prueba ni una evidencia de lo que ocurrió. Lo único que queda en pie son interrogantes y preguntas para las que ni el magistrado ni el fiscal Eduardo Taiano tiene respuesta alguna.

1 Diego Lagomarsino fue procesado como cómplice del supuesto homicidio. ¿Cómplice de quién? No se sabe. El juez dice que el informático fue parte de un plan criminal, que integró una especie de organización con los supuestos homicidas “que no han podido ser identificados”. En el texto del juez no hay ni siquiera una teoría sobre los asesinos. Y lo más llamativo es que no menciona contactos de Lagomarsino, ni llamadas ni whatsapp con los que podrían ser sus colegas de banda. No hay un testigo que mencione que lo vio en una reunión rara, sospechosa. ¿Lagomarsino era parte de un servicio de inteligencia? El juez no lo afirma para nada. No encuentra ni un vínculo.

2 ¿Cuál fue el móvil del supuesto crimen? Según dicen los teóricos, si un homicidio se produce delante de diez testigos o si hay una filmación, el móvil no tiene la menor importancia: está claro quién fue. Pero si un homicidio tiene un autor dudoso o desconocido, el móvil pasa a tener mucha importancia. Hay que determinar la relación entre el homicida y la víctima. El móvil llena los huecos de una descripción incompleta, afirma la teoría. En las 656 páginas de Ercolini no hay móvil alguno. ¿Por qué Lagomarsino habría de participar del asesinato de Nisman? ¿Porque Nisman denunció a Cristina por el Memorándum? Está claro que no era kirchnerista. Basta mirar sus posteos anti-K en Facebook muchísimo antes de la muerte del fiscal y muchísimo antes de que Nisman pegara la voltereta de estar muy cerca del gobierno de Néstor y Cristina para pasar a denunciar al mismo gobierno que antes elogiaba. ¿Participó del crimen porque era parte de una organización o servicio de inteligencia? No hay una sola prueba del juez en ese sentido. Ni en ningún sentido. Y eso que la investigación está en la justicia federal desde hace 15 meses y, si se suma toda la pesquisa anterior, ya pasaron casi tres años sin que apareciera evidencia alguna de un móvil. De esos tres años, dos fueron bajo administración macrista que se desespera por encontrar alguna prueba que involucre al gobierno anterior.

3 ¿Por qué Lagomarsino aportó su arma? La participación que el magistrado le imputa al informático es haber aportado la pistola, sabiendo que se iba a usar para matar a Nisman. Pero el dato relevante es que se trata de una Bersa que estaba inscripta en el Registro a nombre de Lagomarsino. O sea que entregó el arma inmolándose. En minutos se sabría que estaba a nombre suyo. No tiene el menor sentido ni explicación. Ercolini dice que se necesitaba un arma “amiga” para simular un suicidio, pero si la pistola hubiera sido de origen desconocido, nada cambiaba la situación: se diría que tal vez Nisman compró el arma muchos años antes. Basta mirar la Bersa para ver que se trata de una pistola viejísima. En cualquier caso, nuevamente el juez hace especulaciones y no explica por qué Lagomarsino habría puesto el cuerpo, inmolándose, en el supuesto plan criminal. No hay otro ejemplo igual en el mundo de alguien que deja una pistola a su nombre en un homicidio de repercusión nacional e internacional.

4 ¿Nisman no pidió el arma? El fiscal y el juez sostienen que es inverosímil que Nisman le haya pedido el arma a Lagomarsino. En primer lugar, desconocen un hecho probado: las llamadas, ese sábado, fueron siempre de Nisman a Lagomarsino. Fueron varias llamadas, reiteradas, porque en dos oportunidades el informático no atendió. Exhiben insistencia de Nisman, no voluntad de contacto de Lagomarsino. Pero, además, el custodio Rubén Benítez contó que también a él Nisman le pidió un arma, exactamente con el mismo argumento: que era para defender a sus hijas, que la custodia podía ser interceptada. El magistrado dictamina que no le cree a Benítez, que se contradice en sus versiones y sugiere que él y Lagomarsino fueron parte de un mismo plan. Sin embargo, no hay una sola llamada entre ellos, no hay testigos ni siquiera de un encuentro entre custodio e informático. Ercolini supone que fueron cómplices, no presenta una sola prueba.

5 Simular un suicidio. Ese es el centro de las 656 páginas del fallo de Ercolini. Según él, los homicidas, hicieron todo para armar la escena de un suicidio. Sin embargo, no explica lo más elemental ¿por qué el arma aparece en el hombro de Nisman? ¿por qué no se lo pusieron en la mano o cerca de la mano? No hay mejor indicio de un suicidio que el arma en la mano o al lado.

6 La mecánica. La Gendarmería, fuerza que depende del gobierno de Mauricio Macri y específicamente de Patricia Bullrich, dictaminó que a Nisman le dieron una tremenda paliza, le fracturaron la nariz, casi le partieron el labio, le pegaron en el hígado y en una pierna. Recién después le dieron ketamina, no se sabe cuánto ni cómo, porque no tiene rastros de ninguna inyección. Frente a este diagnóstico disparatado de una fuerza que no tiene la menor experiencia en autopsias, el Cuerpo Médico Forense, que no dependía de Cristina sino de la Corte Suprema, dijo que Nisman no tenía golpes y sólo registraba pequeñas cantidades de clonazepan. Los forenses, con miles de autopsias a sus espaldas, dijeron además de que no hay evidencia científica de accionar homicida ¿Cuál hubiera sido la lógica? Que el juez convocara a todos los profesionales de uno y otro lado, para que abrieran un debate delante de él. Ercolini esquivó esa alternativa. Como la coalición política-mediática-judicial quería apuntar, sí o sí, contra el gobierno anterior, se imponía dictaminar homicidio. Y eso se hizo, en contra de la ciencia.

7 La escena, parte II. Nisman murió de un único disparo en la sien (el lugar habitual de los suicidas), con el arma apoyada. En todo el departamento no hay rastros de pelea, pese a que para el juez y la Gendarmería recibió una tremenda paliza: no se rompió nada, el departamento estaba igual que el día anterior, según testimonió la madre del fiscal. Nisman terminó con la cabeza contra la puerta del baño, lo que impedía abrirla. Nada explica el magistrado sobre cómo se armó esa escena, cómo hicieron los dos supuestos homicidas para pegarle el tiro y salir dejando la cabeza apoyada contra la puerta y sin que hubiera ni una pisada ni se manchara la alfombra del pasillo. Nuevamente, los peritos de la Policía Federal dictaminaron que no había ninguna persona dentro del baño en el momento del disparo, mientras que la Gendarmería sostuvo que hubo dos personas, una sosteniendo a Nisman y la otra disparándole. En lugar de reunir a todos y obligar a un debate, Ercolini simplemente tomó la versión hecha a medida del comité de Cambiemos con sede en Comodoro Py.

