domingo, 30 de diciembre de 2012

CRIMINOLOGÍA MEDIÁTICA HOY





La interpretación criminológica de campo y su muestra dinámica contradicen a la criminología mediática

Este informe que expone la Corte Suprema de Justicia de la Nación observa que el sistema corporativo de medios editorializa y difunde sólo homicidios dolosos de primera y esconde aquellos que considera de segunda, a pesar de que estos últimos representan el mayor porcentaje, por lejos, dentro de todos los casos ocurridos en Capital Federal y los departamentos judiciales de La Plata y San Martín. Esta maniobra, no menos dolosa, la establece la criminología mediática por medio de la invisibilización de esas muertes violentas porque en la trastienda de su poder intenta esconder una economía violenta de subsistencia donde se paga poco salario y se genera mayor renta para la clase dominante. Sólo este Estado generador de un proyecto nacional, popular y democrático, promotor de la inclusión social y el reparto equitativo de la riqueza, enfrentando a las corporaciones y al carácter establecido del poder fáctico podrá prevenir la publicitada inseguridad...







sábado, 22 de diciembre de 2012

AJUSTARSE A DERECHO







La aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual volvió a abrir el debate sobre los casos de empresas que ejercen una posición dominante, los oligopolios y monopolios.

La judicialización del artículo 161, que establece la adecuación de las empresas que tengan más licencias de las permitidas, pareciera plantear que esta norma es casi un invento argentino. Sin embargo, no es la primera vez en la historia que un grupo económico debe ajustarse a derecho. Los ejemplos recorren el mundo de los negocios desde hace varios años. Desde Microsoft hasta la argentina Quilmes, varios son los casos de empresas que se vieron obligadas a adecuarse, en algunos casos a desinvertir.

Uno de los casos más recordados es el de la compañía petrolera Standard Oil en New Jersey, Estados Unidos.

En 1911, la Corte Suprema ordenó a la petrolera que se dividiera en 34 unidades independientes. Fue acusada de monopolizar la industria petrolera, destruir a sus rivales mediante el uso de recortes predatorios en los precios y aumentar los precios a los consumidores. La medida tuvo carácter retroactivo, porque la ley es posterior a la situación, pero los daños regían hacia el futuro. Standard Oil se vio obligada a desarmar su cadena, porque el producto de un eslabón era el insumo de otro.

El caso de AT&T es otro de los más famosos casos de aplicación de un régimen antimonopólico. Se origina por varias demandas presentadas por el gobierno norteamericano, que llegan a la Corte Suprema en 1974 y termina con el nacimiento de las siete Baby Bell. La orden fue separar todas las instalaciones, personal y libros de contabilidad, la terminación de los contratos de licencia entre AT&T y las otras compañías. El plazo que impuso la Corte norteamericana fue de seis meses para la presentación de la propuesta de desinversión y un año para su ejecución.

Otro ejemplo más reciente es el de Microsoft. La compañía fundada en 1975 por Bill Gates siempre ha sido criticada por realizar prácticas monopólicas y hasta fue llevada ante la Comisión Europea y el Departamento de Justicia de Estados Unidos. Finalmente, Microsoft fue obligada a desensamblar el sistema operativo con el aplicativo y traspasar activos y personal. El plazo acordado fue de un año. Lo que son las cosas del destino, hoy es Google la compañía que está siendo investigada por prácticas monopólicas en Estados Unidos y Europa.

Pero la lista no termina: la agencia Associated Press fue obligada a abrir sus despachos a quienes no eran sus socios; Citizen Publishing Co. fue obligada en 1969 a dividir lo que se llama facilidades esenciales en una operación conjunta de dos diarios, y American Tobacco Company creó una gran compañía tabacalera diversificada mediante fusiones con pequeñas compañías y por orden del Tribunal Supremo fue dividida por ejercer posición monopólica en el mercado.

En la Argentina, la lupa también se puso en varios casos de empresas que ejercían una relación desigual con sus competidores. Federico Paluszkiewicz, gerente de Comunicaciones Externas de Cervecería y Maltería Quilmes, explica el caso de la cervecera: “Por la fusión de Brahma/Quilmes, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) requirió a la compañía que realice la desinversión de las marcas Palermo, Bieckert e Imperial, la cervecería de Luján y la maltería de Llavallol, requerimiento que se perfeccionó en el año 2007”. La ley antimonopolio obligó a la cervecera Quilmes a desprenderse de sus marcas, tras ser adquirida por el grupo brasileño Ambev. El motivo es que ambas firmas pasaban a controlar el 80 por ciento del mercado cervecero de la Argentina

Los segmentos donde se dirimen estas cuestiones pertenecen a todos los rubros. En septiembre de 2011, después de ocho años de negociaciones, el grupo mexicano Bimbo se convirtió en el dueño del ciento por ciento del paquete accionario de Fargo. Luego de pasar por varias manos, Fargo fue adquirida por Chico Pardo, que primero vendió un 30 por ciento a Bimbo y luego el 70 por ciento restante. La operación estuvo bajo la lupa de la Comisión de Defensa de la Competencia que obligó a los mexicanos a vender la marca Lactal y luego a Fargo a desprenderse de Sacaan, Trigoro y una de las plantas de la empresa en San Martín. El comprador para estas últimas marcas y la planta fue la Panificadora Balcarce, empresa de la familia Sanabria. Según datos del 2011, la unificación de Bimbo y Fargo marca el control de más del 60 por ciento de los panificados del país.

En diferente rubro, cuando la brasileña Camargo Correa se hizo cargo de la textil argentina Alpargatas, fue notificada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia de que debía vender la marca Pampero, al ser también propietarios de la marca Ombú. Tras varias idas y vueltas y cruces entre sus accionistas, finalmente Pampero fue adquirida por el grupo encabezado por Gabo Nazar, dueño de Cardón.

Allá lejos y hace tiempo, la fusión entre las multinacionales Pernod Ricard y Allied Domecq también fue condicionada por Defensa de la Competencia en 2005. Para ser aprobada, debieron vender la marca Bols.

Y los casos no terminan, incluyen a empresarios de la talla de Gregorio Pérez Companc en petróleo, a empresas de electricidad como Endesa y a compañías como Paramount. No es novedoso que empresas desinviertan. Lo claro es que desinversión no es igual a expropiación. Y tampoco, desprenderse de parte de la compañía no es un daño cuando la empresa estaba ejerciendo una posición de abuso de posición dominante, devorándose a la competencia.

Para Graciana Peñafort, abogada que formó parte de la AFSCA, la situación es clara: “Clarín plantea que se respeten sus derechos adquiridos en la fusión Cablevisión-Multicanal, desconociendo que en materia de licencias de radiodifusión fue rechazada por el entonces Comfer mediante la resolución 577/2010. También fue rechazada por haber incumplido las condiciones por la resolución 113/2010 del Ministerio de Economía, esta última con medidas cautelares. Bajo ninguna norma legal Clarín puede tener la proporción de mercado que tiene actualmente. Su problema ya no son las leyes, sino que no hay ningún marco legal que le permita mantener una estrategia de negocios basada en la posición dominante del mercado. Basta para ello remarcar que en todos los casos la fusión terminó siendo rechazada sin necesidad de invocar ninguna norma de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”.

 Si bien el ex presidente Néstor Kirchner había aprobado la integración económica de ambas empresas, estaba supeditada al cumplimiento de determinadas condiciones y haciendo la salvedad de que en materia de radiodifusión debería intervenir el Comfer a posteriori. Los puntos que estaban bajo la lupa eran aspectos tarifarios, de competencia, aspectos de servicios especiales (gratuitos) y aspectos de inversiones. Finalmente la fusión fue rechazada y el Comfer puntualizó como base la superposición geográfica de licencias permitidas por localidad.

Desinvertir no es nuevo, ni en la Argentina ni en el mundo. Sólo hay que tener voluntad de respetar las leyes vigentes.


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A confesión de parte…
Por Graciana Peñafort

Abogada


Durante el largo proceso judicial en el cual el Grupo Clarín ha impugnado la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, se ha discutido mucho –tal vez demasiado– derecho procesal y poco los aspectos de fondo.

La directa vinculación entre pluralidad de fuentes de acceso a la información y libertad de expresión, así como también la relación inversamente proporcional entre esta libertad de expresión e información y la existencia de monopolios u oligopolios mediáticos, es tal vez el más importante de esos aspectos medulares de la discusión.

El Grupo Clarín ha preferido soslayar estos conceptos, y fijar el eje de la discusión judicial no en la libertad de expresión –eje su posición pública– sino en el derecho de propiedad y los derechos adquiridos.


