domingo, 30 de diciembre de 2012

CRIMINOLOGÍA MEDIÁTICA HOY





La interpretación criminológica de campo y su muestra dinámica contradicen a la criminología mediática

Este informe que expone la Corte Suprema de Justicia de la Nación observa que el sistema corporativo de medios editorializa y difunde sólo homicidios dolosos de primera y esconde aquellos que considera de segunda, a pesar de que estos últimos representan el mayor porcentaje, por lejos, dentro de todos los casos ocurridos en Capital Federal y los departamentos judiciales de La Plata y San Martín. Esta maniobra, no menos dolosa, la establece la criminología mediática por medio de la invisibilización de esas muertes violentas porque en la trastienda de su poder intenta esconder una economía violenta de subsistencia donde se paga poco salario y se genera mayor renta para la clase dominante. Sólo este Estado generador de un proyecto nacional, popular y democrático, promotor de la inclusión social y el reparto equitativo de la riqueza, enfrentando a las corporaciones y al carácter establecido del poder fáctico podrá prevenir la publicitada inseguridad...







sábado, 22 de diciembre de 2012

AJUSTARSE A DERECHO







La aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual volvió a abrir el debate sobre los casos de empresas que ejercen una posición dominante, los oligopolios y monopolios.

La judicialización del artículo 161, que establece la adecuación de las empresas que tengan más licencias de las permitidas, pareciera plantear que esta norma es casi un invento argentino. Sin embargo, no es la primera vez en la historia que un grupo económico debe ajustarse a derecho. Los ejemplos recorren el mundo de los negocios desde hace varios años. Desde Microsoft hasta la argentina Quilmes, varios son los casos de empresas que se vieron obligadas a adecuarse, en algunos casos a desinvertir.

Uno de los casos más recordados es el de la compañía petrolera Standard Oil en New Jersey, Estados Unidos.

En 1911, la Corte Suprema ordenó a la petrolera que se dividiera en 34 unidades independientes. Fue acusada de monopolizar la industria petrolera, destruir a sus rivales mediante el uso de recortes predatorios en los precios y aumentar los precios a los consumidores. La medida tuvo carácter retroactivo, porque la ley es posterior a la situación, pero los daños regían hacia el futuro. Standard Oil se vio obligada a desarmar su cadena, porque el producto de un eslabón era el insumo de otro.

El caso de AT&T es otro de los más famosos casos de aplicación de un régimen antimonopólico. Se origina por varias demandas presentadas por el gobierno norteamericano, que llegan a la Corte Suprema en 1974 y termina con el nacimiento de las siete Baby Bell. La orden fue separar todas las instalaciones, personal y libros de contabilidad, la terminación de los contratos de licencia entre AT&T y las otras compañías. El plazo que impuso la Corte norteamericana fue de seis meses para la presentación de la propuesta de desinversión y un año para su ejecución.

Otro ejemplo más reciente es el de Microsoft. La compañía fundada en 1975 por Bill Gates siempre ha sido criticada por realizar prácticas monopólicas y hasta fue llevada ante la Comisión Europea y el Departamento de Justicia de Estados Unidos. Finalmente, Microsoft fue obligada a desensamblar el sistema operativo con el aplicativo y traspasar activos y personal. El plazo acordado fue de un año. Lo que son las cosas del destino, hoy es Google la compañía que está siendo investigada por prácticas monopólicas en Estados Unidos y Europa.

Pero la lista no termina: la agencia Associated Press fue obligada a abrir sus despachos a quienes no eran sus socios; Citizen Publishing Co. fue obligada en 1969 a dividir lo que se llama facilidades esenciales en una operación conjunta de dos diarios, y American Tobacco Company creó una gran compañía tabacalera diversificada mediante fusiones con pequeñas compañías y por orden del Tribunal Supremo fue dividida por ejercer posición monopólica en el mercado.