8 El complot más grande del mundo. ¿Qué es lo que demuestra que a Nisman lo mataron? Que hubo un complot que se concretó en la desprotección del fiscal. Por ejemplo, la seguridad privada del edificio Le Parc tenía enormes baches: ni se anotaban como correspondía las entradas y salidas ni funcionaban todas las cámaras. Ese estado de cosas no fue producto de la dejadez, de la mala administración o incluso de la voluntad de algunos de los que viven en las torres para que no queden registradas las visitas, tal vez, de amores clandestinos. No, esa situación fue parte del complot. Otra parte del plan fue la presencia de un prefecto, afuera de Le Parc, vigilando. Y también de agentes de inteligencia de la Prefectura, a los que les dicen pasteros, que realizaban rondas. Otra parte del plan fue la ineficiencia de la custodia de la Federal que, como está probado, dirigía el propio Nisman de manera despótica: los usaba de cadetes para que le vayan a comprar comida o a entregar sobres. Más allá de eso, en ninguna parte se aporta una prueba de la relación real, concreta, de todo eso con la muerte del fiscal. El punto culminante del disparate fue la sugerencia de que un puesto de diarios era parte del operativo de espionaje que rodeó el supuesto homicidio. Ercolini dedicó páginas a señalar que el quiosquero era raro, que no vendía diarios, que cerró poco después, que no tenía permiso. En conclusión, que era un espía. El que arruinó todo fue el propio quiosquero que se presentó a declarar. Alfredo Juan Zabaleta le dijo al fiscal Taiano que puso el puesto en 2009, cinco años antes de que Nisman se mudara a Puerto Madero y seis antes de la denuncia del fiscal por el Memorándum. Eso lo saca de la cancha como servicio de inteligencia destinado al plan de vigilancia de Nisman: es que ninguna agencia de espionaje podía prever que el fiscal se separara de su pareja, la jueza Sandra Arroyo Salgado, con la que convivía en Pilar y que se fuera a vivir a Le Parc. Además, en su declaración, Zabaleta dejó entrever que cerró el puesto porque no pagó o se atrasó en el pago a los distribuidores de diarios y le cortaron la provisión. Entonces empezó a pedirle ejemplares a sus colegas, hasta que se fundió. Hoy trabaja en un ministerio, contratado por la administración Macri. La historia del quiosquero-espía exhibe la debilidad de las pruebas que, si se las mira un poco de cerca, no son pruebas.

9 Sin salida. El fallo de Ercolini deja el caso en un callejón sin salida. Es que el juez le hace la venia a los intereses políticos nacionales e internacionales cuyo objetivo es adjudicarle responsabilidad al gobierno “populista” anterior, instalar la idea de una autoría iraní o venezolana o de agentes de inteligencia vinculados al kirchnerismo. Y en ese marco, Lagomarsino es acusado de cómplice de personas que no se pueden encontrar ni identificar. Es que hay un problema: no existen. O por lo menos Ercolini no aporta ni una prueba sobre su existencia.











domingo, 26 de noviembre de 2017

SANTIAGO MALDONADO: 10 Preguntas y Respuestas






Diez preguntas y respuestas sobre el caso Santiago Maldonado


El martes 1° de agosto de 2017, decenas de efectivos de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) entraron con violencia al territorio que la comunidad mapuche Pu Lof reclama como propio en Cushamen, Chubut. La GNA tenía orden de la justicia federal para despejar la ruta 40 pero, con el argumento de la “flagrancia” -promovido por el Poder Ejecutivo Nacional- ingresó a la comunidad persiguiendo a los manifestantes. Santiago Maldonado era uno de ellos.

Cuando ese operativo ilegal y violento finalizó, faltaba “el Brujo”, como se conocía a Maldonado. La comunidad y la familia denunciaron su desaparición considerando la posibilidad de que hubiera sido detenido. Los organismos de derechos humanos nos enteramos de que una persona que había participado de una protesta estaba desaparecida luego de una represión. En ese momento inicial, el CELS activó dos vías de acción: visibilizar la denuncia e intentar que las dependencias oficiales buscaran a Maldonado ya que en casos como este sin presión social y sin insistencia sobre los funcionarios no hay una iniciativa estatal de búsqueda inmediata y sistemática.

En las primeras semanas, el Poder Ejecutivo Nacional respondió de tres formas. Primero, planteó hipótesis infundadas que buscaban instalar que Maldonado no estaba en el lugar, que estaba ausente por propia voluntad o que había fallecido antes de la represión. En segundo lugar, ocultó cómo había actuado la Gendarmería en el operativo. En tercer lugar, no se buscó a Maldonado de manera eficiente. Por su parte, el Poder Judicial, con una historia conflictiva con la comunidad Pu Lof, demoró en activar tanto la búsqueda como la investigación de las posibles responsabilidades de la GNA. Pasaron semanas hasta que pudo comenzar a acumular información sobre el operativo y tener una estrategia eficaz para rastrillar la zona.

Transcurría el tiempo y buscar a Maldonado no era la prioridad estatal. Diez días después, la pregunta “¿dónde está Santiago Maldonado?” ya había ocupado calles, plazas y plataformas digitales y los medios de comunicación del país y del mundo hasta convertirse en una cuestión central de la agenda política. La empatía de amplios sectores sociales con la familia Maldonado no alentó al Poder Ejecutivo a involucrarse en una solución del caso; más bien, pareciera haber ocurrido lo contrario: mientras el Estado no podía encontrar a Maldonado, la estrategia del gobierno fue intentar romper la extendida solidaridad con la demanda. Así, destinó profusos recursos a atacar a la familia, a la comunidad y a quienes los acompañaban.

Hasta ahora ningún gendarme fue ni siquiera sancionado por las ilegalidades del operativo, como ingresar sin orden judicial, arrojar piedras a los manifestantes o hacer una hoguera con las pertenencias de la comunidad.

El 17 de octubre Maldonado fue encontrado sin vida en el río Chubut, en el mismo lugar en el que en agosto los gendarmes afirmaron en el sumario administrativo haber llegado persiguiendo a los manifestantes.

La constatación de que un participante de una protesta social había fallecido durante una represión llevada adelante por fuerzas federales no modificó el enfoque del gobierno nacional. En los días posteriores a los primeros trascendidos de la autopsia, numerosos funcionarios se dedicaron a instalar una nueva conjetura: si Maldonado no fue secuestrado por la GNA, tal como había denunciado la Pu Lof, no existen responsabilidades estatales y, en cambio, lo que debe ser investigado son las denuncias de la comunidad y el rol de los organismos de derechos humanos.

La comunidad fue el primer actor en denunciar la desaparición y sus primeros relatos sobre el operativo fueron ratificados por los propios gendarmes. Con el hallazgo del cuerpo y el resultado de la autopsia, por ahora se puede saber que Maldonado intentó cruzar el río para escapar y permaneció en el agua fría lo que lo llevó a una muerte por hipotermia y asfixia por sumersión. La idea de que las discordancias con parte del relato de algunos miembros de la comunidad exime al Estado argentino de responsabilidad por los hechos que culminaron con la muerte de Santiago y por la deficiente búsqueda posterior no resiste un mínimo análisis.

Santiago Maldonado murió mientras participaba de una protesta. Pasaron 78 días hasta que fue encontrado. El Estado en lugar de mostrar su voluntad de proteger a la víctima y a su familia, los maltrató con recurrencia y en ocasiones con saña. Ninguno de esos tres hechos puede naturalizarse. Ninguno de esos hechos puede ser tratado como si fuera un accidente o un incidente más de la ineficacia estatal. A continuación sintetizamos las acciones principales que en virtud de esa agenda y de las estrategias propias del trabajo del CELS llevamos adelante desde el 1 de agosto de 2017 hasta la fecha.

La pregunta ¿qué pasó con Santiago Maldonado? aún no fue esclarecida.



1. ¿Qué acciones judiciales impulsó el CELS?


