jueves, 13 de febrero de 2014

LOS VECINOS DENUNCIAN A CAMPAGNOLI Y LA METROPOLITANA





Niños del Barrio Presidente Mitre en peligro porque había un fiscal que daba permiso para matar según dónde vivas...




Los fiscales Cristina Caamaño y Jorge Di Lello compartieron un encuentro con vecinos del Barrio Mitre, en Saavedra.

Los fiscales participaron de un debate sobre prácticas de violencia cometidas por la Policía Metropolitana. En el encuentro, los vecinos manifestaron haber realizado varias denuncias en la fiscalía de Saavedra, entonces a cargo del Fiscal Campagnoli, que no fueron tramitadas.

La fiscal Cristina Caamaño y el fiscal Jorge Di Lello escucharon reclamos de los vecinos del Barrio Mitre, quienes manifestaron ser perseguidos y estigmatizados por efectivos de la Policía Metropolitana, por el simple hecho de vivir en ese lugar.

En la reunión se hizo hincapié en los hechos ocurridos el pasado 29 de enero, en las inmediaciones del centro comercial Dot Baires Shopping, cuando efectivos de la Metropolitana reprimieron “violentamente” e “injustificadamente” a jóvenes y vecinos del barrio.

Durante el desarrollo del encuentro, en el que también estuvo presente el defensor adjunto de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, Andrés Elisseche, los vecinos manifestaron vivir procesos de estigmatización porque “cada vez que salís del barrio la policía te para, y siempre a los mismos”.

En ese marco, Caamaño y Di Lello se pusieron a disposición de los vecinos, para orientar y colaborar en las denuncias que éstos quieran realizar en la Fiscalía de Saavedra, actualmente a cargo de la fiscal Caamaño.






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Los peligros de vivir en una villa



Es lamentable, ser pobre es riesgoso. Vivir en una villa y tener patotas con uniformes y fiscales con impunidad no es recomendable para un joven argentino. Alan Tapia lo padeció.

Alan, de 19 años, murió de un balazo disparado en febrero de 2012 por el entonces oficial del GEOF Rodrigo Valente, durante un allanamiento a su vivienda. Buscaban a su hermano por una causa secundaria, en situaciones muy confusas desde la misma gestión de la invasión policial. El CELS consideró que el allanamiento fue realizado en horarios nocturnos, prohibidos para este tipo de acciones. El propio Valente dijo que “no se veía nada, estaba muy oscuro”, aunque sostuvo que vio que Alan intentaba atacarlo con un arma tumbera, arma con la que no le hubiera podido perforar siquiera la tela de su equipo acorazado.

Los jueces consideraron inocente al ex oficial de un cuerpo de elite que mató a Alan Tapia al allanar su casa. El fiscal tampoco lo había acusado: había justificado el accionar policial porque los hechos ocurrieron “en el barrio Mitre, no en las islas Seychelles”.

Si no te mata la inundación, por culpa de un shoping y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, te mata un cabo de la Federal y te remata un fiscal en complicidad con jueces: “Tapia no vivía en Puerto Madero, ni en islas Seychelles. Vivía en Villa (por Barrio) Mitre”, recordó el fiscal Eduardo Marazzi a los jueces Enrique Posse, Floreal De Laurentis y Alberto Huarte Petit.





Foto de Milton Tapia, hermano de Alan, quien fue doblemente asesinado por el Estado porteño, por vivir en el Barrio Presidente Mitre, catalogado como barrio privado en el catastro del GCBA y como villa por un fiscal.






martes, 4 de febrero de 2014

CAMPAGNOLI, LA METROPOLITANA Y RIVER PLATE





Las irregularidades detectadas en la fallida investigación por la reventa de entradas en el club River Plate podrán formar parte del cúmulo de pruebas por las que el fiscal José María Campagnoli deba responder cuando se lleve adelante el proceso de juicio político en su contra, acusado de incumplimiento de los deberes y abuso de poder. En un duro fallo, el juez de la causa, Fernando Caunedo, además de advertir las falencias de la pesquisa, puso la lupa en el accionar de la Policía Metropolitana, que actuó sin la autorización judicial correspondiente. Solicitó que se abra una causa penal por las filtraciones del expediente a la prensa que frustró su avance, algo que podría sumarse al sumario disciplinario contra Campagnoli, bajo análisis en el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público.

Objeto procesal mal delimitado. Hipótesis delictiva sin fundamentación. Investigación paralela a una en curso en otro fuero. Datos incorrectamente recolectados. Imprecisiones en las medidas. Violación de secreto. Es el listado de todas las deficiencias que Caunedo encontró en la causa por reventa de entradas que fue instruida por un año y medio por el fiscal de Nuñez y Saavedra, y que fueron plasmadas en un crítico fallo en el que se anularon entrecruzamientos de llamadas, y se dejaron sin efecto detenciones, allanamientos y escuchas telefónicas, motivo por el cual todo el expediente corre serio riesgo de quedar en vía muerta.