En la Argentina, la lupa también se puso en varios casos de empresas que ejercían una relación desigual con sus competidores. Federico Paluszkiewicz, gerente de Comunicaciones Externas de Cervecería y Maltería Quilmes, explica el caso de la cervecera: “Por la fusión de Brahma/Quilmes, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) requirió a la compañía que realice la desinversión de las marcas Palermo, Bieckert e Imperial, la cervecería de Luján y la maltería de Llavallol, requerimiento que se perfeccionó en el año 2007”. La ley antimonopolio obligó a la cervecera Quilmes a desprenderse de sus marcas, tras ser adquirida por el grupo brasileño Ambev. El motivo es que ambas firmas pasaban a controlar el 80 por ciento del mercado cervecero de la Argentina

Los segmentos donde se dirimen estas cuestiones pertenecen a todos los rubros. En septiembre de 2011, después de ocho años de negociaciones, el grupo mexicano Bimbo se convirtió en el dueño del ciento por ciento del paquete accionario de Fargo. Luego de pasar por varias manos, Fargo fue adquirida por Chico Pardo, que primero vendió un 30 por ciento a Bimbo y luego el 70 por ciento restante. La operación estuvo bajo la lupa de la Comisión de Defensa de la Competencia que obligó a los mexicanos a vender la marca Lactal y luego a Fargo a desprenderse de Sacaan, Trigoro y una de las plantas de la empresa en San Martín. El comprador para estas últimas marcas y la planta fue la Panificadora Balcarce, empresa de la familia Sanabria. Según datos del 2011, la unificación de Bimbo y Fargo marca el control de más del 60 por ciento de los panificados del país.

En diferente rubro, cuando la brasileña Camargo Correa se hizo cargo de la textil argentina Alpargatas, fue notificada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia de que debía vender la marca Pampero, al ser también propietarios de la marca Ombú. Tras varias idas y vueltas y cruces entre sus accionistas, finalmente Pampero fue adquirida por el grupo encabezado por Gabo Nazar, dueño de Cardón.

Allá lejos y hace tiempo, la fusión entre las multinacionales Pernod Ricard y Allied Domecq también fue condicionada por Defensa de la Competencia en 2005. Para ser aprobada, debieron vender la marca Bols.

Y los casos no terminan, incluyen a empresarios de la talla de Gregorio Pérez Companc en petróleo, a empresas de electricidad como Endesa y a compañías como Paramount. No es novedoso que empresas desinviertan. Lo claro es que desinversión no es igual a expropiación. Y tampoco, desprenderse de parte de la compañía no es un daño cuando la empresa estaba ejerciendo una posición de abuso de posición dominante, devorándose a la competencia.

Para Graciana Peñafort, abogada que formó parte de la AFSCA, la situación es clara: “Clarín plantea que se respeten sus derechos adquiridos en la fusión Cablevisión-Multicanal, desconociendo que en materia de licencias de radiodifusión fue rechazada por el entonces Comfer mediante la resolución 577/2010. También fue rechazada por haber incumplido las condiciones por la resolución 113/2010 del Ministerio de Economía, esta última con medidas cautelares. Bajo ninguna norma legal Clarín puede tener la proporción de mercado que tiene actualmente. Su problema ya no son las leyes, sino que no hay ningún marco legal que le permita mantener una estrategia de negocios basada en la posición dominante del mercado. Basta para ello remarcar que en todos los casos la fusión terminó siendo rechazada sin necesidad de invocar ninguna norma de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”.

 Si bien el ex presidente Néstor Kirchner había aprobado la integración económica de ambas empresas, estaba supeditada al cumplimiento de determinadas condiciones y haciendo la salvedad de que en materia de radiodifusión debería intervenir el Comfer a posteriori. Los puntos que estaban bajo la lupa eran aspectos tarifarios, de competencia, aspectos de servicios especiales (gratuitos) y aspectos de inversiones. Finalmente la fusión fue rechazada y el Comfer puntualizó como base la superposición geográfica de licencias permitidas por localidad.

Desinvertir no es nuevo, ni en la Argentina ni en el mundo. Sólo hay que tener voluntad de respetar las leyes vigentes.