Aporta a este debate recordar que en octubre de 2007, en el Prospecto de Emisión de Acciones Clase B, manifestaba ante sus inversores la empresa que: “…las subsidiarias de la Sociedad, en ciertos casos no han cumplido o puede que se considere que no han cumplido algunas disposiciones de la Ley de Radiodifusión. Entre otras cosas, las subsidiarias de la Sociedad, Cablevisión y Multicanal, tienen licencias de televisión por cable que se superponen geográficamente, posiblemente en violación de la Ley de Radiodifusión; (…) Como consecuencia de no haber cumplido o de que se considere que la Sociedad no ha cumplido con la Ley de Radiodifusión, pueden imponerse sanciones a la Sociedad que van desde llamados de atención a la revocación de sus licencias de radiodifusión y la invalidación de ciertas medidas societarias”. Agregaba este prospecto: “La Sociedad está obligada a desprenderse de licencias de radiodifusión en caso de superposición geográfica”.

Los incumplimientos a las normas y la obligación de adecuarse ya eran expresamente reconocidos por la empresa. Y no existe medida cautelar ni alquimia jurídica que permita transformar en derechos adquiridos lo que era, ya en la regulación anterior, lisa y llanamente incumplimiento de la ley.


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La ley de medios ya está en la Corte

El gobierno nacional acudió esta semana a la Corte Suprema para solicitarle que defina la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada hace tres años y bloqueada desde entonces por una medida cautelar interpuesta por el Grupo Clarín que se niega a desinvertir, tal como lo establece el artículo 161 de la norma aprobada por el Parlamento.

Se trata de un pedido de per saltum, el mecanismo aprobado hace un mes por el Congreso que permite que el máximo tribunal intervenga directamente, salteando a la Cámara Civil y Comercial para decidir sobre la constitucionalidad de los artículos 45 y 161, objetados por el multimedios Clarín. El per saltum establece que la Corte “podrá rechazar el recurso sin más trámite si no se observaren prima facie los requisitos de su procedencia”.

El ministro de Justicia, Julio Alak, justificó la decisión del Ejecutivo nacional de acudir al per saltum en que “nadie puede negar que esta causa es de gravedad institucional, excede el interés de las dos partes e involucra a toda la sociedad”. El ministro pidió además que “se ponga punto final” a un conflicto de tres años, que se reavivó el martes, cuando la Justicia aceptó la apelación presentada por Clarín al fallo de primera instancia que el viernes ratificó la constitucionalidad de la ley.

El Poder Ejecutivo recurrió a la Corte argumentando “la gravedad institucional” que implica que no pueda aplicarse una ley sancionada por el Congreso y que además tiene el respaldo de un fallo de primera instancia. El recurso de per saltum se suma al recurso extraordinario presentado por el Estado y concedido por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, en el que se solicita la revocación de la medida cautelar dictada por ese tribunal el 6 de diciembre en contra de lo dispuesto por el máximo tribunal el 22 de mayo.

Al respecto, Martín Sabbatella, titular de la AFSCA, manifestó que “ahora el máximo tribunal del país tiene en sus manos las dos cuestiones vinculadas a la aplicación de esta ley: la medida cautelar, vía recurso extraordinario, y la constitucionalidad, vía el per saltum”.

Al cierre de esta edición la Corte debía decidir si acepta o rechaza el pedido de per saltum del Gobierno. En caso de aceptarlo, debe pedirle dictamen a la Procuración General de la Nación y luego dictar un fallo definitivo sobre la validez o no de la norma en los artículos referidos a la cantidad de licencias permitidas para cada grupo económico y la desinversión que establece el artículo 161 para las señales excedentes.

Una cautelar interpuesta por Clarín mantiene en suspenso la aplicación de los artículos 45 y 161 de la Ley de Medios. El artículo 45 establece el límite de licencias que puede poseer un mismo licenciatario. Cada titular no puede tener más de diez licencias de radio y televisión abierta, y 24 licencias (una por localidad) para los operadores de televisión por cable. Además, establece que en una misma localidad se puede tener una radio AM y una FM, o dos FM si hay más de ocho licencias en esa ciudad, pero en ningún caso más de tres licencias de radio por ciudad. Tampoco se puede poseer en una misma localidad una estación de televisión por cable y otra de televisión abierta. Entre otros topes, fija una cuota de mercado máxima de 35 por ciento. En tanto, el artículo 161 fija un plazo de un año para que los grupos de medios se adecuen a la ley mediante la transferencia o un plan de desinversión de las licencias excedentes.

Hasta ahora, excepto Clarín, todos los multimedios con presencia en el país presentaron un plan de adecuación voluntaria a la Ley de Medios. En ese marco y tras el fallo de primera instancia del juez Horacio Alfonso a favor de la constitucionalidad de la norma, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, se presentó el lunes 17 en la sede del Grupo Clarín, en la calle Piedras al 1700, acompañado por una escribana y otros funcionarios para “notificar el inicio de la transferencia de oficio” de las empresas de las que el multimedios debe desprenderse: aproximadamente 200.








domingo, 16 de diciembre de 2012

LA CANALLA JUDICIAL






Miembros de la Asociación de Magistrados, de la Federación Argentina de la Magistratura y de la Junta Federal de Cortes y Tribunales Superiores preguntarán a sus autoridades cómo se decidió, quiénes redactaron y aprobaron y por qué se publicó sin ninguna firma el virulento comunicado del viernes 7 contra el gobierno a raíz de las denuncias contra camaristas acusados de vinculación con el Grupo Clarín.

La Asociación de Magistrados es presidida por el camarista penal Luis María Cabral. El fiscal general Jorge Auat lo señaló como un pernicioso ejemplo de shopping forum por su designación para integrar una sala de la Cámara de Casación Penal, sin sorteo y sin respetar el orden de prelación fijado por la ley de subrogancias. Pero la Cámara lo confirmó, con la única disidencia de Alejandro Slokar. Sigue llevando la voz cantante en la Asociación su ex presidente Ricardo El Piojo Recondo, otro especialista en la designación de jueces a dedo y el principal gestor del conflicto de la judicatura con el gobierno nacional por el caso Clarín, en el que tiene interés personal.

Subsecretario de Justicia durante el primer gobierno de la UCR y miembro del equipo judicial de la SIDE que operaba sobre los jueces, en 1988 Recondo impulsó la designación de Juan Rodríguez Basabilvaso como camarista federal, para terminar con los juicios por violaciones a los derechos humanos. Su nombre surgió en la sobremesa del lobby militar-judicial-empresarial que se reunía los fines de semana en la quinta del Gerente de Relaciones Públicas del Grupo Económico FATE, Alejandro Pérez Cárrega.

Recondo ocultó que el postulante se había desempeñado en el tribunal especial conocido como El Camarón, que el Congreso disolvió en 1973. “Hay que darle a la gente la oportunidad de cambiar. Si nos ponemos a escarbar el pasado de cada uno, no queda nadie”, dijo cuando se hizo público. Dos décadas después, ya como presidente de la Asociación de Magistrados, Recondo proclamó durante un acto de la Corte Suprema que el reclamo del entonces presidente Néstor Kirchner para que no se siguieran demorando las causas por violaciones a los derechos humanos constituía un “avasallamiento grotesco de la justicia”. La Corte lo respaldó con una declaración sin firma, según la cual el control republicano debe “respetar la honorabilidad e independencia judicial”.

Ahora, Recondo encabeza el bloque de jueces, abogados y legisladores radicales en el Consejo de la Magistratura. Además integra la Cámara Federal en lo Civil y Comercial, participó en el sorteo manual de un juez jubilado para fallar en favor del Grupo Clarín contra la constitucionalidad de tres artículos de la ley de medios y su hija Ana es coordinadora de Certal, la entidad de lobby que sostienen los operadores de cable, entre ellos el Grupo Clarín.

La lista Bordó de Cabral se impuso por muy pocos votos a la Celeste, que postulaba a la camarista del trabajo Gabriela Vázquez (la primera mujer candidata a ese cargo) y que se propone democratizar la Asociación. Nueve de los once consejeros Bordó son hombres, mientras cinco de los nueve consejeros Celeste son mujeres. Contra la fantasía de Lorenzetti sobre una judicatura monolítica, los celestes no asistieron a la comida de fin de año de la Asociación, en disidencia por la invitación a representantes de Certal y a la exclusión del presidente del Consejo de la Magistratura, Manuel Urriza, y el ministro de Justicia, Julio Alak. Los celestes propusieron que la Asociación despojara al presidente de la facultad discrecional para invitar y excluir a quien le venga en gana.