A partir de la desaparición de Santiago Maldonado, en el Juzgado Federal de Esquel, a cargo de Guido Otranto, se iniciaron dos expedientes: un habeas corpus que tenía como fin encontrarlo y una causa para investigar las posibles responsabilidades penales en la desaparición, que fue caratulada como “N.N. s/desaparición forzada de persona”.

Habeas corpus- medidas de búsqueda

Los primeros habeas corpus fueron presentados por el Defensor Oficial Federal Fernando Machado y la Comisión Provincial por la Memoria el 2 de agosto. El 3 de agosto la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos presentó un tercero. El 3, el CELS sugirió en un escrito enviado al juez:

– la preservación de la zona del Pu Lof donde fue visto Maldonado por última vez
– el rastrillaje del Pu Lof
– el pedido a las morgues de información sobre el ingreso de cuerpos no identificados
– el allanamiento de los Escuadrones 35 y 36 de la Gendarmería
– la pericia de un cuello de polar de Santiago

El mismo día, el CELS aportó los datos de Ariel Garci, quien tenía información sobre una línea telefónica utilizada por Maldonado.

El 9 de agosto, el CELS se presentó como parte, debido a que ni el Poder Judicial ni el Ministerio de Seguridad activaban una búsqueda exhaustiva, reiteró las medidas ya sugeridas y pidió complementar con:

– el rastrillaje de las rutas 15 y 71
– la incorporación de una antropóloga forense para mejorar la estrategia de búsqueda
– la ampliación de las medidas respecto a la Gendarmería Nacional
– la convocatoria a la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) de la Procuración General de la Nación.

El 17 de agosto el CELS propuso al juez Otranto que convocara al Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) para que asesorara en la búsqueda. El pedido fue aceptado pero la participación del EAAF no se materializó porque el juez no le hizo ningún requerimiento.

En las semanas siguientes el CELS:

– ofreció testigos que podían relatar los últimos meses de Maldonado en El Bolsón y contar cuándo lo habían visto por última vez ya que desde el Poder Ejecutivo se ponía en duda su presencia en el lugar en el momento de los hechos
– participó de declaraciones de Claudina y Ailinco Pilquiman, Andrea Millañanco y Soraya Guitart, integrantes de la comunidad
-participó de las declaraciones de 19 gendarmes
-participó de los rastrillajes de los Escuadrones 35 y 36 de la Gendarmería Nacional realizados el 10 de agosto de 2017.
-aportó un video del momento en el que la comunidad habla con el defensor Machado sobre el procedimiento realizado por la Gendarmería y afirman que no saben dónde está una de las personas que participaba del corte y que creían que había sido detenido.

Causa penal- Medidas de investigación

El 15 de agosto, a dos semanas de que no se supiera nada de Santiago, el CELS pidió ser querellante en la causa que investiga qué sucedió con Santiago y la comunidad en el contexto de la represión de la protesta y las responsabilidades penales por la desaparición de Maldonado y las irregularidades del operativo. Esta causa, delegado por el juez a la Fiscalía Federal de Esquel, a cargo de la Fiscal Subrogante Silvina Ávila, tiene como propósito determinar la responsabilidad que le cabe a la Gendarmería Nacional por lo sucedido el 1 de agosto en Cushamen.

En el expediente caratulado como desaparición forzada, el CELS pidió algunas medidas de pruebas ya solicitadas en el habeas corpus que no habían sido realizadas. A ellas se le sumaron el registro de comunicaciones de todos los efectivos involucrados en el operativo y la ampliación de búsqueda de ingreso de un cuerpo sin identificar en las morgues de Chubut, Río Negro, Neuquén y Santa Cruz. Luego de varias semanas, se allanaron los escuadrones de Gendarmería donde se secuestró información relevante de los discos rígidos, computadores y se secuestraron los teléfonos.

Como detectó que faltaban al menos 78 fotografías y numerosos videos, que habían sido tomados durante el operativo, algunos de los cuales se habían distribuido a los medios de comunicación pero no aportado a las causas judiciales, el CELS solicitó el 6 de septiembre que se requiriera la urgente incorporación de estas imágenes a la investigación, lo cual fue aceptado por la fiscalía. El 26 de septiembre se recibieron las fotos recuperadas, aunque quedaron sin poder rescatarse 10 fotos y por lo menos 30 videos.

Al analizar las fotos recuperadas, se constató que muchos gendarmes habían llegado a la vera del río Chubut, que portaban escopetas y bastones, que cuatro camionetas y un camión habían ingresado a la comunidad. Estas evidencias contradijeron las declaraciones de los gendarmes que en el habeas corpus habían ocultado el uso de bastones cerca del río y el incendio de las pertenencias de la comunidad, habían afirmado que habían ingresado sólo 2 camionetas, entre muchas omisiones y contradicciones en sus testimonios respecto a qué hicieron, con quienes estaban, y cuánto permanecieron en la orilla del río.

El 29 de agosto el Ministerio de Seguridad aportó al expediente extractos de los sumarios administrativos. Lo mismo hizo el 10 de septiembre. El 15 de septiembre pedimos que fueran aportados en forma completa, lo cual fue aceptado por la Fiscalía.

En el marco de este expediente, pero también con efectos en el Habeas Corpus, el 19 de septiembre el CELS recusó al juez federal Guido Otranto. Luego de brindar dos declaraciones periodísticas al diario La Nación, quedó evidenciado que estaba adelantando opinión y que había perdido imparcialidad como juez de la causa. El 22 de septiembre, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia hizo lugar a la recusación, por lo cual ambos expedientes quedaron a cargo del Juez Federal Gustavo Lleral.

2 . ¿Cuáles fueron las irregularidades del operativo de Gendarmería Nacional del 1 de agosto de 2017?

A las diez y media de la mañana del 1 de agosto, el comandante de la Gendarmería Nacional Juan Pablo Escola dio inicio al desalojo del corte de la ruta 40 que los integrantes de la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia realizaban en protesta por la detención de Facundo Jones Huala. El juez federal de Esquel Guido Otranto había dictado la orden de liberar la ruta.

Los mapuches corrieron hacia el interior del territorio, con lo que la ruta quedó liberada. Entonces, los gendarmes decidieron ingresar, sin estar autorizados judicialmente a hacerlo, con la justificación de perseguir una “flagrancia” para detener a los que cortaban y porque les estaban arrojando piedras. El uso de la figura de “flagrancia” para detener a los manifestantes fue indicado, y definido como una estrategia conjunta con las fuerzas de seguridad federales y locales, en los días previos por el jefe de gabinete del Ministerio de Seguridad, Pablo Noceti. Con esa excusa, cincuenta y dos efectivos entraron al territorio y permanecieron allí 5 horas. Algunos persiguieron a los mapuches y realizaron más de ochenta disparos con municiones antitumulto. Como puede verse en las imágenes producidas por los propios gendarmes, los agentes recolectaron piedras para arrojárselas a quienes huían. Unos quince efectivos llegaron hasta la orilla, varios de ellos portando escopetas.

Lo que sucedió en la orilla todavía no se ha dilucidado por completo pero se pudo establecer que varios gendarmes vieron a los mapuches cruzar el río, que al menos uno de los gendarmes reconoció haberles arrojado piedras y otro, haber disparado.

En las primeras semanas, decisivas para dilucidar el hecho, estas circunstancias fueron ocultadas por las autoridades.