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A confesión de parte…
Por Graciana Peñafort

Abogada


Durante el largo proceso judicial en el cual el Grupo Clarín ha impugnado la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, se ha discutido mucho –tal vez demasiado– derecho procesal y poco los aspectos de fondo.

La directa vinculación entre pluralidad de fuentes de acceso a la información y libertad de expresión, así como también la relación inversamente proporcional entre esta libertad de expresión e información y la existencia de monopolios u oligopolios mediáticos, es tal vez el más importante de esos aspectos medulares de la discusión.

El Grupo Clarín ha preferido soslayar estos conceptos, y fijar el eje de la discusión judicial no en la libertad de expresión –eje su posición pública– sino en el derecho de propiedad y los derechos adquiridos.


Aporta a este debate recordar que en octubre de 2007, en el Prospecto de Emisión de Acciones Clase B, manifestaba ante sus inversores la empresa que: “…las subsidiarias de la Sociedad, en ciertos casos no han cumplido o puede que se considere que no han cumplido algunas disposiciones de la Ley de Radiodifusión. Entre otras cosas, las subsidiarias de la Sociedad, Cablevisión y Multicanal, tienen licencias de televisión por cable que se superponen geográficamente, posiblemente en violación de la Ley de Radiodifusión; (…) Como consecuencia de no haber cumplido o de que se considere que la Sociedad no ha cumplido con la Ley de Radiodifusión, pueden imponerse sanciones a la Sociedad que van desde llamados de atención a la revocación de sus licencias de radiodifusión y la invalidación de ciertas medidas societarias”. Agregaba este prospecto: “La Sociedad está obligada a desprenderse de licencias de radiodifusión en caso de superposición geográfica”.

Los incumplimientos a las normas y la obligación de adecuarse ya eran expresamente reconocidos por la empresa. Y no existe medida cautelar ni alquimia jurídica que permita transformar en derechos adquiridos lo que era, ya en la regulación anterior, lisa y llanamente incumplimiento de la ley.


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La ley de medios ya está en la Corte

El gobierno nacional acudió esta semana a la Corte Suprema para solicitarle que defina la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada hace tres años y bloqueada desde entonces por una medida cautelar interpuesta por el Grupo Clarín que se niega a desinvertir, tal como lo establece el artículo 161 de la norma aprobada por el Parlamento.

Se trata de un pedido de per saltum, el mecanismo aprobado hace un mes por el Congreso que permite que el máximo tribunal intervenga directamente, salteando a la Cámara Civil y Comercial para decidir sobre la constitucionalidad de los artículos 45 y 161, objetados por el multimedios Clarín. El per saltum establece que la Corte “podrá rechazar el recurso sin más trámite si no se observaren prima facie los requisitos de su procedencia”.

El ministro de Justicia, Julio Alak, justificó la decisión del Ejecutivo nacional de acudir al per saltum en que “nadie puede negar que esta causa es de gravedad institucional, excede el interés de las dos partes e involucra a toda la sociedad”. El ministro pidió además que “se ponga punto final” a un conflicto de tres años, que se reavivó el martes, cuando la Justicia aceptó la apelación presentada por Clarín al fallo de primera instancia que el viernes ratificó la constitucionalidad de la ley.

El Poder Ejecutivo recurrió a la Corte argumentando “la gravedad institucional” que implica que no pueda aplicarse una ley sancionada por el Congreso y que además tiene el respaldo de un fallo de primera instancia. El recurso de per saltum se suma al recurso extraordinario presentado por el Estado y concedido por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, en el que se solicita la revocación de la medida cautelar dictada por ese tribunal el 6 de diciembre en contra de lo dispuesto por el máximo tribunal el 22 de mayo.

Al respecto, Martín Sabbatella, titular de la AFSCA, manifestó que “ahora el máximo tribunal del país tiene en sus manos las dos cuestiones vinculadas a la aplicación de esta ley: la medida cautelar, vía recurso extraordinario, y la constitucionalidad, vía el per saltum”.