La Junta Federal de Cortes y Tribunales Superiores (Jufejus) es conducida por Luis Francisco Lozano, presidente del Tribunal Superior porteño. Antes, fue director de Asuntos Jurídicos de Recondo en la subsecretaría de Justicia del gobierno radical. Cuando asumió en Jufejus, se comprometió a priorizar el trabajo en materia de independencia judicial pero, en flagrante contradicción, encomió el rumbo trazado por el titular saliente, Rafael Francisco Gutiérrez, que es el antimodelo de la independencia: fue designado en la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe por su primo, el entonces gobernador Carlos Reutemann y durante su gestión Jufejus firmó convenios con la Asociación de Aseguradores Argentinos (Adeaa), para que también jueces supremos provinciales pudieran viajar a Fort Lauderdale, Miami y Washington con el pretexto de los cursos de capacitación que dicta la International Judicial Academy (IJA), para jueces de países de Asia, Africa, América y el ex bloque comunista europeo en los que Estados Unidos y sus empresas quieren influir.

Esta IJA (del american way) es una organización dedicada a propagar entre jueces de todo el mundo los valores del Consenso de Washington, que identifican democracia representativa con apertura de mercados. La IJA tiene dos sedes, una en Washington y la otra en Buenos Aires, que funciona en la Asociación de Magistrados y está a cargo de Ricardo Li Rosi, juez nacional en lo civil. Sus programas incluyen visitas a los tribunales y a la Oficina de Marcas y Patentes estadounidenses, como ha sido denunciado por la cámara latinoamericana que agrupa a laboratorios que producen medicamentos genéricos. Buena parte de los seminarios a los que asisten jueces argentinos suelen congregar también a hombres de negocios, como el seminario sobre Seguros y Justicia dictado en Washington en 2008 y 2009 para jueces y ejecutivos de seguros de la Argentina; o el programa sobre “Regulación del Gobierno y Justicia” al que asistieron en la capital estadounidense jueces, abogados y ejecutivos de negocios de la Argentina y México en octubre de 2009. En septiembre de 2010 se dictó un curso en Mendoza y San Juan sobre un tema de estricta actualidad: las medidas cautelares.

 La cuidada página electrónica de la IJA no explica cómo se financian sus costosas actividades, que incluyeron viajes y estadía en distintos países del mundo para 4387 jueces.

Pero los cursos son promovidos por las embajadas de EE.UU. y, en la Argentina, por la Cámara de Empresas Estadounidenses, AmCham. Li Rosi tuvo sus 15 minutos de fama en 2007, cuando la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil determinó que la responsabilidad por un accidente en un ascensor en el que no se había reemplazado la puerta tijera era compartida entre el consorcio y la nena de dos años que puso el pie donde no debía, por lo cual debió ser operada siete veces. En julio de 2011 el fiscal federal Federico Delgado pidió que se investigara a los camaristas del fuero civil y comercial federal Ricardo Víctor Guarinoni y Santiago Kiernan (dos de los que viajaron con Francisco de las Carreras y Recondo al congreso de Certal), Patricia Barbieri y Ana María Brilla De Serrat por haber dictado resoluciones favorables a Google a cambio de dinero o dádivas.

 La denuncia por prevaricato y cohecho fue presentada por el abogado de las actrices Virginia Da Cunha y Florencia Raggi que reclamaban daños y perjuicios a Google, en cuyos buscadores online se las asoció con contenidos sexuales. Antes de revocar dos fallos a favor de Da Cunha y Raggi, los cuatro camaristas habrían participado de una reunión en las oficinas de Google, cuya llegada a la sede den Puerto Madero fue filmada por el denunciante. En el video se reconoce a Ricardo Li Rosi, quien reconoció haber asistido, según dijo, para una actividad de capacitación técnica de la IJA. Según la denuncia a cada concurrente a la reunión, Google les regaló una tablet. El juez Sergio Torres y la sala II de la Cámara Federal sobreseyeron a los cuatro magistrados, porque su imagen no aparece en el video y Li Rosi declaró que no participaron de la actividad, típica de la relación promiscua entre magistrados y empresas.

La Federación Argentina de la Magistratura (FAM) es presidida por el camarista cordobés Víctor María Vélez, protegido del grupo de penalistas radicales de José Ignacio Cafferata Nores y José Buteler, ministro y defensor respectivamente de Eduardo Angeloz. Como Presidente de la Asociación de Magistrados de Córdoba, defendió los privilegios estamentales, gracias a lo cual el gobernador José De la Sota exceptuó a los jueces de su reformas previsionales. Su antecesor en FAM fue el juez penal de Salta Abel Fleming, a quien el ex diputado de la UCR Fernando Chamorro calificó como “sirviente de la dictadura militar” alegando que aún conserva el estado policial obtenido cuando estuvo a cargo de la División de Investigaciones Científicas de la Policía, donde creó una División de Drogas. Como presidente de la Cámara Séptima de Córdoba, Vélez juzgó a 59 personas por el motín de febrero del 2005 en el penal San Martín. Sólo cuatro fueron absueltos y las condenas ejemplificadoras no exceptuaron a aquellos reclusos que hicieron todo lo posible por pacificar la situación. De la Sota dijo entonces que “los derechos humanos son para los decentes”, y Vélez lo tuvo bien en cuenta como fuente del derecho. El fallo señaló falencias del Estado entre las causas del motín, pero no dio un solo paso para individualizar y juzgar a los responsables de que un edificio del siglo XIX para 600 personas recibiera al triple; de que una cárcel enclavada en el tejido urbano albergara a condenados, más propensos al motín y la fuga, mientras la de alta seguridad construida en Bower se reservaba a procesados; de que los reclusos hubieran manejado ametralladoras y fusiles, que sustrajeron de la armería del penal, donde no deberían haber estado; de que se abriera fuego sin medir las consecuencias y causando ocho muertes.

Si Cabral, Recondo, Li Rosi, Lozano, Fleming o Vélez son los defensores de la independencia judicial, puede anticiparse que el lenguaje será condenado a reclusión perpetua.


Horacio Verbitsky
Los jueces quieren saber

martes, 11 de diciembre de 2012

+ de 200 x JUSTICIA





Más de 200 magistrados y funcionarios judiciales de distintos fueros de todo el país firmaron una solicitada en la que rechazaron el comunicado emitido la semana pasada por la Junta Federal de Cortes, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y la Federación Argentina de la Magistratura.

En el texto, los jueces, fiscales, defensores y funcionarios de la justicia que firman sostienen que, aunque forman parte de dichas organizaciones, "no nos sentimos representados por el contenido del comunicado", y los mueve "el propósito de reconciliar al Sistema de Administración de Justicia con la ciudadanía".



Solicit Ada



martes, 27 de noviembre de 2012

27 de NOVIEMBRE






La Corte rechazó el pedido de Clarín para extender la cautelar que frena la Ley de Medios

Con esta decisión tomada in límine -es decir que ni se trató el pedido-, el máximo tribunal ratificó el 7 de diciembre como fecha para la entrada vigencia de la cláusula de desinversión incluida en el artículo 161 de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que también fija la cantidad de licencias que puede tener cada empresa. Además, exigió al juez de primera instancia "el inmediato dictado" de una "sentencia definitiva" y exhortó a la Cámara Civil y Comercial Federal que resuelva, en un "lapso perentorio", el planteo del multimedio que está pendiente a raíz de las marchas y contramarchas para conformar la Sala Primera de ese tribunal.


Con la firma de los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco, Fayt, Petracchi, Maqueda, Argibay y Zaffaroni la Corte resolvió lo siguiente:

1°) Requerir al juez de primera instancia (juez Horacio Alfonso) el inmediato dictado de la sentencia definitiva. Con ese objeto, cualquier incidente que planteen las partes o terceros deberá ser interpretado restrictivamente en función de la rápida finalización del proceso; además, el juez de la causa deberá exigir a las partes y terceros el cumplimiento estricto del deber de buena fe procesal, adoptando las medidas necesarias para prevenir conductas obstruccionistas y, en su caso, aplicar las sanciones que correspondiesen.

2°) Requerir a la Cámara Nacional de Apelaciones en la Civil y Comercial Federal, Sala I, que ordene formar un legajo de capias de la causa en trámite ante su sede a fin de ser enviada al juzgado interviniente, para el caso de que le fueran solicitadas dichas actuaciones.

3°) Hacer saber a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que, previo cumplimiento de las citaciones correspondientes, deberá proceder con carácter urgente al sorteo de los jueces subrogantes requeridos.

4°) Convocar de inmediato a la sede de esta Corte a los presidentes de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal y de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, y al juez subrogante del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal n° 1, a fin de notificarlos personalmente de la presente.