Luego de la persecución, los gendarmes allanaron viviendas, secuestraron objetos de la comunidad; algunos fueron registrados en las actas, otros, quemados en una fogata. Dos mujeres y dos niños fueron retenidos durante cuatro horas. El allanamiento y el secuestro de elementos se hicieron sin orden judicial, pero luego fueron convalidados telefónicamente por el juzgado.

La Gendarmería se retiró del territorio a las 17 horas. Según consta en el sumario instruido por la Gendarmería, al mediodía el jefe de gabinete del Ministerio de Seguridad de la Nación, Pablo Noceti, se hizo presente en el lugar del operativo y “destacó la actividad llevada a cabo por la institución”. El sumario interno se cerró sin identificar las irregularidades, ni las faltas cometidas ni recomendar las sanciones que corresponden.

3. ¿Cómo actuó el Poder Judicial en la investigación?

El origen del operativo y la conflictividad entre la comunidad, las fuerzas de seguridad y la justicia federal demoraron la respuesta judicial a la denuncia de la desaparición. Las dificultades que tiene el Estado para investigar violaciones de derechos de las que puede ser responsable se agravaron en este caso, sucedido en un lugar aislado, en el contexto de una comunidad que tiene temor y es reticente a colaborar con el sistema judicial y de la desconfianza que desde el principio tuvieron el juez y la fiscal federales.

La intervención de la GNA comenzó por una orden judicial para despejar el corte de la ruta 40 y, luego, utilizó el supuesto de flagrancia para ingresar a la Pu Lof. Este operativo violento fue convalidado judicialmente con posterioridad. El 1 de agosto, el defensor oficial Fernando Machado registró el operativo y que una persona estaba desaparecida. Ninguna otra de las autoridades judiciales acudió a la comunidad ese día, aunque habían ordenado el desalojo. El 2 de agosto, el Machado y la Comisión Provincial por la Memoria presentaron dos habeas corpus. El 3 de agosto la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos presentó un tercero.

La primera reacción fue esquiva: el aparato judicial no le dio credibilidad a la denuncia ni intervino de inmediato para determinar si esa desaparición era, o no, una consecuencia de la represión. Por el contrario, se actuó con las hipótesis de que Maldonado no estaba en el corte o de que se había ido por voluntad propia. Como consecuencia, en los primeros días la búsqueda fue limitada y se demoraron medidas necesarias.

El 4 de agosto en la audiencia de habeas corpus la GNA negó haberlo detenido pero no dio, ni se le exigió, ninguna explicación. Recién el día 5, el juez decidió rastrillar dentro de la Pu Lof. Esta medida, por la hostilidad entre la comunidad y el juez federal Guido Otranto, se hizo mal y fue incompleta. Durante semanas, el juez no pudo resolver el conflicto con la comunidad de modo tal de destrabar la realización de medidas indispensables como el ingreso al territorio y la toma de testimonios.

En este contexto, las medidas de búsqueda fueron tardías y mal encaradas; mientras el Ministerio de Seguridad filtraba información destinada a instalar que Maldonado no había estado el 1 de agosto en el lugar de la represión.

El inicio de la investigación de la responsabilidad penal por la posible desaparición forzada también fue dificultoso: las primeras medidas sobre las camionetas de la GNA se realizaron con demoras y los gendarmes fueron avisados de que iban a ocurrir. Recién el 15 de agosto fueron allanados los escuadrones para secuestrar elementos relevantes.

Cuando el Ministerio de Seguridad comenzó a aportar de manera parcial información de las declaraciones de los gendarmes en la investigación administrativa, hubo un giro en las dos causas judiciales. En la medida en la que los testimonios confirmaban que, tal como lo habían denunciado integrantes de la Pu Lof, los gendarmes habían llegado a la orilla, era preciso investigar ese lapso de tiempo en el que efectivos y mapuches se encontraron en el río.

En el habeas corpus se hicieron rastrillajes que no dieron resultado; el realizado con violencia el 18 de septiembre en el lugar en el que apareció el cuerpo tuvo deficiencias técnicas.

Paralelamente, la fiscalía recaratuló la causa penal como “desaparición forzada” y fue acumulando información y prueba para determinar cómo fue el operativo y qué sucedió con Maldonado. La fiscalía contó con la colaboración de Procuvin en la elaboración de hipótesis y en la producción y control de las pruebas. Por su parte, la fiscalía federal no fue capaz de construir un vínculo con la familia Maldonado, lo que dificultó el acceso de los familiares a la investigación.

Tras el apartamiento del juez Otranto por el pedido de recusación, le sucedió el juez federal Gustavo Lleral, quien tuvo otra estrategia hacia la comunidad que hizo posible el ingreso al territorio el 17 de octubre, día en el que se encontró el cuerpo sin vida de Maldonado.

4. ¿Cómo fue la respuesta del Poder Ejecutivo?

Recién seis días después de la desaparición, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, protagonizó las primeras reacciones del gobierno que se orientaron en tres sentidos: defender a la Gendarmería antes de investigar; plantear hipótesis alternativas sin correlato con el expediente y desviar el foco de la atención hacia la comunidad mapuche.

El 4 de agosto el Ministerio de Seguridad de la Nación negó que GNA tuviera que ver con la desaparición de uno de los manifestantes. A tono con esta línea, en los primeros días, el Ministerio de Seguridad no se concentró en investigar y puso en marcha el sistema de búsqueda de personas como si Maldonado no hubiera estado en el lugar o se hubiera ido voluntariamente. Luego, no aportó en tiempo y forma la información con la que contaba. En un informe del 18 de agosto, haciendo propias las primeras afirmaciones de los gendarmes, aseveró que no había habido irregularidades en el operativo y que se había actuado en cumplimiento de la orden del juez. Ambas afirmaciones se demostraron falsas.

El 7 de agosto comenzaron las investigaciones internas. Un sumario iniciado por Gendarmería afirmó “la inexistencia de conductas sancionables disciplinariamente”. Por otro lado, Daniel Barberis, director de Violencia Institucional del Ministerio de Seguridad de la Nación realizó encuestas y entrevistas a gendarmes. En una charla previa a la realización de las entrevistas, Barberis le dijo a los gendarmes: “En este barco estamos juntos, ¿está claro?”. En el informe señaló que algunos efectivos habrían arrojado piedras contra los mapuches y justificó esa acción como una “conducta imitativa” que había respondido a las agresiones de los manifestantes y concluye sin solicitar una investigación disciplinaria. Hasta hoy, ningún gendarme fue sancionado por las irregularidades.

La información obtenida en estas actuaciones administrativas fue aportada al Poder Judicial por Gonzalo Cané, secretario de Cooperación con los poderes judiciales, ministerios públicos y legislaturas, en representación del Poder Ejecutivo, tarde, en fragmentos y por insistencia de las querellas, entre ellas el CELS.

Recién el 29 de agosto, el ministerio aportó al habeas corpus los cuestionarios realizados dos semanas antes. Se demoró hasta el 11 de septiembre para aportar la transcripción de las entrevistas. Nunca explicó por qué esperó todos esos días para incorporar estas actuaciones mientras insistía a través de los medios de comunicación con la hipótesis de que Maldonado había fallecido el 21 de agosto en un episodio de violencia contra un puestero. Tampoco explicó por qué el comandante segundo del Escuadrón 36 de Esquel, Juan Pablo Escola, negó que los gendarmes hubieran llegado a la orilla del río. Gendarmería Nacional y la ministra de Seguridad negaron que hubiera registros audiovisuales del operativo, lo que también se demostró falso.