Al cierre de esta edición la Corte debía decidir si acepta o rechaza el pedido de per saltum del Gobierno. En caso de aceptarlo, debe pedirle dictamen a la Procuración General de la Nación y luego dictar un fallo definitivo sobre la validez o no de la norma en los artículos referidos a la cantidad de licencias permitidas para cada grupo económico y la desinversión que establece el artículo 161 para las señales excedentes.

Una cautelar interpuesta por Clarín mantiene en suspenso la aplicación de los artículos 45 y 161 de la Ley de Medios. El artículo 45 establece el límite de licencias que puede poseer un mismo licenciatario. Cada titular no puede tener más de diez licencias de radio y televisión abierta, y 24 licencias (una por localidad) para los operadores de televisión por cable. Además, establece que en una misma localidad se puede tener una radio AM y una FM, o dos FM si hay más de ocho licencias en esa ciudad, pero en ningún caso más de tres licencias de radio por ciudad. Tampoco se puede poseer en una misma localidad una estación de televisión por cable y otra de televisión abierta. Entre otros topes, fija una cuota de mercado máxima de 35 por ciento. En tanto, el artículo 161 fija un plazo de un año para que los grupos de medios se adecuen a la ley mediante la transferencia o un plan de desinversión de las licencias excedentes.

Hasta ahora, excepto Clarín, todos los multimedios con presencia en el país presentaron un plan de adecuación voluntaria a la Ley de Medios. En ese marco y tras el fallo de primera instancia del juez Horacio Alfonso a favor de la constitucionalidad de la norma, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, se presentó el lunes 17 en la sede del Grupo Clarín, en la calle Piedras al 1700, acompañado por una escribana y otros funcionarios para “notificar el inicio de la transferencia de oficio” de las empresas de las que el multimedios debe desprenderse: aproximadamente 200.








domingo, 16 de diciembre de 2012

LA CANALLA JUDICIAL






Miembros de la Asociación de Magistrados, de la Federación Argentina de la Magistratura y de la Junta Federal de Cortes y Tribunales Superiores preguntarán a sus autoridades cómo se decidió, quiénes redactaron y aprobaron y por qué se publicó sin ninguna firma el virulento comunicado del viernes 7 contra el gobierno a raíz de las denuncias contra camaristas acusados de vinculación con el Grupo Clarín.

La Asociación de Magistrados es presidida por el camarista penal Luis María Cabral. El fiscal general Jorge Auat lo señaló como un pernicioso ejemplo de shopping forum por su designación para integrar una sala de la Cámara de Casación Penal, sin sorteo y sin respetar el orden de prelación fijado por la ley de subrogancias. Pero la Cámara lo confirmó, con la única disidencia de Alejandro Slokar. Sigue llevando la voz cantante en la Asociación su ex presidente Ricardo El Piojo Recondo, otro especialista en la designación de jueces a dedo y el principal gestor del conflicto de la judicatura con el gobierno nacional por el caso Clarín, en el que tiene interés personal.

Subsecretario de Justicia durante el primer gobierno de la UCR y miembro del equipo judicial de la SIDE que operaba sobre los jueces, en 1988 Recondo impulsó la designación de Juan Rodríguez Basabilvaso como camarista federal, para terminar con los juicios por violaciones a los derechos humanos. Su nombre surgió en la sobremesa del lobby militar-judicial-empresarial que se reunía los fines de semana en la quinta del Gerente de Relaciones Públicas del Grupo Económico FATE, Alejandro Pérez Cárrega.

Recondo ocultó que el postulante se había desempeñado en el tribunal especial conocido como El Camarón, que el Congreso disolvió en 1973. “Hay que darle a la gente la oportunidad de cambiar. Si nos ponemos a escarbar el pasado de cada uno, no queda nadie”, dijo cuando se hizo público. Dos décadas después, ya como presidente de la Asociación de Magistrados, Recondo proclamó durante un acto de la Corte Suprema que el reclamo del entonces presidente Néstor Kirchner para que no se siguieran demorando las causas por violaciones a los derechos humanos constituía un “avasallamiento grotesco de la justicia”. La Corte lo respaldó con una declaración sin firma, según la cual el control republicano debe “respetar la honorabilidad e independencia judicial”.