5°) Ordenar la habilitación de días y horas que fueran menester para el cumplimiento de todos estos actos, incluyendo el dictado de la sentencia definitiva.



1
Vea el fallo completo



2
RESOLUCION COMPLEMENTARIA
DONDE RECHAZA EL PEDIDO DE AMPLIAR LA CAUTELAR:
Fallo de la Corte Suprema contra la cautelar de Clarìn.



3
LA CORTE DICTAMINA EL 7D
Ley de Medios 161 Corte Suprema - fallo 22/05/2012


lunes, 26 de noviembre de 2012

LA CÁSCARA DE HUEVO





 






La tregua Israel/Gaza concertada el miércoles pasado tiene la consistencia de una cáscara de huevo. No hay acuerdo firmado y, salvo el alto al fuego entre las partes obtenido gracias a la mediación del presidente egipcio, Mohamed Mursi, queda mucho por discutir. Por lo pronto, Tel Aviv, aunque ha licenciado a miles de reservistas, mantiene un cerco militar no despreciable en torno de Gaza. El premier israelí Benjamin Netanyahu precisó que reanudará las operaciones contra el territorio palestino si las negociaciones diplomáticas fracasan.

Son difíciles. El punto C del trato establece que, a partir de las 24 horas del cese de las hostilidades, deberán comenzar las conversaciones sobre el libre movimiento de personas y mercancías palestinas a través del cerco israelí. No parece probable que Israel acepte esta demanda sin regulaciones limitativas. En las conversaciones que Hillary Clinton mantuvo con Netanyahu ni siquiera se mencionó el tema de las condiciones de vida de los habitantes de Gaza, ni el cese de las ejecuciones extrajudiciales de miembros y dirigentes de Hamas que Israel practica, aunque los “daños colaterales” sean altos. (www.nytimes.com, 21/11/12).

El ataque israelí se produjo con el argumento de siempre: que Hamas bombardeaba con misiles el territorio de Israel. En este caso, sin embargo, las cosas comenzaron de otra manera y la periodista Pam Bailey las detalla (//mondoweiss.net, 20/11/12). El 4 de noviembre un palestino mentalmente discapacitado merodeaba por una zona prohibida impuesta por Tel Aviv en territorio de Gaza y fue ejecutado; Hamas respondió con un misil que no causó víctima alguna. El 8 de noviembre cuatro tanques y un bulldozer de Israel entraron en Gaza y causaron la muerte de un niño de 13 años que estaba jugando con una pelota frente a su casa. El 10 de noviembre, Hamas arrojó dos cohetes en territorio israelí y un misil antitanque contra un jeep que había entrado en Gaza, hiriendo a cuatro soldados; las tropas israelíes mataron a cuatro civiles e hirieron a 49, incluyendo a diez niños. Siguieron incidentes parecidos hasta que el 13 se anunció una tregua. Pese a la cual, el día 14 Israel inició su ataque que duró ocho días. El saldo: más de 140 palestinos muertos y casi mil heridos; cinco israelíes muertos y algunos heridos.

Tel Aviv resolvió en junio de 2007 establecer el cerco a Gaza, ya severamente controlada, cuando Hamas ganó las elecciones. Un informe de la Oficina de las Naciones Unidas encargada de los asuntos humanitarios en los territorios palestinos –titulado “Cinco años de bloqueo: la situación humanitaria en la Franja de Gaza”– confirma los hechos siguientes: el 34 por ciento de la población está en paro; el 80 por ciento depende de la ayuda alimentaria del exterior; el PIB por habitante descendió un 17 por ciento en el período 2005/2011; 35 por ciento de las tierras cultivables y un 85 por ciento de las aguas de pesca son parcial o totalmente inaccesible para los palestinos de Gaza en virtud de las restricciones israelíes (www.ochaopte.org, junio de 2012). Como dijo un alto funcionario israelí en su momento, “pondremos a los palestinos a dieta”.

La Casa Blanca apoyó la acción, pese a la presencia de Clinton con declarados “fines pacíficos”. En Bangkok, Obama repitió lo dicho por Netanyahu dos días antes casi palabra por palabra: “Ningún país de la tierra toleraría que llovieran misiles sobre sus ciudadanos desde el extranjero. De modo que apoyamos plenamente el derecho de Israel a defenderse de los misiles que aterrizan en las casas de la gente” (www.cbsnews.com, 18/11/12). Tel Aviv ha coproducido con Washington e instalado un escudo antimisiles móvil que Clinton elogió en su visita a Israel, aunque no parece muy efectivo: de 1500 misiles lanzados sin mayor fortuna por Hamas en este enfrentamiento, sólo hizo explotar en el aire a 421 (www.nbcnews.com, 22/11/12. Clinton explicó a Netanyahu que la tregua era conveniente para, entre otras cosas, fortalecer el sistema antimisiles (www.haaretz.com, 21/11/12).

Un comunicado oficial de la Casa Blanca reafirma esta posición y recoge lo dicho por Obama a Netanyahu en una conversación telefónica: “El presidente dijo que EE.UU. aprovechará la oportunidad del alto al fuego para intensificar sus esfuerzos destinados a ayudar a Israel a satisfacer sus necesidades de seguridad, especialmente en la cuestión del contrabando de armas y explosivos a Gaza”. En otras palabras, el cerco a Gaza continuará. El comunicado agrega que el mandatario estadounidense prometió más apoyo para el escudo antimisiles y otros programas de defensa (www.usatoday.com, 21/11/12). No es poco teniendo en cuenta que, según el Servicio de Investigaciones del Congreso de EE.UU., Washington envió a Tel Aviv, en el año fiscal 2011/2012, 3000 millones de dólares de ayuda militar y se estima que le aportará la misma suma cada año hasta el 2018 (www.fas.org. 12/3/12). La tregua Israel/Gaza tiene nomás la consistencia de una cáscara de huevo e Israel, aún más preparación para atacar a Irán.

“Creo que esto (Gaza) tiene que ver con Irán, en realidad”, dijo el Gran Rabino Jonathan Sacks a la BBC británica sin saber que la audición seguía al aire (www.bbc.co.uk, 16/11/12). La emisora le pidió disculpas, pero estaba dicho.









Norman Finkelstein nos muestra cómo se contesta a la hipocresía y a la estupidez. Parece que esta chica estuvo durante toda la conferencia y no entendió nada. Este clip está extractado de la documental "An American Radical" (2009). El episodio sucedió al final de una conferencia en la Universidad de Waterloo...




jueves, 22 de noviembre de 2012

EL PER SALTUM DE CLARÍN










El Grupo Clarín intenta impedir que la Cámara en lo Civil y Comercial Federal convoque como jueces subrogantes para cubrir dos puestos vacantes a camaristas del fuero en lo Contencioso Administrativo, un camino que prevé la ley.

El tribunal acordó esas designaciones anteayer, porque en la situación actual se encuentra “desintegrado” y sin poder resolver el pedido de ampliación de la medida cautelar que hizo el multimedio para permanecer eximido de la obligación de desprenderse de licencias de radio y televisión según los límites que estableció la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Incluso tiene que decidir, y tampoco puede, el futuro de la recusación contra el camarista Francisco de las Carreras presentada por el Gobierno, que lo denunció por haber viajado a una conferencia en Miami sobre libertad de expresión con invitación de Clarín, lo que pondría en duda su independencia de criterio. Ante la decisión del tribunal de avanzar en la designación de los subrogantes, la empresa Clarín se presentó en la Corte Suprema con un escrito de 37 carillas en el que alega, según informó la agencia DyN, una situación de “indefensión y privación de justicia” y le pide una extensión de la cautelar a la que el propio alto tribunal le puso como fecha de caducidad el 7 de diciembre.

La realidad es que falta muy poco para el 7D (que en rigor, por los días hábiles, es el 10D) y, tal como están dadas las cosas, parece improbable que el ajedrez judicial se mueva demasiado en los próximos días. En cuanto a la Cámara Civil y Comercial, sus integrantes se fueron corriendo del asunto “ley de medios” y sus derivaciones, recusados o excusados, y la única que quedó habilitada para resolver es María Susana Najurieta. Su sala, la número uno, tiene asignado el expediente donde se cuestiona la constitucionalidad de la cláusula de desinversión. Su ex compañero Martín Farrel quedó arrastrado por el escándalo que estalló cuando se supo que, junto a su colega Ricardo Recondo, había hecho un sorteo con papelitos, entre sólo dos nombres, para designar el juez interino del expediente Clarín. Farrel, jubilado, renunció a su puesto de subrogante. El otro integrante de esa sala es De las Carreras, que además de estar denunciado en el Consejo de la Magistratura, es investigado por la Justicia penal por presunto cohecho o dádivas.