En simultáneo con este retaceo de información, por intermedio de Cané y Barberis, el Ministerio de Seguridad de la Nación intervino de forma directa en el expediente del habeas corpus. Y realizó una vasta tarea de filtración de las medidas de investigación y sus resultados a los medios. Otros funcionarios de alto rango fueron parte de esta estrategia, entre ellos el secretario de Derechos Humanos de la Nación que en un fecha tan tardía como el 30 de agosto declaró: “Nadie puede demostrar que Santiago Maldonado estuvo en la zona de conflicto”.

Durante el tiempo en que Santiago Maldonado estuvo desaparecido, el gobierno hizo reiteradas afirmaciones infundadas y ofensivas. Desde la Ministra a cargo de Gendarmería que afirmó ante el Senado de la Nación que no tiraría “gendarmes por la ventana” cuando se le demandaba que separara preventivamente a determinados agentes; hasta una de las máximas representantes políticas de la coalición de gobierno que a más de dos meses de su desaparición afirmó que había un “20% de posibilidades de que Santiago Maldonado esté en Chile” por propia voluntad y con motivaciones políticas.

5. ¿Por qué el CELS recurrió a las Naciones Unidas?

Para el 5 de agosto y a pesar de que ya se había presentado un habeas corpus, el accionar del Estado en materia de búsqueda y de investigación no era el que correspondía a una desaparición en el contexto de un operativo represivo.

Para que las estrategias de localización adquirieran otra fuerza, ese día el CELS solicitó una acción urgente al Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU para que instara al Estado a tomar las medidas necesarias para encontrar a Maldonado. La gravedad de la situación era tal que el 7 agosto el Comité concedió la acción urgente y le pidió al Estado argentino que adoptara una estrategia integral y exhaustiva de búsqueda y asegurara la exclusión de la GNA de la investigación, entre otras medidas. El Comité también le pidió al Estado que adoptara medidas cautelares de protección de la vida e integridad de la familia Maldonado, de sus abogados y de la comunidad mapuche y garantizara que no fueran objeto de violencia ni hostigamiento. A partir de ese momento el Estado argentino hizo presentaciones al Comité en los cuales adoptó la misma estrategia que tuvo a nivel nacional.

El 18 de septiembre, el CELS, en una segunda presentación al Comité, reiteró la falta de una respuesta estatal adecuada y denunció que el Ministerio de Seguridad no colaboraba en la causa judicial aportando la información que tenía y, al mismo tiempo, llevaba adelante una campaña de desinformación. El CELS también señaló que el Estado tampoco había cumplido con la solicitud del Comité respecto a la familia, que, por el contrario, recibió numerosos ataques.

El 6 de octubre el Comité dictó otra resolución en la que llamó la atención sobre las demoras de las autoridades para investigar el rol de la Gendarmería en los hechos que culminaron con la desaparición de Maldonado y para aportar declaraciones, fotografías y videos al expediente. El Comité solicitó al Estado: informar de los motivos de estas dilaciones, investigar y sancionar intervenciones de las autoridades que hubieran podido entorpecer la efectividad de la búsqueda y de la averiguación de la verdad y asegurar la imparcialidad, independencia y autonomía de la investigación.

El 21 de octubre el CELS informó al Comité el hallazgo del cuerpo de Santiago Maldonado.

El caso fue presentado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por otras organizaciones, sin la participación del CELS.


6. ¿Qué establece la autopsia respecto de las circunstancias de la desaparición y la muerte de Santiago Maldonado?

La autopsia reveló que la muerte fue un proceso que se fue dando por la permanencia en el agua helada que llevó a que se le vayan adormeciendo los miembros y reduciendo la capacidad de moverse, que luego derivó en un desvanecimiento que terminó con la sumersión. En conclusión, se trató de una muerte violenta por asfixia por sumersión coadyuvada por hipotermia.

Si bien en la médula no se encontraron diatomeas, su presencia en las cavidades cardiacas -nueve distintas: seis en el ventrículo izquierdo, tres en el derecho, indica que se trató de una asfixia por sumersión. También son indicadores de la asfixia los cambios en el pulmón. Las transformaciones halladas en la piel son propios de la hipotermia.
La data de la muerte se estableció a través de tres métodos y dio un rango que no puede ser de menos de 53, 60 o 73 días, según cada método.

Por último, se concluyó que el cuerpo no tiene lesiones externas, por lo tanto no puede suponerse a priori que haya sufrido violencia física en otro lugar. Tampoco se encontraron evidencias de que el cuerpo haya estado en otro lugar que el del hallazgo.

7. ¿En qué consiste el conflicto que atraviesa el territorio donde tuvo lugar la protesta?

La comunidad Pu Lof en Resistencia ocupa desde 2015 un área en la localidad Cushamen que reivindica como ancestral, en disputa con la empresa trasnacional Benetton. Al mismo tiempo, el lonko de la comunidad Facundo Jones Huala está detenido desde el 26 de junio en una causa en la que se discute su extradición a Chile, situación que motiva protestas frecuentes.

El Poder Ejecutivo y el Poder Judicial de la provincia de Chubut fueron los primeros en identificar a la Pu Lof con el grupo Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) que utiliza la acción directa como forma de protesta y en referirse a ellos como “terroristas”, calificación que implica sostener que son una amenaza seria para el Estado argentino y para sus habitantes. Esta caracterización desproporcionada del conflicto busca justificar respuestas estatales represivas y acciones de inteligencia ilegal.

En 2016, el gobierno nacional promovió este enfoque que coloca el conflicto mapuche como una amenaza a la seguridad nacional. En mayo de ese año, Gendarmería Nacional (GN) y el Grupo Especial de Operaciones de Chubut allanaron el territorio de la Pu Lof con autos particulares sin identificación y efectivos encapuchados. En enero de 2017, se produjeron tres operativos violentos, uno de GN y dos de la policía provincial; tres personas fueron heridas de gravedad.

El 31 de julio de 2017, Pablo Noceti, jefe de gabinete del Ministerio de Seguridad, reunió en Bariloche a los ministros de seguridad de Chubut y Río Negro y a los jefes de las fuerzas provinciales y federales para “coordinar acciones de defensa” ante posibles “ataques” del RAM. Les ordenó utilizar los supuestos de flagrancia -es decir, intervenir sin orden judicial- para detener a integrantes de las comunidades mapuches. Un día antes del operativo que desembocó en la muerte de Santiago Maldonado, Noceti declaró a Radio Nacional Esquel que los mapuches querían “generar caos y desorden y temor en la población” y que tendrían relaciones con “extremistas kurdos”. Estas afirmaciones responden al enfoque del gobierno nacional que considera que el narcotráfico y el terrorismo son parte de lo que internacionalmente se considera el “paradigma de las nuevas amenazas”, sin explicar cuál es la actividad terrorista concreta.

En este contexto, se realizó el operativo del 1 de agosto. En las semanas siguientes, la desaparición de Maldonado no generó que el gobierno nacional buscara abrir un canal de dialogo con la comunidad: hizo exactamente lo contrario.