Ahora, Recondo encabeza el bloque de jueces, abogados y legisladores radicales en el Consejo de la Magistratura. Además integra la Cámara Federal en lo Civil y Comercial, participó en el sorteo manual de un juez jubilado para fallar en favor del Grupo Clarín contra la constitucionalidad de tres artículos de la ley de medios y su hija Ana es coordinadora de Certal, la entidad de lobby que sostienen los operadores de cable, entre ellos el Grupo Clarín.

La lista Bordó de Cabral se impuso por muy pocos votos a la Celeste, que postulaba a la camarista del trabajo Gabriela Vázquez (la primera mujer candidata a ese cargo) y que se propone democratizar la Asociación. Nueve de los once consejeros Bordó son hombres, mientras cinco de los nueve consejeros Celeste son mujeres. Contra la fantasía de Lorenzetti sobre una judicatura monolítica, los celestes no asistieron a la comida de fin de año de la Asociación, en disidencia por la invitación a representantes de Certal y a la exclusión del presidente del Consejo de la Magistratura, Manuel Urriza, y el ministro de Justicia, Julio Alak. Los celestes propusieron que la Asociación despojara al presidente de la facultad discrecional para invitar y excluir a quien le venga en gana.

La Junta Federal de Cortes y Tribunales Superiores (Jufejus) es conducida por Luis Francisco Lozano, presidente del Tribunal Superior porteño. Antes, fue director de Asuntos Jurídicos de Recondo en la subsecretaría de Justicia del gobierno radical. Cuando asumió en Jufejus, se comprometió a priorizar el trabajo en materia de independencia judicial pero, en flagrante contradicción, encomió el rumbo trazado por el titular saliente, Rafael Francisco Gutiérrez, que es el antimodelo de la independencia: fue designado en la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe por su primo, el entonces gobernador Carlos Reutemann y durante su gestión Jufejus firmó convenios con la Asociación de Aseguradores Argentinos (Adeaa), para que también jueces supremos provinciales pudieran viajar a Fort Lauderdale, Miami y Washington con el pretexto de los cursos de capacitación que dicta la International Judicial Academy (IJA), para jueces de países de Asia, Africa, América y el ex bloque comunista europeo en los que Estados Unidos y sus empresas quieren influir.

Esta IJA (del american way) es una organización dedicada a propagar entre jueces de todo el mundo los valores del Consenso de Washington, que identifican democracia representativa con apertura de mercados. La IJA tiene dos sedes, una en Washington y la otra en Buenos Aires, que funciona en la Asociación de Magistrados y está a cargo de Ricardo Li Rosi, juez nacional en lo civil. Sus programas incluyen visitas a los tribunales y a la Oficina de Marcas y Patentes estadounidenses, como ha sido denunciado por la cámara latinoamericana que agrupa a laboratorios que producen medicamentos genéricos. Buena parte de los seminarios a los que asisten jueces argentinos suelen congregar también a hombres de negocios, como el seminario sobre Seguros y Justicia dictado en Washington en 2008 y 2009 para jueces y ejecutivos de seguros de la Argentina; o el programa sobre “Regulación del Gobierno y Justicia” al que asistieron en la capital estadounidense jueces, abogados y ejecutivos de negocios de la Argentina y México en octubre de 2009. En septiembre de 2010 se dictó un curso en Mendoza y San Juan sobre un tema de estricta actualidad: las medidas cautelares.

 La cuidada página electrónica de la IJA no explica cómo se financian sus costosas actividades, que incluyeron viajes y estadía en distintos países del mundo para 4387 jueces.