INTERVENCIONES. "Se ha echado mano al resultado de las escuchas para ampliar el objeto procesal de la investigación, tanto desde la Fiscalía cuanto por la dependencia policial que actuó bajo su dirección; se ha procedido a la transcripción de conversaciones que nada tienen que ver con el fraude relativo a las entradas, que con la intercepción se procuraba dilucidar", afirmó Caunedo. La tarea cuestionada por el juez había sido encargada a la división investigaciones de la comisaría de la Comuna 12 de la Policía Metropolitana.

Campagnoli encargó la pesquisa a esa fuerza local a la que pertenecía uno de los imputados, Alejandro Rivaud, un ex agente de Inteligencia de la Policía Federal que desde 2012 reportaba a la Superintendencia de Investigaciones a cargo de Carlos Alberto Kevorkian. El metropolitano, de acuerdo con el expediente, disputaba con los barras de River el negocio de la reventa de entradas.

Caunedo subrayó que Campagnoli "no se ha ocupado de investigar" nada relativo a la mecánica de comercialización de entradas para los socios del club, ni los contratos que la vinculan con empresas para el sistema de canje. Tampoco de verificar la regulación sobre las llamadas "entradas de protocolo", sin constatar en esta etapa si hubo "perjuicio patrimonial" para River, una de las condiciones para evaluar si hubo delito, o si se trató de una contravención. Una causa paralela ya se estaba llevando adelante en un juzgado contravencional local con idénticos imputados.

CELDAS. La Metropolitana recabó para Campagnoli los listados de llamadas entrantes y salientes de los teléfonos intervenidos, "con indicación de las celdas activadas", violando las disposiciones del Código Procesal Penal, con "el obvio propósito de establecer el lugar desde el que se efectuaban las comunicaciones", algo que no había sido autorizado. "A partir de esa 'información adicional' requerida sin conocimiento ni autorización previa de este tribunal, se han tejido nuevas hipótesis delictivas, para acreditar las cuales se echa mano a esa información indebidamente obtenida", fustigó el juez que las anuló. Caunedo enumeró que no fueron señalados los términos de las imputaciones a los acusados, ni tampoco con qué propósitos se había solicitado su detención, ni las pruebas buscadas en los allanamientos. Sin esas precisiones, para la justicia "habilitaría una excursión de pesca, como parece haberse procurado a través de la interceptación de las comunicaciones telefónicas". Cuando apartó a la fuerza de Mauricio Macri de la causa, el magistrado ordenó que se transcriban las escuchas pendientes para su completo relevamiento "que hasta ahora ha estado bajo control, por cierto discrecional y en varios casos excedido, de la policía o la fiscalía".

Campagnoli "también debía definir a quién encomendaría los registros domiciliarios, teniendo en cuenta el desborde constatado en las tareas encomendadas a la Policía Metropolitana", advirtió el juez entre "los vicios y extralimitaciones" que atravesaron la causa a cargo del fiscal.

DIFUSIÓN. La filtración selectiva de partes de la causa a la prensa, incluida la escucha a Diego Rodríguez, hermano de la ministra de Seguridad, María Cecilia Rodríguez, en la que se le ofrecía un presunto negocio para lavar dinero para Lázaro Báez, que finalmente fue remitida a la justicia federal, fueron las causales de que se dejaran sin efecto las medidas pedidas por el suspendido fiscal. "Los hechos de público conocimiento y la reciente filtración en la prensa del contenido de esta investigación, en la que había dispuesto secreto sumarial, han precipitado este pronunciamiento y frustrado lo que había sido su propósito", apuntó el juez que a mediados de diciembre anticipó que denunciaría a Campagnoli por violación de secreto.

AMPARO. Mientras se sustancia el juicio político en contra de Campagnoli, que ahora podrá incorporar las irregularidades en torno a esta causa, el suspendido fiscal intentó tramitar un amparo durante la feria judicial para que se anule todo el proceso y sea restituido en su cargo. Según se pudo constatar, la jueza en lo contencioso administrativo Liliana Heiland ordenó que se le dé traslado de la demanda al Tribunal de Enjuiciamiento, que originalmente fue mal dirigida sólo hacia la Procuración General, en una errada maniobra de su defensa encabezada por el ex diputado de la UCR, Ricardo Gil Lavedra.

AUTORIZACIÓN. Entre los fundamentos de su fallo con duros cuestionamientos a Campagnoli, el juez Fernando Caunedo advirtió que la Policía Metropolitana actuó sin la autorización judicial correspondiente.





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