Maldonado desapareció en un territorio ocupado por una comunidad con fuertes resistencias a relacionarse con instituciones estatales, debido a sus convicciones ideológicas y a los antecedentes de discriminación, arbitrariedad y violencia policial. Los primeros relatos de la comunidad que activaron el reclamo social extendido por la aparición de Maldonado fueron, semanas después, ratificados por los gendarmes en sus declaraciones y por las imágenes. Luego, la comunidad no aceptó el ingreso de las fuerzas de seguridad al territorio o lo limitó y fue reticente a testimoniar. Al asumir en la causa del habeas corpus, el juez federal Gustavo Lleral inició un proceso que culminó con el ingreso a la comunidad el 17 de octubre, día en el que Maldonado fue encontrado sin vida en el río Chubut.

8. ¿Por qué el CELS consideró que el hecho debía investigarse como una desaparición forzada?

Santiago Maldonado fue visto por última vez en el contexto de un operativo represivo e ilegal de la Gendarmería Nacional. Esta situación hacía necesario investigar qué participación tenía la Gendarmería en la desaparición de Maldonado a fin de encontrarlo y de establecer responsabilidades.

Investigar un episodio como una posible desaparición forzada no supone asegurar a priori que el hecho implicó la comisión de ese delito sino que en tanto hay indicios de responsabilidad estatal esa hipótesis debe ser confirmada o descartada. Ni el tipo penal “desaparición forzada” ni la figura del derecho internacional exigen que el hecho sea parte de un plan sistemático, tal como afirmó el Poder Ejecutivo. Por lo tanto, hablar de desaparición forzada no significa asimilar estos hechos con una política de desaparición de personas y menos aún con la última dictadura.

A medida que las semanas pasaban y Maldonado no era encontrado, los testimonios, el ocultamiento de información realizado por el Ministerio de Seguridad y las imágenes del operativo fueron indicios de que había una relación entre la ausencia de Maldonado y el operativo violento en la Pu Lof el 1 de agosto. Esas responsabilidades estatales aún están siendo investigadas.

9. ¿Qué características tiene la desaparición de personas en democracia y cuáles son las dificultades para investigarlas?

En democracia, las desapariciones ocurren por motivos diversos, algunas son voluntarias y otras no. Estas últimas implican una diversidad de responsabilidades estatales. Detrás de estos casos, hay explicaciones relacionadas con redes criminales, con violencias estructurales -como la de género- y con el funcionamiento violento de las fuerzas de seguridad, entre otras. La responsabilidad estatal es distinta y específica en cada una de estas situaciones.

En todas las desapariciones suele haber, además, una responsabilidad estatal por el déficit de las acciones de búsqueda. El Estado aún no sabe actuar de manera eficaz frente a la denuncia de una desaparición. Cuando las personas o sus familias pertenecen a los sectores de menores recursos económicos está situación se agrava porque se suelen agregar la discriminación y el mal trato.

En este contexto, para resolver una desaparición se deberían formular hipótesis basadas en lo que se sabe de la vida de la persona y de las circunstancias en la que desapareció, en cuándo, dónde y por quién fue vista por última vez; en qué contacto tuvo con instituciones de seguridad o con otros grupos con capacidad de ejercer violencia. Sin embargo, esto habitualmente no sucede.

Hay desapariciones que ocurren como consecuencia de la intervención de las fuerzas de seguridad, como hecho extremo de sus prácticas ilegales, violentas y de hostigamiento. En algunos casos, los policías ocultan el cuerpo para encubrir otros delitos.

También existen patrones en las investigaciones judiciales: en violaciones de los derechos humanos -no solamente desapariciones- con frecuencia el Poder Judicial toma la versión de los agentes de seguridad, la investigación y salvaguarda de evidencias se asigna a la misma fuerza denunciada y se despliegan estrategias de ocultamiento. El encubrimiento suele ser la reacción habitual frente a la denuncia de un hecho, se tenga o conocimiento de lo ocurrido. Esto habilita la introducción de hipótesis falsas y que aquellas que pueden orientar la investigación hacia el establecimiento de responsabilidades estatales sean descartadas u omitidas.

Simultáneamente, existen prácticas y omisiones estatales que hacen posible que una persona permanezca desaparecida. Entre ellas, la desidia estatal en el trato de ciertos cuerpos por parte de instituciones de salud, judiciales y de seguridad que ocasiona que una persona fallecida pueda permanecer sin ser identificada en una morgue o en un cementerio, mientras su familia la está buscando, en algunos casos durante años.

Como resultado de esta amalgama de patrones estructurales y deficiencias institucionales en los mecanismos de búsqueda e identificación, en una gran cantidad de casos existe responsabilidad estatal en la ocurrencia de una desaparición y/o en su prolongación a lo largo del tiempo aunque no se esté frente a un caso de desaparición forzada, cuando ocurre un secuestro o un ocultamiento deliberado de un cuerpo.

10. ¿Qué responsabilidades tiene el Estado en la desaparición y muerte de Santiago Maldonado?

Santiago Maldonado murió como consecuencia de la intervención violenta del Estado ante un conflicto con una organización social y política, que es considerado por el gobierno como un riesgo para la seguridad nacional al que hay que responder con dureza.

El uso de la fuerza policial en las manifestaciones públicas abarca el modo en el que se diseñan y llevan a cabo los operativos y la forma en que la autoridad política responde por las irregularidades. En este caso, el Estado no sólo omitió el deber de protección y cuidado, sino que introdujo riesgos para la integridad y la vida de los manifestantes y de la comunidad, entre otros derechos que fueron vulnerados por la intervención de la Gendarmería.

La intervención de las fuerzas de seguridad en manifestaciones está regulada por instancias internacionales, regionales, nacionales y por normas internas de las instituciones de seguridad. Estas obligaciones no ceden por el hecho de que algunos manifestantes arrojen piedras, sino que incluso estos actos deben responderse de acuerdo a principios de legalidad y proporcionalidad, de modo de que la respuesta no cause consecuencias más graves de las que busca inhibir. Para eso existen protocolos que establecen con precisión cómo debe escalarse el uso de la fuerza, quiénes pueden asumir cada decisión y con qué controles se deben llevar a cabo. La Gendarmería Nacional cuenta con normativas específicas para lo que denominan operativos “contradisturbios” que en esta intervención fueron ignoradas por completo. La actuación de la Gendarmería no se encuadró en ninguna normativa existente. Ante un operativo plagado de ilegalidades y contradicciones, la respuesta de la autoridad política responsable tampoco respondió a los principios de gobierno civil, control político y rendición de cuentas previstos. Por el contrario, afirmaciones como las de Bullrich y Barberis dejaron en claro que no habría sanciones por lo ocurrido durante la represión.

Por otra parte, este caso plantea viejas y nuevas preguntas sobre la capacidad del Estado para buscar personas, sobre todo cuando puede existir alguna responsabilidad estatal. Como desde la sociedad civil se demanda desde hace años, el Estado debería organizar los recursos del Poder Ejecutivo y del Ministerio Público Fiscal para encarar búsquedas e investigaciones que den respuestas mejores.

Finalmente, la capacidad del Estado de encarar investigaciones judiciales serias, imparciales y efectivas también está en juego, así como el modo en el que actores puntuales del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo utilizan los medios de comunicación para influir sobre la investigación. En este caso en particular esta práctica recurrente ocasionó niveles altos de desinformación a la sociedad y dolor a la familia Maldonado.