Pero los cursos son promovidos por las embajadas de EE.UU. y, en la Argentina, por la Cámara de Empresas Estadounidenses, AmCham. Li Rosi tuvo sus 15 minutos de fama en 2007, cuando la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil determinó que la responsabilidad por un accidente en un ascensor en el que no se había reemplazado la puerta tijera era compartida entre el consorcio y la nena de dos años que puso el pie donde no debía, por lo cual debió ser operada siete veces. En julio de 2011 el fiscal federal Federico Delgado pidió que se investigara a los camaristas del fuero civil y comercial federal Ricardo Víctor Guarinoni y Santiago Kiernan (dos de los que viajaron con Francisco de las Carreras y Recondo al congreso de Certal), Patricia Barbieri y Ana María Brilla De Serrat por haber dictado resoluciones favorables a Google a cambio de dinero o dádivas.

 La denuncia por prevaricato y cohecho fue presentada por el abogado de las actrices Virginia Da Cunha y Florencia Raggi que reclamaban daños y perjuicios a Google, en cuyos buscadores online se las asoció con contenidos sexuales. Antes de revocar dos fallos a favor de Da Cunha y Raggi, los cuatro camaristas habrían participado de una reunión en las oficinas de Google, cuya llegada a la sede den Puerto Madero fue filmada por el denunciante. En el video se reconoce a Ricardo Li Rosi, quien reconoció haber asistido, según dijo, para una actividad de capacitación técnica de la IJA. Según la denuncia a cada concurrente a la reunión, Google les regaló una tablet. El juez Sergio Torres y la sala II de la Cámara Federal sobreseyeron a los cuatro magistrados, porque su imagen no aparece en el video y Li Rosi declaró que no participaron de la actividad, típica de la relación promiscua entre magistrados y empresas.

La Federación Argentina de la Magistratura (FAM) es presidida por el camarista cordobés Víctor María Vélez, protegido del grupo de penalistas radicales de José Ignacio Cafferata Nores y José Buteler, ministro y defensor respectivamente de Eduardo Angeloz. Como Presidente de la Asociación de Magistrados de Córdoba, defendió los privilegios estamentales, gracias a lo cual el gobernador José De la Sota exceptuó a los jueces de su reformas previsionales. Su antecesor en FAM fue el juez penal de Salta Abel Fleming, a quien el ex diputado de la UCR Fernando Chamorro calificó como “sirviente de la dictadura militar” alegando que aún conserva el estado policial obtenido cuando estuvo a cargo de la División de Investigaciones Científicas de la Policía, donde creó una División de Drogas. Como presidente de la Cámara Séptima de Córdoba, Vélez juzgó a 59 personas por el motín de febrero del 2005 en el penal San Martín. Sólo cuatro fueron absueltos y las condenas ejemplificadoras no exceptuaron a aquellos reclusos que hicieron todo lo posible por pacificar la situación. De la Sota dijo entonces que “los derechos humanos son para los decentes”, y Vélez lo tuvo bien en cuenta como fuente del derecho. El fallo señaló falencias del Estado entre las causas del motín, pero no dio un solo paso para individualizar y juzgar a los responsables de que un edificio del siglo XIX para 600 personas recibiera al triple; de que una cárcel enclavada en el tejido urbano albergara a condenados, más propensos al motín y la fuga, mientras la de alta seguridad construida en Bower se reservaba a procesados; de que los reclusos hubieran manejado ametralladoras y fusiles, que sustrajeron de la armería del penal, donde no deberían haber estado; de que se abriera fuego sin medir las consecuencias y causando ocho muertes.

Si Cabral, Recondo, Li Rosi, Lozano, Fleming o Vélez son los defensores de la independencia judicial, puede anticiparse que el lenguaje será condenado a reclusión perpetua.


Horacio Verbitsky
Los jueces quieren saber

martes, 11 de diciembre de 2012

+ de 200 x JUSTICIA





Más de 200 magistrados y funcionarios judiciales de distintos fueros de todo el país firmaron una solicitada en la que rechazaron el comunicado emitido la semana pasada por la Junta Federal de Cortes, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y la Federación Argentina de la Magistratura.

En el texto, los jueces, fiscales, defensores y funcionarios de la justicia que firman sostienen que, aunque forman parte de dichas organizaciones, "no nos sentimos representados por el contenido del comunicado", y los mueve "el propósito de reconciliar al Sistema de Administración de Justicia con la ciudadanía".



Solicit Ada



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