Del viaje a Miami participaron también cuatro colegas de De las Carreras, la diferencia es que él ya había fallado dos veces a favor del Grupo Clarín, confirmando la medida cautelar. Suponiendo que la Cámara Civil y Comercial quede en condiciones de resolver la ampliación de la cautelar del multimedio, concederla sería un modo de enfrentar a la Corte Suprema, que dijo que estas medidas provisorias no pueden prolongarse eternamente, porque se convierten en sentencias anticipadas, y fijó el 7 de diciembre. Puertas adentro de la Cámara hay enojo con Recondo, pero a la vez germina un planteo (que iría dirigido a una Comisión de Protección de la Independencia Judicial que lidera la jueza suprema Elena Highton de Nolasco) por la lluvia de denuncias del Ejecutivo contra sus integrantes.

De todos modos, Clarín optó por trasladar el desafío a la Corte, que habrá que ver qué hace. El escrito, según lo difundido por el Grupo, dice que la situación de “indefensión denunciada” está generada por “las recusaciones, excusaciones y renuncias provocadas” por el Estado, “por carecer de la posibilidad de que se conforme un tribunal competente que resuelva en tiempo útil la extensión de la medida cautelar que el 7 de diciembre próximo perderá vigencia”. El pedido a los jueces supremos es que le den “preventivamente la prórroga de la medida cautelar aún vigente, hasta que la Sala I, integrada materialmente por los jueces en lo Civil y Comercial Federal de esta capital, se pronuncie sobre la apelación pendiente”. Por el texto, se deduce que la empresa apunta a que no quieren que se nombren camaristas del fuero Contencioso. Reclaman a los magistrados que “remuevan los obstáculos que impiden la regular conformación de la Sala I”. El problema para Clarín son las denuncias desde el Gobierno contra los jueces. “Los ha recusado o los ha presionado con denunciadas administrativas o penales, forzando sus excusaciones y su temor”, protestan.

Según las normas de subrogancia que se aplican a la Cámara en lo Civil y Comercial (basadas en el decreto 1285/58), cuando las vacantes no las cubren sus propios miembros, se puede recurrir a la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que es lo que sucederá. Ese tribunal avisó al Consejo que sólo tiene sistema informático diseñado para asignar expedientes, pero no para nombrar jueces, y habiendo tantas suspicacias con los sorteos, para ahorrarse un problema pidieron un sistema especial, que está en elaboración. El fuero Contencioso es territorio sensible para los gobiernos, ya que muchos de los juicios contra el Estado van a parar allí. Nueve de los catorce miembros actuales de su cámara de apelaciones fueron nombrados por el kirchnerismo.

En el Consejo de la Magistratura siguen parados por el bloqueo de la oposición los concursos tanto para la cámara como para cinco juzgados civiles y comerciales. Las subrogancias que ejercen jueces del fuero quedarán por ahora como están. Una es la del juez Horacio Alfonso, quien quedó a cargo de resolver la cuestión de fondo de la causa Clarín.

Antes de tomar una decisión de tal magnitud, Alfonso tiene que decidir si acepta a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) como parte en la causa. Sólo una decisión de este juez sobre la discusión constitucional de los artículos 161 y 45 de la ley de medios podría llegar a dar la base para que el Gobierno presente un pedido de per saltum ante la Corte Suprema. Pero por ahora no avanzará. El per saltum, contra todas las especulaciones, no se puede plantear si no es en base a una decisión de primera instancia que se considere comparable a una sentencia definitiva. Y aun así, el máximo tribunal tendrá que evaluar si reviste la “gravedad institucional” suficiente como para adentrarse a analizarlo y pronunciarse. En la Corte ven con buenos ojos que el per saltum se haya reglamentado, pero temen una lluvia de presentaciones de distinto orden. Además, creen que les da a los jueces supremos un enorme poder, que se supone que ellos van a aplicar con mesura, pero a futuro nadie sabe lo que vendrá.




viernes, 16 de noviembre de 2012

Ciccone Vandenbroele Moneta









En una declaración presentada ayer ante el juzgado de Ariel Lijo, Alejandro Vandenbroele, ex presidente de Ciccone Calcográfica, afirma –según consignan fuentes judiciales– que The Old Fund, la empresa que fue controlante de la ex Ciccone hasta su nacionalización, es propiedad del financista Raúl Moneta.

En una declaración en la que expresamente rompe su secreto profesional, el ex titular de Ciccone dice que la financiación fue aportada por Cooperativa de Crédito Marítima del Sur, Federalia Sociedad de Finanzas, Maxifarm y que todos esos aportes de dinero están unificados en cabeza de Mayer Business Corporation, que es propiedad de Raúl Moneta y que fue la misma sociedad que realizó el primer aporte de capital en The Old Fund a través de la accionista uruguaya Dusbel, en octubre de 2010.

En las 110 páginas entregadas en el juzgado de Lijo, Vandenbroele presentó los comprobantes de los giros de dinero y del entramado de sociedades a través de las cuales demostraría que Moneta se garantizó la devolución de los fondos y la familia Ciccone se aseguraba que cuando la empresa se normalizara la recuperaría.

En su presentación judicial, Vandenbroele reitera que no tiene ninguna relación con el vicepresidente Amado Boudou y que todo empezó cuando fue contratado por Guillermo Reinwick, yerno de Nicolás Ciccone. En el texto sostiene que hubo un convenio de confidencialidad para que Vandenbroele trabajara en el salvataje de la calcográfica, la única impresora privada de billetes.

Habrá que ver cómo evalúan el juez Ariel Lijo y el fiscal Jorge Di Lello el texto entregado ayer por el abogado defensor de Vandenbroele, Germán Soria.

Hoy en día, Boudou no aparece señalado en ninguna parte del expediente, pero sus acusadores siempre hicieron sobrevolar la sospecha de que era el verdadero propietario de The Old Fund o que lo era su amigo José María Núñez Carmona. El magistrado y el fiscal tendrían ahora, por primera vez, una larguísima explicación de cómo se hicieron las cosas, pero habrá que ver las pruebas y si la evidencia deja agujeros negros o no.

Vandenbroele afirma que parte del secreto profesional que debía guardar incluía a los financistas del salvataje. Con el escrito de ayer pone fin a ese secreto: según fuentes judiciales, sostiene que detrás del entramado de empresas extranjeras y financieras está, desde el comienzo de la operación, el aval económico de Moneta. Vandenbroele consigna que se recurrió a él por ser experto en la compra de empresas en crisis. Siempre según lo afirmado en el escrito por el ex titular de Ciccone, los acuerdos se hicieron porque la imprenta estaba quebrada y el juez de la quiebra le había entregado la maquinaria al principal competidor, Boldt S.A. Eso colocó a la familia Ciccone al borde de perder todo y por ello Reinwick contrató a Vandenbroele.

Fuentes judiciales describen que Vandenbroele explicó en el texto el origen de los fondos y aportó todos los contratos financieros confidenciales, a la vez que el detalle de todas las empresas por las cuales The Old Fund obtuvo dinero mediante préstamos financieros que fueron depositados en la cuenta bancaria de la empresa del Banco Macro, propiedad de Jorge Brito, y desde la cual se fueron inyectando los fondos para el funcionamiento de la imprenta. En el texto Brito no figura como financista, aunque no deja de ser un dato que el ex gerente del Macro, Máximo Lanusse, terminó siendo parte del directorio de The Old Fund y de Ciccone.

Vandenbroele explicaría en el escrito el papel que cumplieron las sociedades Tierras Internacional Investment (Holanda), Dusbel (Uruguay) y European Advisory Panel (USA) para aportar el dinero para levantar la quiebra y luego mantener la imprenta andando. De acuerdo con su relato, en el entramado de sociedades parte quedó a nombre de Reinwick y parte a nombre de Moneta. Esto –siempre según Vandenbroele– fue confidencial y era la manera en que Moneta se garantizaba la devolución de dinero, con un importante interés, y los Ciccone el reintegro de las acciones cuando la empresa estuviera normalizada. Vandenbroele dice que su ganancia en toda la transacción iban a ser importantes honorarios. De hecho, empezó a cobrarlos de la propia Compañía de Valores Sudamericana (CVS), nuevo nombre de la imprenta, pero que todo naufragó con la nacionalización.