La investigación debe continuar hasta determinar las circunstancias y responsabilidades por la muerte de Santiago Maldonado.









martes, 9 de octubre de 2012

CORRUPCIÓN JUDICIAL









Una red de corrupción obtenía miles de amparos, en juzgados amigos. Así, las autoridades políticas perdieron el control de la política salarial. Una jueza de Corrientes ya fue destituida por ello y avanzan las investigaciones en todo el país, sobre otros magistrados, abogados y altos jefes contables y jurídicos de las propias fuerzas. Con la algarada de Retiro, se instrumentó a las jerarquías inferiores en defensa de esta situación escandalosa.



El decreto del Poder Ejecutivo que ordenó modificar la escala salarial de las fuerzas de seguridad tomando en cuenta un fallo de la Corte Suprema de Justicia afecta un fabuloso negocio del que participan miembros de los servicios jurídicos y/o contables de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, abogados próximos a ellos y jueces corruptos. Uno de esos jueces es oficial retirado de la Gendarmería y otra ya fue destituida en juicio político. Esto permitió que el 79 por ciento de los más de 30.000 agentes en actividad de la Gendarmería y el 60 por ciento de los 16.500 de la Prefectura, cobraran sus haberes según resoluciones judiciales, porcentaje que llega al ciento por ciento en las cúpulas. Lo mismo ocurre con la mitad de los retirados y pensionados de ambas fuerzas.

De acuerdo con un informe realizado en julio por la Unidad de Auditoría Interna del ministerio de Seguridad (es decir mucho antes del acampe), debido a estos amparos judiciales “la autoridad política ha perdido absolutamente el control sobre la política salarial”.

El intento de retomar ese control, mejorar los salarios más bajos y contener los más altos, provocó una insidiosa respuesta por parte de quienes gozaban de los beneficios de la situación anterior. Aunque el decreto 1307, firmado el 31 de julio, disponía en su artículo 6 que ningún miembro de ambas fuerzas percibiría menos que el mes anterior, la liquidación de los sueldos realizada por Prefectura y Gendarmería redundó en fuertes reducciones salariales en los niveles más bajos del escalafón, que desataron el conflicto. Una vez practicada la liquidación y de- soyendo la orden de la ministra Nilda Garré y del Secretario de Seguridad Sergio Berni de detenerla antes de que se depositaran los fondos en las cuentas individuales, los jefes de Prefectura responsables se alejaron de sus puestos, algunos de vacaciones y otro en una inverosímil gira de inspección contable, de modo de estar bien lejos de las esquirlas en el momento del estallido. Por eso, es tan cierto que los gendarmes y prefectos que acamparon frente a las sedes de sus fuerzas sólo reclamaban por sus salarios, como que el desbarajuste fue inducido con deliberación, en defensa de los ingresos siderales de las respectivas cúpulas y, una vez producido, lo aprovecharon los distintos sectores interesados en deslegitimar, carcomer y destituir al gobierno de CFK, justamente aquel que está blanqueando las distorsiones salariales iniciadas durante la gestión de Carlos Menem y Domingo Cavallo y continuadas por todos los gobiernos anteriores al actual. Esta es la historia de cómo se incubó la crisis y se preparó el estallido y de todas aquellas contradicciones que dificultan la comprensión del episodio.


Mingo y minga

En 1993, como parte del proceso de ajuste de gastos estatales, el gobierno comenzó a pagar los incrementos salariales al personal en actividad de las Fuerzas Armadas y de Seguridad mediante suplementos y compensaciones no remunerativas, de modo de que no fueran percibidos también por los retirados, cuya capacidad de presión era reducida. Esto invirtió la relación histórica entre los componentes remunerativos y no remunerativos de los haberes. Estos suplementos, cuya modalidad desfinancia los sistemas de previsión y de Obras Sociales llegaron a constituir el 65 por ciento de los ingresos del personal en actividad, al mismo tiempo que se desfasaban de los haberes de retirados y pensionados. Este fue el sustento objetivo de la creciente litigiosidad, para que los suplementos se incorporaran al haber remunerativo.

Sobre esta base se montaron los negocios ilegales. El cuadro 1 muestra el altísimo porcentaje de gendarmes que cobran sus haberes por medidas judiciales, sobre todo en los niveles jerárquicos más altos, y el cuadro 2 exhibe la gran dispersión salarial producida por la intervención judicial. Ambos cuadros se refieren a la Gendarmería, pero el panorama es similar en la Prefectura.

La Asociación de Magistrados declaró en su descargo que los jueces resuelven los conflictos individuales, según una antigua jurisprudencia del derecho del trabajo, “declaran que el pago de los adicionales no remunerativos son ilegales, establecen la doctrina para los futuros fallos, pero nunca fijan una política salarial de carácter general, ya que se trata de una atribución que corresponde a los poderes políticos del Estado Nacional”. Cierto, pero en muchos casos se llegó a este resultado por caminos turbios y su efecto fue una gran dispersión salarial, sobre todo entre quienes cuentan o no con alguna medida judicial que determine su remuneración, y en muchos casos difiere el tratamiento de casos similares, según los distintos criterios de los jueces intervinientes. Esto rompió las relaciones entre niveles jerárquicos y amplió las desviaciones entre integrantes de un mismo grado. También se llegó a una desproporción flagrante entre el haber básico y algunos suplementos (como la compensanción por vivienda, que puede representar hasta el 232 por ciento del sueldo).

La connivencia entre estudios jurídicos, jueces y funcionarios de las fuerzas de seguridad condujo a irregularidades e incumplimientos de distintos pasos procesales e incluso de disposiciones judiciales.

Esto elevó en forma significativa los honorarios, costas, tasas de justicia e intereses y el costo del servicio de Justicia para la tramitación de miles de casos y redundó en un fuerte incremento de los gastos en personal para satisfacer medidas judiciales que deformaron la pirámide remunerativa en contra de los niveles inferiores.






DASQUETES

Al detectar esta situación, la ministra ordenó que la Auditoría Interna revisara el comportamiento de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Gendarmería, que demoraba el cumplimiento de aquelas órdenes judiciales que disponían cesar el pago de grandes sumas por medidas cautelares. El estudio concluyó el viernes con la intervención ministerial a esa Dirección. En la primera reunión con los auditores, las autoridades de asuntos jurídicos explicaron esas demoras por un presunto exceso de trabajo, porque además tenían que defender personal acusado en causas por apremios ilegales o torturas a detenidos, “gracias a Dios, con ninguna condena”. Uno de los funcionarios que recibieron a los auditores fue el sonriente comandante Manuel Barros, quien entre 2006 y 2010 se desempeñó en la Dirección de Asuntos Jurídicos, después pasó al Operativo Centinela y en julio de 2011 al Operativo Cinturón Sur. Abogado recibido en la Universidad Católica Argentina, también integra el estudio jurídico Dasque, Tes y Asociados.

El curioso logotipo de esa empresa dice, con viriles mayúsculas ESTUDIO DASQUETES, denominación que surge de los apellidos de los abogados Fernando Dasque (especialista en derecho civil, aeronáutico y empresarial) y Fernando Tes. Dasque es comandante mayor retirado y autor de un estudio sobre El régimen de Contrataciones en Gendarmería Nacional. Igual que Barros, formó parte de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Gendarmería.

Otro de los socios del estudio es el Comandante Mayor Estanis Drebnieks (que no es abogado sino licenciado en administración de empresas). Se graduó en la Universidad Católica de Salta, cuya denominada Subsede Buenos Aires es controlada por la Gendarmería desde su creación en septiembre de 1989 y se maneja en forma autónoma del Arzobispado del que depende. Las carreras y cursos que ofrece incluyen abogacía, administración de empresas y de consorcios, informática, comercialización, cortesía verbal, oratoria moderna y esteticista (sic). Drebnieks cumple funciones en el Servicio Administrativo Financiero de Gendarmería y había sido propuesto para dirigirlo.