De acuerdo con el relato que figura en la presentación ante Lijo, el objetivo fue salvar a Ciccone de la quiebra. Durante la presidencia de Olga Ciccone –detallaría el texto– se le solicitó a la AFIP, que había pedido la quiebra, un plan de facilidades de pago de la deuda. Es en ese expediente que se le pidió opinión al Ministerio de Economía, entonces a cargo de Boudou. Vandenbroele relata que esa solicitud fue finalmente rechazada y por ello tuvo que actuar él, en su primer acto como presidente de Ciccone. Presentó entonces un segundo plan de pagos de la deuda, que es el que la AFIP aceptó. Vandenbroele defiende su gestión diciendo que las cuotas fueron pagadas y que la empresa se mantuvo andando, en esencia porque contó con el dinero de Moneta, el hombre que a través de The Old Fund habría financiado el rescate.

Todo indica que a Lijo y Di Lello los esperan semanas y semanas de trabajo para evaluar al detalle las implicancias de esta historia y la documentación aportada.



jueves, 15 de noviembre de 2012

LA LEY ES PARA TODOS



















El clima en la conferencia de prensa en la que el titular del AFSCA, Martín Sabbatella, explicó cómo será el proceso de adecuación de los medios audiovisuales después del 7 de diciembre, fue tranquilo y cordial. Pero se vio apenas interrumpido por dos preguntas de enviados del Grupo Clarín, que hicieron una curiosa interpretación tanto de la ley como de los dichos del funcionario.


AFSCA – Estado de situación de los grupos de medios


Alejandro Alfie, periodista del diario Clarín, sostuvo que el 7 de diciembre no vence ningún plazo legal para desinvertir en los medios que exceden lo permitido por la ley y que lo dicho por Sabbatella “era mentira”. Ante eso, el funcionario le contestó que eso era lo planteado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que no estaba faltando a la verdad.

Unos minutos más tarde, el cronista de Todo Noticias (TN), lanzó: “¿Por qué usted cree que ir a la justicia no encuadra dentro del sistema democrático?”. Cuando se le preguntó por qué afirmó eso, el enviado de Clarín reconoció que no estaba dicho con esas palabras en el spot por la ley de medios.

“En ningún momento dije que ir a la justicia no encuadra con el sistema democrático", arrancó Sabbatella. Y continuó: “No lo dije con esas palabras. Sabemos, y es una obviedad, que cualquier ciudadano puede ir a la justicia cuando considera que hay una situación que lo afecta. El estado argentino y el Afsca han sido respetuosos de todos los fallos judiciales y lo seguirá siendo. Una resolución de la Corte dice que el 7D es la fecha limite y dice que como no hay riesgo para la libertad de expresión en el cumplimiento de la ley, se pone una fecha limite a la cautelar porque si no lo tiene funciona resolviendo la cuestión de fondo de quien presento la cautelar”.

“Se construye un relato porque no se quiere decir la verdad, que es: se quiere defender la posición dominante que existe. Se busca un relato para buscar una causa noble. Hay un solo grupo (Clarín) que dice ´No vamos a presentar nada ni antes del 7d. Por lo cual no están cumpliendo, no estamos inventándolo”, concluyó Sabbatella.




EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA...

Ley de Medios 161 Corte Suprema




LA CONFERENCIA DE PRENSA DE SABBATELLA...








jueves, 8 de noviembre de 2012

viernes, 26 de octubre de 2012

Soy peronista por conciencia nacional, por procedencia popular, por convicción personal y por apasionada solidaridad y gratitud a mi pueblo: Por todo ello, compañero Néstor Kirchner, Hasta la Victoria, SIEMPRE...

sábado, 20 de octubre de 2012

LAS AVENTURAS DE RICARDO RECONDO









Para el juez consejero Ricardo Recondo fue una derrota y quizá lo admitió de manera implícita al no firmar la resolución de la Cámara que integra. Porque esa resolución firmada por otros cinco camaristas implicó un cuestionamiento a su de-sempeño. Hay una crítica al procedimiento que había impuesto el consejero de la Magistratura. Y cuando están relacionadas con causas muy sensibles, como la resistencia de un grupo monopólico a desinvertir, esas críticas o esos errores subrayados, tan obvios, no pueden menos que dejar un manto de sospecha.



El Grupo Clarín tardó bastante en digerir la derrota de Recondo y la designación de un juez subrogante –diferente del que quería el consejero– para el tribunal que debe decidir sobre la vigencia del artículo 161 de la ley de medios. Recién varias horas después de que los demás portales ya la hubieran incluido, el jueves, la noticia apareció en el de Clarín.

Recondo tuvo mucha actividad en las últimas semanas. Su principal argumento para rechazar los concursos reglamentarios que se hicieron para ocupar los tribunales acéfalos fue denigrar a una de las aspirantes porque había sido funcionaria pública. Recondo hizo una gira por todos los programas periodísticos de los medios del grupo Clarín denigrando a esa abogada. Pero no aplicó la misma regla ética cuando se trató de su persona. Con más argumentos de los que tuvo él para rechazar esos concursos, se podría señalar que el juez Recondo tiene un expediente abierto en la Magistratura por un fallo a favor de la empresa Fibertel, de Clarín, que firmó junto con la jueza Graciela Medina. Cualquiera puede fallar a favor de cualquier empresa, el problema es que el esposo de Medina es uno de los principales abogados de Cablevisión, y en esas situaciones lo que se estila desde el punto de vista ético es que los magistrados se excusen y no se hagan cargo de esas causas.

Finalmente, ayer se conoció que Recondo fue socio entre 1999 y 2005 de los hermanos Hugo y Jorge Anzorreguy. El primero fue titular de la SIDE durante el menemismo. El segundo es uno de los abogados más destacados del Grupo Clarín. Todos estos puntos de contacto son mucho más comprometidos que haber sido funcionaria pública. Esa fue la excusa del juez para, como integrante de la Magistratura, frenar el procedimiento natural y, a su vez, como miembro de la Cámara en lo Civil y Comercial, tratar de elegir él mismo al juez subrogante que debía hacerse cargo de la causa Clarín. Fue un procedimiento irregular, realizado en tiempo record y de manera también irregular. Tuvo todo el aspecto de una trampa.

Pero la Corte convocó a los jueces y aunque no trascendió lo que se trató en la reunión, al otro día la Cámara descartó el procedimiento que había impulsado Recondo y eligió a un juez subrogante de acuerdo con los reglamentos.

Los dos artículos de la ley de medios cuestionados por el grupo mediático son el 161, que establece los plazos para desinvertir, y el 45, que plantea los límites a la cantidad de medios que pueden tener.

Ninguno de los dos artículos está referido a la libertad de expresión o de prensa, sino a cuestiones patrimoniales, es decir, al negocio y no a los contenidos. Lo que está haciendo el Grupo Clarín es defender su poder ante una comunidad, representada por el Congreso de la Nación, que aprobó una ley para regular el desarrollo monopólico o situaciones dominantes en el mercado por parte de empresas de medios. Estas normas existen en todo el mundo y en algunos países son todavía más estrictas.

Cuando se aplique la ley, el diario Clarín seguirá saliendo como siempre, lo mismo Radio Mitre. El grupo tendrá que decidir si vende Canal 13 o Cablevisión. Y además tendrá que desprenderse de una gran cantidad de señales de cable. Aun así seguiría siendo el grupo mediático más poderoso del país, aunque la situación será menos desigual.

El lugar que fue ocupando a medida que se levantaron las regulaciones que existían se potenció en cada paso, desde la dictadura en adelante. Cada espacio que ocupó incrementó su capacidad de presión, con lo que ningún gobierno se atrevió a ponerle un límite. Con la aparición de nuevas tecnologías, esa capacidad de presión le sirvió no solamente para blindarse sino también para arrancar más concesiones y ganar nuevos espacios, hasta convertirse en una megaempresa que controlaba desde la fabricación del papel hasta las señales de cable que se emiten en todo el país. Es contradictorio defender en nombre de la libertad de expresión un aparato desproporcionado que en realidad la ahoga.

Hasta ahora, los gobiernos no sólo no se habían atrevido a ponerle un freno sino que concedían todo lo que el grupo les exigía, sobre todo en términos de negocios. Todos los gobiernos se relacionaron con el grupo desde un lugar de debilidad, con temor al gran poder de fuego mediático. Incluso este gobierno tuvo esa estrategia en los primeros años. Por eso, decir que este emporio de medios es el lado débil frente a un Estado como el de Argentina, que históricamente ha sido subordinado a las grandes empresas, es simplemente reconocer que ya se tomó partido por el más fuerte.

Rechazar el proceso de desmonopolización porque se sospecha de las intenciones del kirchnerismo, ya sea porque avanzó sobre esa situación después de consentirla o porque querría acallar una voz opositora, es absolutamente secundario. En primer lugar, porque el kirchnerismo demostró que elige las circunstancias y el momento para avanzar sobre cada situación, como lo hizo con YPF o con las AFJP. Y en segundo lugar, porque no se trata de que desaparezca ningún medio, ninguna voz, ya sea opositora u oficialista. Lo que se está discutiendo es una cuestión patrimonial, empresaria, que en términos de mercado se puede expresar como generar condiciones para permitir la libre competencia. Si en cualquier área de la economía este tema tiene importancia, cuando se trata del flujo de la información esa valoración se multiplica.

La historia ha demostrado que los gobiernos anteriores no pudieron o no se atrevieron a regular la actividad de los medios de comunicación, con lo que se fue generando un forúnculo no democrático. Si este gobierno decidió asumir los costos altísimos de confrontar con las empresas que monopolizan la información, en realidad le está haciendo un favor a la democracia en general, incluyendo a una oposición que está sometida a las mismas reglas cuando quiere tener prensa. Una oposición que fue crucificada cada vez que no actuó como lo demandaban los medios. Una cosa es la capacidad de crítica y la mirada particular de una empresa particular y otra cosa es el poder para imponer políticas públicas por parte de empresas privadas cuyo fin primero es el lucro privado. Una cosa es la libertad de expresión y otra cosa es la conformación de un supergrupo que, desde una situación dominante, tiene capacidad de controlar todos los niveles del flujo informativo.

Todo el despliegue del Grupo Clarín y de sus operadores judiciales ha sido para impedir que se aplique una ley aprobada por amplia mayoría en el Congreso de la República. Ellos se plantean como oposición al Congreso.

En la reunión de la SIP que se realizó esta semana en San Pablo, fue muy ilustrativo el discurso de Julio César Mesquita, del Grupo Estado de ese país, cuando recordó que ya “a principios de los ’90 la SIP anticipaba que dos nuevos enemigos surgirían: el narcotráfico y los congresos latinoamericanos con proyectos de ley para impedir el trabajo de los periodistas”. En un nivel de absurdo, las grandes empresas que integran la SIP ponen a los congresos al mismo nivel que el narcotráfico. Lo primero que obstruyen las dictaduras son las elecciones y los congresos. Estas grandes empresas nunca fueron cerradas por ninguna dictadura. Por el contrario, apoyaron a las más autoritarias que asolaron a la región. Y ahora critican a los congresos democráticos que aprueban leyes antimonopólicas.




martes, 9 de octubre de 2012

CORRUPCIÓN JUDICIAL









Una red de corrupción obtenía miles de amparos, en juzgados amigos. Así, las autoridades políticas perdieron el control de la política salarial. Una jueza de Corrientes ya fue destituida por ello y avanzan las investigaciones en todo el país, sobre otros magistrados, abogados y altos jefes contables y jurídicos de las propias fuerzas. Con la algarada de Retiro, se instrumentó a las jerarquías inferiores en defensa de esta situación escandalosa.



El decreto del Poder Ejecutivo que ordenó modificar la escala salarial de las fuerzas de seguridad tomando en cuenta un fallo de la Corte Suprema de Justicia afecta un fabuloso negocio del que participan miembros de los servicios jurídicos y/o contables de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, abogados próximos a ellos y jueces corruptos. Uno de esos jueces es oficial retirado de la Gendarmería y otra ya fue destituida en juicio político. Esto permitió que el 79 por ciento de los más de 30.000 agentes en actividad de la Gendarmería y el 60 por ciento de los 16.500 de la Prefectura, cobraran sus haberes según resoluciones judiciales, porcentaje que llega al ciento por ciento en las cúpulas. Lo mismo ocurre con la mitad de los retirados y pensionados de ambas fuerzas.

De acuerdo con un informe realizado en julio por la Unidad de Auditoría Interna del ministerio de Seguridad (es decir mucho antes del acampe), debido a estos amparos judiciales “la autoridad política ha perdido absolutamente el control sobre la política salarial”.

El intento de retomar ese control, mejorar los salarios más bajos y contener los más altos, provocó una insidiosa respuesta por parte de quienes gozaban de los beneficios de la situación anterior. Aunque el decreto 1307, firmado el 31 de julio, disponía en su artículo 6 que ningún miembro de ambas fuerzas percibiría menos que el mes anterior, la liquidación de los sueldos realizada por Prefectura y Gendarmería redundó en fuertes reducciones salariales en los niveles más bajos del escalafón, que desataron el conflicto. Una vez practicada la liquidación y de- soyendo la orden de la ministra Nilda Garré y del Secretario de Seguridad Sergio Berni de detenerla antes de que se depositaran los fondos en las cuentas individuales, los jefes de Prefectura responsables se alejaron de sus puestos, algunos de vacaciones y otro en una inverosímil gira de inspección contable, de modo de estar bien lejos de las esquirlas en el momento del estallido. Por eso, es tan cierto que los gendarmes y prefectos que acamparon frente a las sedes de sus fuerzas sólo reclamaban por sus salarios, como que el desbarajuste fue inducido con deliberación, en defensa de los ingresos siderales de las respectivas cúpulas y, una vez producido, lo aprovecharon los distintos sectores interesados en deslegitimar, carcomer y destituir al gobierno de CFK, justamente aquel que está blanqueando las distorsiones salariales iniciadas durante la gestión de Carlos Menem y Domingo Cavallo y continuadas por todos los gobiernos anteriores al actual. Esta es la historia de cómo se incubó la crisis y se preparó el estallido y de todas aquellas contradicciones que dificultan la comprensión del episodio.


Mingo y minga

En 1993, como parte del proceso de ajuste de gastos estatales, el gobierno comenzó a pagar los incrementos salariales al personal en actividad de las Fuerzas Armadas y de Seguridad mediante suplementos y compensaciones no remunerativas, de modo de que no fueran percibidos también por los retirados, cuya capacidad de presión era reducida. Esto invirtió la relación histórica entre los componentes remunerativos y no remunerativos de los haberes. Estos suplementos, cuya modalidad desfinancia los sistemas de previsión y de Obras Sociales llegaron a constituir el 65 por ciento de los ingresos del personal en actividad, al mismo tiempo que se desfasaban de los haberes de retirados y pensionados. Este fue el sustento objetivo de la creciente litigiosidad, para que los suplementos se incorporaran al haber remunerativo.

Sobre esta base se montaron los negocios ilegales. El cuadro 1 muestra el altísimo porcentaje de gendarmes que cobran sus haberes por medidas judiciales, sobre todo en los niveles jerárquicos más altos, y el cuadro 2 exhibe la gran dispersión salarial producida por la intervención judicial. Ambos cuadros se refieren a la Gendarmería, pero el panorama es similar en la Prefectura.

La Asociación de Magistrados declaró en su descargo que los jueces resuelven los conflictos individuales, según una antigua jurisprudencia del derecho del trabajo, “declaran que el pago de los adicionales no remunerativos son ilegales, establecen la doctrina para los futuros fallos, pero nunca fijan una política salarial de carácter general, ya que se trata de una atribución que corresponde a los poderes políticos del Estado Nacional”. Cierto, pero en muchos casos se llegó a este resultado por caminos turbios y su efecto fue una gran dispersión salarial, sobre todo entre quienes cuentan o no con alguna medida judicial que determine su remuneración, y en muchos casos difiere el tratamiento de casos similares, según los distintos criterios de los jueces intervinientes. Esto rompió las relaciones entre niveles jerárquicos y amplió las desviaciones entre integrantes de un mismo grado. También se llegó a una desproporción flagrante entre el haber básico y algunos suplementos (como la compensanción por vivienda, que puede representar hasta el 232 por ciento del sueldo).

La connivencia entre estudios jurídicos, jueces y funcionarios de las fuerzas de seguridad condujo a irregularidades e incumplimientos de distintos pasos procesales e incluso de disposiciones judiciales.

Esto elevó en forma significativa los honorarios, costas, tasas de justicia e intereses y el costo del servicio de Justicia para la tramitación de miles de casos y redundó en un fuerte incremento de los gastos en personal para satisfacer medidas judiciales que deformaron la pirámide remunerativa en contra de los niveles inferiores.






DASQUETES

Al detectar esta situación, la ministra ordenó que la Auditoría Interna revisara el comportamiento de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Gendarmería, que demoraba el cumplimiento de aquelas órdenes judiciales que disponían cesar el pago de grandes sumas por medidas cautelares. El estudio concluyó el viernes con la intervención ministerial a esa Dirección. En la primera reunión con los auditores, las autoridades de asuntos jurídicos explicaron esas demoras por un presunto exceso de trabajo, porque además tenían que defender personal acusado en causas por apremios ilegales o torturas a detenidos, “gracias a Dios, con ninguna condena”. Uno de los funcionarios que recibieron a los auditores fue el sonriente comandante Manuel Barros, quien entre 2006 y 2010 se desempeñó en la Dirección de Asuntos Jurídicos, después pasó al Operativo Centinela y en julio de 2011 al Operativo Cinturón Sur. Abogado recibido en la Universidad Católica Argentina, también integra el estudio jurídico Dasque, Tes y Asociados.