Ante la Dirección General de Transparencia del Ministerio de Seguridad, Drebnieks negó ser socio del estudio DASQUETES y dijo que hace tres años pensó en pedir el retiro si no le concedían un ascenso y entregó un currículo a su amigo Dasque, pero que no llegó a incorporarse al estudio, que sin embargo lo anuncia en su publicidad como miembro de su staff.

El Comandante Mayor Drebnieks es uno de los beneficiarios de una medida cautelar en el expediente “Tosoroni, Mario y otros con Estado Nacional”, concedida por el juez de Paraná, Entre Ríos, Daniel Edgardo Alonso, hoy ascendido a camarista. El magistrado es otro camarada de Barros, Estanis y Desque: ingresó en 1985 como primer alférez de Justicia y llegó hasta oficial auditor de la Agrupación VI, Formosa, de Gendarmería, donde permaneció hasta 1999. El juez federal subrogante Gustavo Zonis dispuso la caducidad de la instancia en septiembre de 2009 y ordenó dar por decaída la medida cautelar en Tosoroni y otros. Sin embargo, la Gendarmería continuó realizando los pagos indebidos. Recién el 25 de abril de este año, el Comandante Mayor Drebnieks hizo la consulta a Jurídicos pero hasta el día de hoy sigue cobrando 53.000 pesos por mes que no corresponden.

La Unidad de Coordinación de Políticas de Transparencia del Ministerio de Seguridad solicitó a Gendarmería copia del expediente Aj2-401 732, pero no obtuvo respuesta. En la Prefectura cobra sus haberes con una medida cautelar el Asesor Jurídico de esa fuerza, prefecto mayor Domingo Nicolás Rotondaro. El amparo fue presentado en el juzgado federal de Río Gallegos, Santa Cruz, pese a que Rotondaro tiene domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Una vez concedida la medida por el tribunal, la Asesoría Jurídica de la Prefectura instruyó a la delegada del cuerpo de abogados del Estado en la provincia, que no apelara la decisión a favor de su titular. Experto en la materia, Rotondaro es coautor del libro Medidas cautelares y bloqueo registral.


Los 7000

La tramitación de amparos para obtener pagos extraordinarios de las fuerzas de seguridad derivó en mayo de este año en la destitución de la jueza provincial de Santo Tomé, Corrientes, Graciela Beatriz Duarte, por unanimidad de los siete miembros del jury. Al acusarla, el Fiscal General de Justicia de Corrientes, César Sotelo, dijo que “vamos a encontrarnos con los hechos más inverosímiles vividos hasta ahora en la Justicia de Corrientes”: un centenar de demandas contra el Estado Nacional (para lo que la justicia provincial no tiene jurisdicción), “y en cada una de ellas una pluralidad de actores increíble, de diversos lugares del país.

El país entero se hizo cita en Santo Tomé y no por el Festival del Chamamé sino por el Juzgado Civil y Comercial”. Calculó que esos amparos habían beneficiado a no menos de 7000 personas, en demandas colectivas que incluían entre 30 y 70 actores cada una, con domicilio en distintas partes del país. Duarte los concedía de inmediato, para lo cual declaraba inconstitucional un artículo de la ley provincial de amparo, lo notificaba a Prefectura y Gendarmería y luego se declaraba incompetente. Las dependencias estatales debían pagar lo solicitado, hasta que no llegara una orden en contrario. Pero esa orden nunca llegaba, porque una vez ordenado el pago, la jueza dejaba dormir los expedientes en su juzgado. El personal que trabajaba con ella describió con asombro ese boom de los amparos, a los que la jueza prestaba una atención especial. Aunque todas las demandas eran por “reajuste salarial”, Duarte les imprimía el trámite sumarísimo, que no está previsto para asuntos patrimoniales, sino sólo en casos urgentes que provoquen un perjuicio irreparable y en consecuencia exigen una respuesta inmediata excepcional. Secretarios y otros empleados del tribunal declararon que la jueza guardaba esas causas en su propio despacho, les otorgaba prioridad de ingreso y las tramitaba por un canal distinto de ingreso y registración dentro del tribunal. “Conseguido el propósito de la acción, se desentendía de dichos expedientes, tal como se demostró con la no remisión a su debido tiempo, es decir inmediatamente después de declararse incompetente, a los Juzgados Federales”, se lee en la sentencia de destitución.

Una inspección ordenada por el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, en diciembre de 2009, encontró gran cantidad de cajas de embalaje que contenían “múltiples causas de amparos, que aún no habían sido remitidas al Juzgado Federal de Paso de los Libres o al de Corrientes, Capital”. También se demostró que la jueza tenía conversaciones privadas frecuentes con los abogados que presentaban esos amparos, el matrimonio Amílcar Nelson Serial y Josefa Raquel Milán. La investigación determinó que cuando ellos intervenían, la medida cautelar se concedía en un lapso brevísimo y no se les exigían los trámites y recaudos previos a los que estaban sometidos los litigantes minoristas. Según el fiscal Sotelo, Serial y Milán obtuvieron ganancias por unos veinte millones de dólares, en complicidad con la jueza, “estafando escandalosamente al Estado Nacional”.

De acuerdo con datos de la Dirección de Transparencia, otro juez de Santo Tomé, Humberto de Biase Echeverría, dictó un amparo similar a favor del padre de la ex jueza Duarte, quien solicitó “un recálculo de su haber como jubilado de la Prefectura”. En realidad, De Biase Echeverría fue el juez pionero en el circuito amparo-incompetencia-y-al-cajón que Duarte hizo propio. En febrero, el Superior Tribunal de Justicia sancionó a De Biase Echeverría con una multa de 30.000 pesos y le ordenó que se abstuviera de emitir resoluciones que involucraran a entes u organismos nacionales. También en los miles de casos de este juzgado intervino el estudio Serial & Milán.

Se calcula que el perjuicio de estas maniobras para el Estado en los dos tribunales oscilaría entre 80 y 200 millones de pesos. Según el titular del Ministerio Público de Corrientes, entre el 9 y el 10 de febrero de este año, Serial & Milán obtuvo 43 medidas cautelares a favor de 11.000 miembros de la Gendarmería, en un Juzgado de El Colorado, en la provincia de Formosa, que ordenó “liquidar diferencias salariales de acuerdo a la petición de los actores”.

 Esta es la mayor concentración de cautelares de todo el país y abarca a casi la mitad de los efectivos de la fuerza. Once mil amparos concedidos en dos días por un juez subrogante en una ciudad de trece mil habitantes constituye un indiscutible record.

Un caso similar culminó con la renuncia, hace un año, del juez en lo civil y comercial de Sáenz Peña, Chaco, Luis Alberto Pintos, cuando el Consejo de la Magistratura analizaba iniciarle un jury de enjuiciamiento por haber concedido más de 7000 medidas cautelares contra el Ejército y la Gendarmería. La Procuración del Tesoro de la Nación, que analizó los casos de Santo Tomé, el Colorado y Sáenz Peña no descarta que la misma mecánica se haya utilizado en otros lugares del país y que además se hayan cometido otros delitos, como asociación ilícita y tráfico de influencias. El caso del prefecturiano Rotondaro en Río Gallegos parece confirmarlo.







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