El curioso logotipo de esa empresa dice, con viriles mayúsculas ESTUDIO DASQUETES, denominación que surge de los apellidos de los abogados Fernando Dasque (especialista en derecho civil, aeronáutico y empresarial) y Fernando Tes. Dasque es comandante mayor retirado y autor de un estudio sobre El régimen de Contrataciones en Gendarmería Nacional. Igual que Barros, formó parte de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Gendarmería.

Otro de los socios del estudio es el Comandante Mayor Estanis Drebnieks (que no es abogado sino licenciado en administración de empresas). Se graduó en la Universidad Católica de Salta, cuya denominada Subsede Buenos Aires es controlada por la Gendarmería desde su creación en septiembre de 1989 y se maneja en forma autónoma del Arzobispado del que depende. Las carreras y cursos que ofrece incluyen abogacía, administración de empresas y de consorcios, informática, comercialización, cortesía verbal, oratoria moderna y esteticista (sic). Drebnieks cumple funciones en el Servicio Administrativo Financiero de Gendarmería y había sido propuesto para dirigirlo.

Ante la Dirección General de Transparencia del Ministerio de Seguridad, Drebnieks negó ser socio del estudio DASQUETES y dijo que hace tres años pensó en pedir el retiro si no le concedían un ascenso y entregó un currículo a su amigo Dasque, pero que no llegó a incorporarse al estudio, que sin embargo lo anuncia en su publicidad como miembro de su staff.

El Comandante Mayor Drebnieks es uno de los beneficiarios de una medida cautelar en el expediente “Tosoroni, Mario y otros con Estado Nacional”, concedida por el juez de Paraná, Entre Ríos, Daniel Edgardo Alonso, hoy ascendido a camarista. El magistrado es otro camarada de Barros, Estanis y Desque: ingresó en 1985 como primer alférez de Justicia y llegó hasta oficial auditor de la Agrupación VI, Formosa, de Gendarmería, donde permaneció hasta 1999. El juez federal subrogante Gustavo Zonis dispuso la caducidad de la instancia en septiembre de 2009 y ordenó dar por decaída la medida cautelar en Tosoroni y otros. Sin embargo, la Gendarmería continuó realizando los pagos indebidos. Recién el 25 de abril de este año, el Comandante Mayor Drebnieks hizo la consulta a Jurídicos pero hasta el día de hoy sigue cobrando 53.000 pesos por mes que no corresponden.

La Unidad de Coordinación de Políticas de Transparencia del Ministerio de Seguridad solicitó a Gendarmería copia del expediente Aj2-401 732, pero no obtuvo respuesta. En la Prefectura cobra sus haberes con una medida cautelar el Asesor Jurídico de esa fuerza, prefecto mayor Domingo Nicolás Rotondaro. El amparo fue presentado en el juzgado federal de Río Gallegos, Santa Cruz, pese a que Rotondaro tiene domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Una vez concedida la medida por el tribunal, la Asesoría Jurídica de la Prefectura instruyó a la delegada del cuerpo de abogados del Estado en la provincia, que no apelara la decisión a favor de su titular. Experto en la materia, Rotondaro es coautor del libro Medidas cautelares y bloqueo registral.


Los 7000

La tramitación de amparos para obtener pagos extraordinarios de las fuerzas de seguridad derivó en mayo de este año en la destitución de la jueza provincial de Santo Tomé, Corrientes, Graciela Beatriz Duarte, por unanimidad de los siete miembros del jury. Al acusarla, el Fiscal General de Justicia de Corrientes, César Sotelo, dijo que “vamos a encontrarnos con los hechos más inverosímiles vividos hasta ahora en la Justicia de Corrientes”: un centenar de demandas contra el Estado Nacional (para lo que la justicia provincial no tiene jurisdicción), “y en cada una de ellas una pluralidad de actores increíble, de diversos lugares del país.

El país entero se hizo cita en Santo Tomé y no por el Festival del Chamamé sino por el Juzgado Civil y Comercial”. Calculó que esos amparos habían beneficiado a no menos de 7000 personas, en demandas colectivas que incluían entre 30 y 70 actores cada una, con domicilio en distintas partes del país. Duarte los concedía de inmediato, para lo cual declaraba inconstitucional un artículo de la ley provincial de amparo, lo notificaba a Prefectura y Gendarmería y luego se declaraba incompetente. Las dependencias estatales debían pagar lo solicitado, hasta que no llegara una orden en contrario. Pero esa orden nunca llegaba, porque una vez ordenado el pago, la jueza dejaba dormir los expedientes en su juzgado. El personal que trabajaba con ella describió con asombro ese boom de los amparos, a los que la jueza prestaba una atención especial. Aunque todas las demandas eran por “reajuste salarial”, Duarte les imprimía el trámite sumarísimo, que no está previsto para asuntos patrimoniales, sino sólo en casos urgentes que provoquen un perjuicio irreparable y en consecuencia exigen una respuesta inmediata excepcional. Secretarios y otros empleados del tribunal declararon que la jueza guardaba esas causas en su propio despacho, les otorgaba prioridad de ingreso y las tramitaba por un canal distinto de ingreso y registración dentro del tribunal. “Conseguido el propósito de la acción, se desentendía de dichos expedientes, tal como se demostró con la no remisión a su debido tiempo, es decir inmediatamente después de declararse incompetente, a los Juzgados Federales”, se lee en la sentencia de destitución.

Una inspección ordenada por el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, en diciembre de 2009, encontró gran cantidad de cajas de embalaje que contenían “múltiples causas de amparos, que aún no habían sido remitidas al Juzgado Federal de Paso de los Libres o al de Corrientes, Capital”. También se demostró que la jueza tenía conversaciones privadas frecuentes con los abogados que presentaban esos amparos, el matrimonio Amílcar Nelson Serial y Josefa Raquel Milán. La investigación determinó que cuando ellos intervenían, la medida cautelar se concedía en un lapso brevísimo y no se les exigían los trámites y recaudos previos a los que estaban sometidos los litigantes minoristas. Según el fiscal Sotelo, Serial y Milán obtuvieron ganancias por unos veinte millones de dólares, en complicidad con la jueza, “estafando escandalosamente al Estado Nacional”.

De acuerdo con datos de la Dirección de Transparencia, otro juez de Santo Tomé, Humberto de Biase Echeverría, dictó un amparo similar a favor del padre de la ex jueza Duarte, quien solicitó “un recálculo de su haber como jubilado de la Prefectura”. En realidad, De Biase Echeverría fue el juez pionero en el circuito amparo-incompetencia-y-al-cajón que Duarte hizo propio. En febrero, el Superior Tribunal de Justicia sancionó a De Biase Echeverría con una multa de 30.000 pesos y le ordenó que se abstuviera de emitir resoluciones que involucraran a entes u organismos nacionales. También en los miles de casos de este juzgado intervino el estudio Serial & Milán.

Se calcula que el perjuicio de estas maniobras para el Estado en los dos tribunales oscilaría entre 80 y 200 millones de pesos. Según el titular del Ministerio Público de Corrientes, entre el 9 y el 10 de febrero de este año, Serial & Milán obtuvo 43 medidas cautelares a favor de 11.000 miembros de la Gendarmería, en un Juzgado de El Colorado, en la provincia de Formosa, que ordenó “liquidar diferencias salariales de acuerdo a la petición de los actores”.

 Esta es la mayor concentración de cautelares de todo el país y abarca a casi la mitad de los efectivos de la fuerza. Once mil amparos concedidos en dos días por un juez subrogante en una ciudad de trece mil habitantes constituye un indiscutible record.

Un caso similar culminó con la renuncia, hace un año, del juez en lo civil y comercial de Sáenz Peña, Chaco, Luis Alberto Pintos, cuando el Consejo de la Magistratura analizaba iniciarle un jury de enjuiciamiento por haber concedido más de 7000 medidas cautelares contra el Ejército y la Gendarmería. La Procuración del Tesoro de la Nación, que analizó los casos de Santo Tomé, el Colorado y Sáenz Peña no descarta que la misma mecánica se haya utilizado en otros lugares del país y que además se hayan cometido otros delitos, como asociación ilícita y tráfico de influencias. El caso del prefecturiano Rotondaro en Río Gallegos parece confirmarlo.







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